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REAL DECRETO 2643/1985, DE 18 DE
DICIEMBRE, POR EL QUE SE DECLARA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO LAS ESPECIFICACIONES
TECNICAS DE EQUIPOS FRIGORIFICOS Y BOMBAS DE CALOR Y SU HOMOLOGACION POR EL
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA. El reglamento general de actuaciones
del ministerio de industria y energía en el campo de la normativa y
homologación, aprobado por real decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, aprobó
en el capitulo 4.1.3 la declaración de obligatoriedad de una norma en razón a
su necesidad, que se considera justificada, entre otras razones por la
seguridad de los usuarios, la defensa de sus intereses y la conservación de la
energía. Asimismo, el real decreto 734/1985,
de 20 de febrero, que modifica parcialmente aquel reglamento general, confirma
la figura del reglamento técnico, cuya observancia es obligatoria y especifica
los procedimientos para la homologación de prototipos, tipos y modelos, así
como para certificación de conformidad a la producción. Por su parte, el mismo reglamento,
en el capitulo 5., Apartado 5.1, dispone que la homologación de un prototipo,
tipo o modelo, implica el reconocimiento oficial de que cumple con lo
establecido en un reglamento, norma o instrucción técnica complementaria y cuya
observancia es exigida en una disposición previa. La obligación de velar por la
seguridad de los usuarios y por la defensa de sus intereses económicos, así
como la necesidad de asegurar un uso eficiente de la energía eléctrica, ponen
de manifiesto la necesidad de establecer con carácter obligatorio la sujeción a
normas de los equipos frigoríficos y bombas de calor, la exigencia de la
homologación de sus tipos y modelos y el seguimiento de la producción. En su virtud, a propuesta del
ministro de industria y energía, y previa deliberación del consejo de
ministros, en su reunión del día 18 de diciembre de 1985, dispongo: Articulo 1. 1. Se declaran de obligado cumplimiento las
normas técnicas relativas a los equipos frigoríficos y bombas de calor, que se
detallan en el anexo 1. Se exceptúan los frigoríficos y congeladores de uso
domestico que están sujetos a otra normativa. 2. Los aparatos objeto de este
reglamento técnico deberán cumplir lo dispuesto en el articulo 8., Apartado 10
del real decreto 2000/1966, de 14 de julio, sobre perturbaciones parásitas. Art. 2. 1. Los fabricantes nacionales de equipos
frigoríficos y bombas de calor o los representantes legales de los fabricantes
extranjeros debidamente autorizados deberán solicitar la homologación de cada
uno de los tipos, que fabriquen o importen, en lo que se refiere a las
características de construcción, de acuerdo con las normas técnicas contenidas
en el anexo como condición previa para que los mismos puedan instalados en
territorio nacional. 2. Los ensayos previstos en las
normas de homologación se harán en laboratorios acreditados por la dirección
general de innovación industrial y tecnología, de acuerdo con lo establecido en
el punto 2.1.2 del real decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, por el que se
aprueba el reglamento general de actuaciones del ministerio de industria y
energía en materia de normalización y homologación. Art. 3. 1. Las solicitudes de homologación se
dirigirán a la dirección general de la energía, siguiendo lo establecido en la
sección 2 del capitulo 5 del reglamento general de actuaciones del ministerio
de industria y energía en el campo de normalización y homologación, aprobado
por real decreto 2584/1981, de 18 de septiembre. 2. La documentación que ha de
acompañar a la instancia será la señalada en el apartado 5.2.3 del reglamento
general, con las siguientes matizaciones: A) la instancia ira acompañada de
una ficha de características, de acuerdo con el modelo que figura en el
apéndice numero 1 del anexo i. B) el dictamen técnico estará
recogido en un acta, de cuyos ensayos de homologación de tipo, expedida por el
laboratorio acreditado, según lo especificado en el capitulo 13, resultados de
ensayo, de los <métodos generales de ensayo>, que se incluye como anexo
II. 3. Si la resolución de lo solicitado
es positiva se devolverá al solicitante un ejemplar de la documentación a que
se hace referencia en el párrafo anterior, sellado y firmado por la dirección
general de la energía, que deberá conservar el fabricante para las posibles
inspecciones, de conformidad de la producción. 4. La concesión de la homologación
de un tipo de equipo frigorífico o bomba de calor quedara reflejado en un
certificado de homologación. 5. Toda modificación al tipo
homologado deberá ser puesto en conocimiento de la dirección general de la
energía, la cual podrá considerar bien que las modificaciones aportadas no
