CATEGORÍAS DE RESIDUOS TÓXICOS Y PELIGROSOS


 

Categorías o tipos genéricos de residuos  tóxicos y peligrosos (R.D. 952/1997)

 

  1. Sustancias anatómicas: residuos hospitalarios y otros residuos clínicos.

  2. Productos farmacéuticos, medicamentos, productos veterinarios.

  3. Conservantes de la madera.

  4. Biocidas y productos fitofarmaceúticos.

  5. Residuos y productos utilizados como disolventes.

  6. Sustancias orgánicas halogenadas no utilizadas como disolventes, excluidas las materias polimerizadas inertes.

  7. Sales de temple cianuradas.

  8. Aceites y sustancias oleosas minerales (lodos de corte, etc.)

  9. Mezclas aceite/agua o hidrocarburo/agua, emulsiones.

  10. Sustancias que contengan PCB y/o PCT (dieléctricas, etc.)

  11. Materias alquitranadas procedentes de operaciones de refinado, destilación o pirólisis (sedimentos de destilación, etc.)

  12. Tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas, barnices.

  13. Resinas, látex, plastificantes, colas.

  14. Sustancias químicas no identificadas y/o nuevas y de efectos desconocidos en el hombre y/o el medio ambiente que procedan de actividades de investigación y desarrollo o de actividades de enseñanza (residuos de laboratorio, etc.)

  15. Productos pirotécnicos y otros materiales explosivos.

  16. Sustancias químicas y productos de tratamiento utilizados en fotografía.

  17. Todos los materiales contaminados por un producto de la familia de los dibenzofuranos policlorados.

  18. Todos los materiales contaminados por un producto de la familia de las bienzo-para-dioxinas policloradas.

  19. Jabones, materias grasas, ceras de origen animal o vegetal.

  20. Sustancias orgánicas no halogenadas no empleadas como disolventes.

  21. Sustancias inorgánicas que no contengan metales o compuestos de metales.

  22. Escorias y/o cenizas.

  23. Tierra, arcillas o arenas incluyendo lodos de dragado.

  24. Sales de temple no cianuradas.

  25. Partículas o polvos metálicos.

  26. Catalizadores usados.

  27. Líquidos o lodos que contengan metales o compuestos metálicos.

  28. Residuos de tratamiento de descontaminación (polvos de cámaras de filtros de bolsas, etc.), excepto los mencionados en los puntos 29, 30 y 33.

  29. Lodos de lavado de gases.

  30. Lodos de instalaciones de purificación de agua.

  31. Residuos de descarbonatación.

  32. Residuos de columnas intercambiadoras de iones.

  33. Lodos de depuración no tratados o no utilizables en agricultura.

  34. Residuos de limpieza de cisternas y/o equipos.

  35. Equipos contaminados.

  36. Recipientes contaminados (envases, bombonas de gas, etc.) que hayan contenido uno o varios de los constituyentes mencionados en la tabla 4 del R.D.

  37. Baterías y pilas eléctricas.

  38. Aceites vegetales.

  39. Objetos procedentes de recogidas selectivas de basuras domésticas y que presenten cualquiera de las características mencionadas e la tabla 5 del R.D.

  40. Cualquier otro residuo que contenga uno cualesquiera de los constituyentes enumerados en la tabla 4 y presente cualesquiera de las características que se enuncian en la tabla 5.

 

 


 

 

 
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