ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN
Según el artículo 40.2 de la Constitución Española :
" .....Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que
garantice la formación y readaptación profesionales, velaran por la seguridad e higiene
en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada
laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.
"
Visto el mandato constitucional, podemos distinguir diferentes organismos con
competencias en materia preventiva, así, diferenciamos :
- Nivel Internacional:
- Unión Europea :
- La Agencia Europea de
Seguridad y Salud en el Trabajo ( Órgano de la
Unión Europea entre cuyos objetivos se encuentran:
- Fomentar la mejora del medio de trabajo
- Proteger la salud y seguridad de los trabajadores
- Proporcionar toda la información científica, técnica y
económica que pueda ser de utilidad en la protección de la salud y
seguridad en el trabajo.
La Agencia está localizada en Bilbao y trabaja de forma coordinada (
desde 1997 ) con los órganos o entidades designados en cada Estado
miembro de la Unión.
La Red Española de Seguridad e
Higiene en el Trabajo es el espacio en Internet que contiene la
Organización de esta Red en nuestro País, así como toda la
información relativa a la Seguridad e Higiene en el trabajo.
-
Nacional:
- El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
( INSHT ).
Es un órgano especializado de carácter Científico- Técnico que se
incluye dentro de la Administración General del Estado. Tiene como misión
el análisis y estudio de las Condiciones de Seguridad y Salud en el
Trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las
mismas. Para ello establece la cooperación necesaria con los órganos
de las Comunidades Autónomas en la materia.
También presta un Servicio
de Consulta Gratuita a particulares sobre las dudas les puedan
surgir en relación a la Seguridad en el Trabajo
Colabora además con otros órganos administrativos asesorándolos.
- La
Inspección de Trabajo y Seguridad Social ( ITSS ). Órgano
también perteneciente al organigrama de la Administración General del
Estado ( aunque no fue creado expresamente por la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales ) cuya función principal es la Vigilancia y
Control de la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales.
- La Comisión
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Es un órgano
colegiado asesor de las Administraciones Públicas en la
formulación de las políticas de prevención y órgano de
participación institucional en materia de Seguridad y Salud en el
Trabajo. Para el desempeño de sus funciones, la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo se constituye en Pleno,
en Comisión
Permanente y en Grupos
de Trabajo conforme a la normativa que establece su Reglamento
de Funcionamiento Interno.
- Otros miembros de
la Red de la Administración del estado relacionados con la
Prevención de Riesgos Laborales.
- Autonómico:
Tienen atribuidas funciones de ejecución de la legislación
preventiva tal como indica el art. 149.1.7º :
" ......Legislación laboral; sin perjuicio de su
ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas...."
" 148.1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir
competencias en las siguientes materias:........
20.ª Asistencia social.
21.ª Sanidad e higiene.
22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La
coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en
los términos que establezca una ley orgánica......."
- Otros Órganos e Instituciones:
- Organizaciones Privadas :
- Organizaciones Empresariales :
- CEOE
( Confederación Española de Organizaciones Empresariales )
- CEPYME (
Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa )
- Organizaciones Sindicales :
- C.C.O.O
( Comisiones Obreras )
- UGT ( Unión
General de Trabajadores )
- CIOSL ( Confederación
Internacional de Organizaciones Sindicales Libres )
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