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La problemática de la contaminación por nitratos
En las últimas décadas las distintas actividades asociadas al sector agropecuario han sufrido importantes transformaciones, especialmente en los países más desarrollados. Se han intensificado las actividades agrícolas y se ha pasado de las típicas explotaciones ganaderas extensivas, ligadas al suelo, a las explotaciones ganaderas intensivas, sin suelo. Los cambios en los sistemas de producción agropecuaria han generado indudables logros socioeconómicos aunque como contrapartida también han generado grandes problemas de carácter medioambiental. Una parte muy importante de estos problemas derivan de la contaminación difusa que generan las actividades agrícolas, un tipo de contaminación muy compleja y muy difícil de acometer. No obstante una parte considerable de esta contaminación procede de los residuos generados en las prácticas de ganadería intensiva. Agricultura y ganadería constituyen las principales “fuentes de contaminación difusa” de las aguas.
La contaminación de las aguas causada por actividades agropecuarias es un fenómeno cada vez más acusado que se manifiesta, especialmente, en un aumento de la concentración de nitratos en las aguas superficiales y subterráneas con la consiguiente pérdida de la calidad de las mismas, llegando incluso a generar procesos de eutrofización en embalses, lagos, estuarios, etc. Por ello, en el control de la contaminación por nitratos se hace necesario una modificación de todas las actividades que generan este tipo de contaminación. Una aplicación adecuada de fertilizantes y plaguicidas proporcionará menor contaminación a los suelos, las aguas superficiales y principalmente a las aguas subterráneas. Las aguas subterráneas son las que se ven más afectadas por este tipo de contaminación ya que a ellas se incorporan los nitratos por infiltración/lixiviación cuando no son absorbidos por el terreno y además en ellas el problema se agudiza por la mayor dificultad que entraña cualquier proceso de corrección.
La contaminación difusa tiende a adquirir cada vez mayor protagonismo en la degradación de los recursos hídricos. Además, cuanto mayor es el grado de depuración y limitación de los vertidos puntuales, más destaca el efecto que este tipo de contaminación produce, sobre todo si se tiene en cuenta que en determinadas cuencas hidrográficas la aportación de nitrógeno de origen difuso representa más del 50% del N total de la cuenca. Es por ello, por lo que muchos países se han visto obligados a iniciar cambios en su ordenamiento legislativo, configurando normativas que regulen las explotaciones agrícolas y ganaderas, así como la eliminación de los residuos ganaderos.
En
Europa existe un importante problema de contaminación de suelos y aguas
por nitratos relacionado con las prácticas agrícolas tradicionales en las que se aplican entre 2.000 y 2.500
kg/ha/año de fertilizantes y que se
ha visto notablemente acentuado con la producción agrícola intensiva. Por ello que el Consejo Europeo aprobó el 30 de junio de 1992 el Reglamento
2078/92 donde se establecen las normas sobre los métodos de
producción agrícola compatibles con las exigencias de protección del medio
ambiente y la conservación del espacio natural, traspuesto a la legislación
española mediante varios Reales Decretos en los que se recoge la aplicación de
las medidas contenidas en dicho Reglamento (RD 51/95, de 20 de enero;
RD 632/95, de 27 de abril; RD 928/95, de 9 de junio).
En este sentido, la Directiva 91/676/CEE obliga a cada uno de los estados miembros a:
El
Anexo I de la Directiva considera como aguas afectadas:
-
las aguas dulces superficiales, en particular
las que se utilicen o vayan a utilizarse para la extracción de agua potable y -
todas las aguas subterráneas que presenten o
pueden llegar a presentar concentraciones de nitratos superiores a 50 mg/l. Asimismo,
esta Directiva impone a los Estados miembros de la Comunidad Europea la
obligación de identificar las aguas que se hallen afectadas por contaminación
por nitratos de procedencia agrícola, cuyas concentraciones deben ser vigiladas
en una serie de estaciones de muestreo. Además, en esta Directiva se establecen
una serie de criterios para designar como zonas vulnerables aquellas superficies
territoriales cuyo drenaje de lugar a una contaminación por nitratos. Una vez determinadas
tales zonas deben realizarse y ponerse en funcionamiento programas de
acción con la finalidad de eliminar, o al menos
minimizar, los efectos de los nitratos sobre las aguas (redes de control de
zonas vulnerables a la contaminación de nitratos). Asimismo, la Directiva
establece normas sobre el control y vigilancia de la calidad de las aguas y la
obligación de emitir periódicamente informes sobre la situación de este tipo de
contaminación. No obstante, en muchas zonas (o Estados miembros) de la Comunidad Europea con demasiada frecuencia se incumple la legislación vigente relativa a nitratos de uso agrícola (Directiva 91/676/CEE), especialmente en los países más occidentales (Inglaterra o Portugal) y en los más orientales, donde se superan demasiadas veces los niveles máximos fijados. En cambio, en los países nórdicos las concentraciones de nitratos son bajas. En cuanto a las medidas
reparadoras, destacar por ejemplo Francia, que ha creado el denominado “Comité
de Asesoramiento para la Reducción de la Contaminación del Agua por Nitratos y
Fosfatos de Origen Agrícola” para intentar paliar la situación que tienen por
la contaminación agrícola. La máxima preocupación en torno a la contaminación
del agua por nitratos estriba en el efecto que puede tener sobre la salud
humana la ingesta de nitratos, bien disueltos en el agua o bien en los
alimentos. Por ejemplo, en la región de Cisjordania desde hace unos años es un
problema de gran importancia para la ciudadanía israelí pero muy
especialmente para la palestina, la cual se abastece de aguas subterráneas
cuyos escasos pozos sobreexplotan los israelíes. Si a este hecho se une una
deficiente manutención de las tuberías, hace que el agua se sature en nitratos
y que los palestinos sólo obtengan del grifo (especialmente en verano) unas
gotas parduscas y fétidas (El Mundo, 8 de septiembre de
2000).
La Organización Mundial de la Salud (OMS) fija el límite de nitrato en el agua de consumo humano en 50 mg/l de nitrato (como N). En cambio, la Agencia para la Protección del Medio Ambiente Norteamérica (EPA) sitúa este límite en 10 mg/l de nitrato. Por su parte, la Comunidad Europea y siguiendo sus directrices, el Ministerio de Sanidad español fijan los niveles máximos permitidos de nitratos en 50mg/l de N (Directiva 91/676/CEE).
La situación en España En España, país de gran tradición
agrícola y ganadera, las aguas contienen cada vez mayores niveles de nitratos debido, esencialmente, al abuso de fertilizantes y a
una mala gestión de los residuos ganaderos, (aunque también, en menor medida,
pueden proceder de vertidos líquidos urbanos).
Existen amplias zonas de la Península Ibérica donde la contaminación por nitratos está generando situaciones de especial gravedad.
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