tienen una influencia desfavorable sobre la seguridad del equipo, no sobre la
utilización de la energía eléctrica, y que siguen cumpliéndose las normas de
homologación, o bien que dichas modificaciones obliguen a obtener una nueva
homologación. Art. 4. La periodicidad a que se refiere el capitulo
6, apartado 6.1.1, del reglamento general de actuaciones del ministerio de
industria y energía en materia de normalización y homologación, será de tres
años. No obstante, la comisión de vigilancia y certificación encargada del
seguimiento de la producción podrá disponer en todo momento las actuaciones de
inspección y ensayo que estime oportunas. Art. 5. A partir de los dieciséis meses de la
publicación de este real decreto en el <Boletín Oficial del Estado>,
todos los equipos frigoríficos y bombas de calor, que se especifican en el
articulo 2., Que se fabriquen para el mercado nacional o se importen deberán
corresponder a tipos homologados por el ministerio de industria y energía, en
base a dichas normas técnicas y de acuerdo con las normas de ensayo que figuran
como 2. Los equipos en cuestión, conformes al tipo homologado, ostentaran la
correspondiente marca de conformidad otorgada por la comisión de vigilancia y
certificación del ministerio de industria y energía. Art. 6. Inspecciones,
infracciones y sanciones: 1. La vigilancia e inspección de
cuanto se establece en el presente real decreto y las posteriores normas que lo
desarrollan se llevara a efecto por los correspondientes órganos de las
administraciones publicas en el ámbito de sus competencias, de oficio o a
petición de parte. 2. Sin perjuicio de las competencias
que corresponde al ministerio de industria y energía dentro del marco de sus
atribuciones especificas, el incumplimiento de lo dispuesto en el presente real
decreto y normas posteriores que lo desarrollen constituirá infracción
administrativa en materia de defensa del consumidor conforme a lo previsto en
la ley 26/1984, general para la defensa de los consumidores y usuarios y en el
real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones
y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción
agroalimentaria. Disposición final El ministerio de industria y energía
queda facultado para modificar, por orden ministerial, las especificaciones
técnicas que figuran en el anexo de este real decreto, cuando así lo aconsejen
razones de interés general. Dado en Madrid a 18 de diciembre de
1985. Juan Carlos R. El Ministro de Industria y Energía,
Juan Majo Cruzate Anexo i: normas técnicas
relativas a equipos frigoríficos y bombas de calor 1. Campo de aplicación. 1.1. El campo de aplicación de las
presentes normas se extiende a los equipos frigoríficos y a las bombas de calor
accionadas directamente, que utilizan el ciclo de compresión mecánica, con una
potencia térmica nominal inferior a 40. 1.2. Estos equipos realizaran,
individualmente o en combinación con otros equipos, algunas de las funciones siguientes:
enfriamiento, calentamiento, deshumidificación, recirculación, renovación y
limpieza del aire del local. 1.3. Los equipos dentro del alcance
de estas normas pueden ser clasificados como sigue: A) según la disposición relativa de
los elementos: 1.
Equipos compactos, incluyendo compresor e intercambiadores interior y exterior. 2.
Equipos constituidos por una unidad interior, incluyendo compresor e
intercambiador interior, y una unidad exterior que incluye el intercambiador
exterior. 3.
Equipos constituidos por una unidad interior que incluye el intercambiador
interior y una unidad exterior, incluyendo compresor e intercambiador exterior. B) según el fluido en contacto con
el intercambiador interior: 1. Aire. 2. Agua. C) según el fluido en contacto con
el intercambiador exterior: 1. Aire. 2. Agua. 2. Definiciones. 2.1. Bomba de calor: maquina térmica que permite transferir calor
de una fuente fría a otra mas caliente. 2.2. Equipo frigorífico: maquina frigorífica que permite transferir
calor de una fuente fría a otra mas caliente. 2.3. Intercambiador exterior: intercambiador de calor que transfiere o
absorbe calor de una fuente exterior al espacio acondicionado. 2.4. Intercambiador interior: intercambiador de calor que transfiere o
absorbe calor del espacio acondicionado o de una fuente interior al mismo. 2.5. Potencia calorífica: es la potencia térmica del equipo que se
emplea en combatir la carga de calefacción del espacio a acondicionar. 2.6. Potencia frigorífica
latente: es la potencia
térmica del equipo que se emplea en combatir la carga latente de refrigeración
del espacio a acondicionar. 2.7. Potencia frigorífica
sensible: es la potencia
térmica del equipo que se emplea en combatir la carga sensible de refrigeración
del espacio a acondicionar. 2.8. Potencia frigorífica total: es la potencia térmica del equipo que se
