MEMORIA RSU


 

  • Los RSU: Importancia de una gestión eficaz




  • LOS RSU: IMPORTANCIA DE UNA GESTIÓN EFICAZ

    • El concepto de residuo sólido urbano

      La denominación de "residuo sólido urbano" incluye los residuos domiciliarios o municipales, los residuos voluminosos y los asimilables a urbanos.

      En España, las competencias en materia de residuos las ostentan las Comunidades Autónomas en virtud del artículo 148.1 de la Constitución Española, aunque el Estado tiene la competencia de dictar legislación básica en materia de Medio Ambiente (artículo 149.1 de la Constitución) .


    • Generalidades sobre la gestión eficaz de RSU

      El acelerado crecimiento y desarrollo de la sociedad actual, así como la concienciación que progresivamente está creciendo en los ciudadanos, ha derivado paralelamente en una mayor presión sobre el medio ambiente y en una sensibilización hacia el entorno que nos rodea. De tal modo, hoy en día nuestras necesidades se asientan en cuatro pilares: medioambiental, económico, técnico y social.

      Por otro lado, las tendencias crecientes en los hábitos de consumo y las diferencias de nivel socioeconómico existentes entre los distintos países requieren una identificación adecuada de los residuos y unos sistemas de gestión adaptados a las características  climáticas, geológicas, hidrológicas, hidrogeológicas y sociales de cada zona, a las técnicas de tratamiento disponibles y al tipo de residuo a tratar.


      Debido a que la generación de residuos urbanos está alcanzando cotas preocupantes a nivel mundial, llegando a suponer cifras de 1 hab/kg/día en América Latina, 1’5 kg/hab/día en Europa y 2 kg/hab/día en Estados Unidos, se están promulgando sistemas de gestión centrados en las siguientes premisas:


      • Prevención y reducción de la generación de residuos;
      • Implantación de la recogida selectiva en origen de fracciones reciclables previamente separadas, transporte y tratamiento posterior de las mismas;
      • Reciclaje de  componentes que no hayan sido gestionados por la recogida selectiva;
      • Tratamiento y reprocesado de las fracciones aprovechables recogidas (vidrio, cartón, papel y envases) para  su posterior puesta en el mercado;
      • Tratamiento de las fracciones no aprovechables  mediante dos alternativas:
      1. Valorización energética;
      1. Vertido controlado, considerándose ésta como la última opción a tener en cuenta.
      • Captación y aprovechamiento energético del biogás de vertedero;
      • Recogida y tratamiento de los lixiviados generados en los vertederos de residuos;
      • Sellado, clausura e integración paisajística de los vertederos de residuos


      Sin embargo, la creciente generación de residuos no es lo que más preocupa a ingenieros, proyectistas y gestores, sino las dificultades para ubicar emplazamientos adecuados para depositarlos, es decir, los inconvenientes asociados a la localización adecuada de depósitos de vertido controlado.

      De ello se deriva la importancia actual que tiene el correcto diseño de un vertedero, el cual comprende diferentes aspectos relacionados con factores estéticos o consideraciones acerca de la salud, la seguridad y la calidad de vida de los vinos y transeúntes, la protección de las aguas superficiales y subterráneas de los lixiviados altamente contaminantes producidos en el interior del vaso de vertido, el gas de vertedero o biogás y la seguridad e higiene en el trabajo.


    • La situación actual de los RSU en España

      En la actualidad, en España alrededor del 70% de los residuos municipales generados se llevan a vertedero, e incluso es posible decir que casi el 15% de la totalidad de los residuos generados en dicho país (que corresponde a 16-17 millones de toneladas aproximadamente) se depositan en vertedero controlado. Ello significa que 2'5  millones de toneladas se depositan en vertedero (Fuente: Club Español de los Residuos).

      El Plan Nacional de Residuos de Residuos Urbanos (PNRU) establece que dicho 70% de residuos urbanos que actualmente se depositan en vertedero, cifra correspondiente a dos tercios de la cantidad total de residuos generados, será reducido al 33%. Las previsiones del citado Plan se completan con lo siguiente:
      • El 27% del total de los residuos urbanos generados será reciclado;
      • El 24% del total de residuos urbanos generados será compostado;
      • El 17% del total de residuos urbanos generados será aprovechado energéticamente. 

      En el ámbito español, la situación actual de la gestión de los residuos sólidos urbanos depende de la siguiente legislación:
      • Directiva de Envases (D 94/62/CE), de 20 de diciembre, relativa a los Envases y Residuos de Envases;
      • Ley de Envases y Residuos de Envases (Ley 11/97, de 30 de abril), consecuencia de la trasposición al ordenamiento español de la anterior Directiva de Envases.
      • Reglamento de la Ley 11/97, de Envases y Residuos de Envases (RD 782/98, de 24 de abril), que desarrolla la citada Ley.
      • Directiva 99/31/CE, de 26 de abril, sobre Vertido de Residuos, comúnmente conocida como Directiva de Vertederos.

      Con respecto a la Directiva de vertederos, es preciso señalar que algunos países (Alemania, Austria y Dinamarca) disponían  previamente a su aprobación de medidas más estrictas a las establecidas en la Directiva Comunitaria, superando los objetivos de la misma.

      Dichos objetivos consisten en reducir en un plazo de 5 años la cantidad de materia orgánica depositada en vertedero al 75%, al 50% en 10 años y al 25% en 15 años, mientras que, por ejemplo, en Austria, no se permite actualmente verter más del 5% de materia orgánica en el vertedero.