emplea en combatir la carga frigorífica total, sensible mas latente, del
espacio a acondicionar. 2.9. Sección exterior: es la parte del equipo que transfiere o
absorbe calor de una fuente exterior al espacio acondicionado. 2.10. Sección interior: es la parte del equipo que transfiere o
absorbe calor del espacio acondicionado o de una fuente interior al mismo. 2.11. Unidad compacta: equipo totalmente montado en fabrica. 2.12. Unidad partida: equipo suministrado por el fabricante en
partes, realizándose su conexión en obra. 2.13. Coeficiente de eficiencia
energética, lado evaporador (CEE):cociente
entre la potencia frigorífica total captada por un fluido en el evaporador del
equipo frigorífico y la potencia total absorbida, de tipo convencional, para
unas determinadas condiciones de funcionamiento. 2.14. Coeficiente de eficiencia
energética, lado condensador (CEE):
cociente entre la potencia calorífica total captada por un fluido en el condensador
de una bomba de calor, y la potencia total absorbida, de tipo convencional,
para unas determinadas condiciones de funcionamiento. 2.15. Condiciones nominales de
ensayo: condiciones de
ensayo utilizadas como base de comparación del comportamiento de los equipos. 2.16. Condiciones limites de
ensayos: condiciones de
ensayo, diferentes a las condiciones nominales, utilizadas para verificar el
comportamiento de los equipos en condiciones extremas. 3. Rendimientos mínimos. Los coeficientes de eficiencia energética
para los equipos frigoríficos y bomba de calor deben ser como mínimo igual a
los presentados en la tabla 1 para las condiciones nominales de funcionamiento
definidos en los puntos 4.2 y 5.2 de la norma <condiciones de ensayo> del
anexo 2. Estos valores podrán ser corregidos
al alza por el ministerio de industria y energía cuando las circunstancias lo
aconsejen. 4. Comprobación del funcionamiento en
condiciones máximas y o mínimas los resultados de los ensayos realizados en los
equipos frigoríficos y bombas de calor bajo condiciones máximas de
funcionamiento (calor) y máxima y mínima de funcionamiento (frío) cumplirán lo
establecido en el apartado 5.3 de la normativa <condiciones de ensayo>
del anexo II. 5. Comprobación eficacia aislamiento durante
los ensayos realizados en equipos frigoríficos y bombas de calor lado
evaporador bajo las <condiciones de ensayo> del anexo II, el aislamiento
del equipo ha de ser tal que al terminar el periodo de ensayo fijado por dicha
normativa, no aparezcan gotas de condensado sobre la carcasa del equipo. 6. Evacuación de condensado la evacuación de
los condensados debe hacerse correctamente y sin provocar problemas en el
funcionamiento del equipo. 7. Acústica. Las exigencias serán fijadas en el futuro. Las condiciones de ensayo serán
definidas en una norma posterior. Apéndice 1 ficha de
características técnicas 1. Características generales 1.1. Descripción del equipo: Marca comercial: Fabricante: Numero de serie: 1.2. Tabla de características. 1.3. Alimentación eléctrica tensión:
(v) 1.5 reversibilidad. 1.6. Apoyo incorporado tipo: 1.7. Numero de etapas 4.1 de los
principales componentes del equipo compresor 4.6 otros órganos de seguridad
incorporados al equipo 4.8 de los dispositivos de arranque interruptor: 6.1. Descripción sucinta de: Procesos de calefacción y
refrigeración. Funcionamiento del desescarche. Procesos de regulación y seguridad. 6.2. Funcionamiento con caudales
distintos de los nominales. Limites de estas variaciones. Factores. Corrección de potencia suministrada
y absorbida. 6.3. Mantenimiento. Indicar: Naturaleza y frecuencia de las
operaciones de mantenimiento a realizar por el usuario. Naturaleza y frecuencia de las
operaciones de mantenimiento a realizar por un especialista. 6.4. Características de la
instalación. Suministrar condiciones de
instalación del equipo. Precisando en particular: Condiciones de espacio y peso de
cada elemento por separado. Condiciones requeridas de ambiente
(material instalado en el exterior o al abrigo de la intemperie, el hielo o el
espacio calefactado). Condiciones de implantación y
precauciones, esfuerzo de tensión de acceso y de desprendimiento. Características de los acoplamientos
eléctricos, hidráulicos, de ventilación y de fluido termodinámica, para
asegurar su colocación. Localización de los elementos de
señalización o de intervención. Precauciones a tomar en la
instalación para asegurar especialmente: La circulación correcta de los
fluidos. La evacuación de los condensados. La superficie de intercambio. La ausencia de nocividad sonora o de
otras. 7. Características de
funcionamiento: 7.1. Características de arranque. Indicar la intensidad máxima de
arranque del aparato, incluidos elementos auxiliares y resistencias. 7.2. Características térmicas en
régimen permanente (o pseudo permanente en caso de desescarche cíclico): 7.2.1. Con caudales nominales en el
evaporador y en el condensador. 7.2.2. Para caudales diferentes de
los nominales. Dar, además, para las bombas de
calor, admitiendo variaciones de caudal: Los limites de estas variaciones. Los elementos de corrección de
potencia suministrada y absorbida para los caudales del condensador y del
evaporador, distintos de los nominales. Estos elementos pueden ser
expresados como potencias o factores correctivos y presentarse como curvas,
tablas o formulas, en función de los caudales y temperaturas. Se deberá precisar la incidencia de
variaciones de caudal sobre las temperaturas limite de uso. Anexo II propuesta de normativa
de ensayo de equipos frigoríficos y bombas de calormetodos generales de ensayo
1. 1. Objeto y campo de aplicación 1.1. Objeto. 1.2. Campo de aplicación. 1.3. Utilización de la norma. 2. Definiciones. 3. Unidades de medida. 4. Condiciones de ensayo. 5. Métodos de ensayo: 5.1. Descripción general. 5.2. Aplicabilidad de los métodos de
ensayo. 5.3. Método entalpico-a. 5.4. Método entalpico-w. 5.5. Método calorimétrico. 6. Cámara de ensayo. 7. Calculo de la potencia
frigorífica: 7.1. Método entalpico-a. 7.2. Método entalpico-w. 7.3. Método calorimétrico 8. 8. Calculo de la potencia
calorífica: 8.1. Método entalpico-a. 8.2. Método entalpico-w. 8.3. Método calorimétrico 9. Magnitudes a medir. 10. Realización de mediciones: 10.1. Medición de temperaturas. 10.2. Medición de caudales. 10.3. Medición de la presión
estática 11. Instrumentación: 11.1. Instrumentos para medir
temperaturas. 11.2. Instrumentos para medir
presiones. 11.3. Instrumentos para medir
caudales. 11.4. Instrumentos para efectuar
medidas eléctricas. 11.5. Otros instrumentos. 12. Preparación del ensayo y
realización: 12.1. Instalación del equipo. 12.2. Realización del ensayo. 12.3. Tolerancias del ensayo. 13. Resultados del ensayo. 14. Nomenclatura: Tabla 1. Datos a registrar. Tabla 2. Tolerancias del ensayo. Métodos generales de ensayo 1. Objeto y campo de aplicación 1.1. Objeto: 1.1.1. Esta norma tiene por objeto
establecer métodos de ensayo que permitan determinar las características
térmicas de funcionamiento de los equipos frigoríficos y bombas de calor
contemplados en el apartado 1.2. 1.1.2. Fundamentalmente, se
determinaran las magnitudes siguientes: Condiciones de operación que se
establezcan. Individualmente. Duración de los diferentes ciclos
de funcionamiento. 1.2. Campo de aplicación: 1.2.1. Esta norma se aplicara a los
equipos frigoríficos y bombas de calor accionados eléctricamente, que utilicen
el ciclo de compresión mecánica. 1.2.2. Estos equipos realizaran,
individualmente o en combinación con otros equipos, algunas de las funciones
siguientes: enfriamiento, calentamiento, deshumidificación, recirculación,
renovación y limpieza del aire del local. 1.2.3. Los equipos dentro del
alcance de esta norma pueden ser clasificados como sigue: A) según la disposición relativa de
los elementos: 1. Equipos
compactos, incluyendo compresor e intercambiadores interior y exterior. 2.
Equipos constituidos por una unidad interior, incluyendo compresor e
intercambiador interior, y una unidad exterior que incluye el intercambiador
exterior. 3.
Equipos constituidos por una unidad interior que incluye el intercambiador
interior, y una unidad exterior, incluyendo compresor e intercambiador
exterior. B) según el fluido en contacto con
el intercambiador interior: 1. Aire. 2. Agua. C) según el fluido en contacto con el
intercambiador exterior: 1. Aire. 2. Agua. 1.3. Utilización de la norma: 1.3.1. Se recomienda la siguiente
metodología para una correcta utilización de la norma: A) comprobar si se puede aplicar
esta norma, revisando el apartado 1.2. B) fijar las condiciones de ensayo,
de acuerdo con la normativa especifica del equipo a ensayar. C) seleccionar el método de ensayo,
según el apartado 5. D) elegir la instrumentación
necesaria, según el apartado 10. E) realizar el ensayo de acuerdo con
el apartado 12. F) calcular los resultados del
ensayo, según los apartados 7, 8 y 13 2. Definiciones 2.1. Bomba de calor: maquina térmica
que permite transferir calor de una fuente fría a otra mas caliente. 2.2. Dispositivo: conjunto de
elementos utilizados para medir una magnitud. 2.3. Equipo: elemento objeto del
ensayo. 2.4. Equipo frigorífico: maquina
frigorífica que permite transferir calor de una fuente fría a otra mas
caliente. 2.5. Intercambiador exterior:
intercambiador de calor que transfiere o absorbe calor de una fuente exterior
al espacio acondicionado. 2.6. Intercambiador interior:
intercambiador de calor que transfiere o absorbe calor del espacio
acondicionado o de una fuente interior al mismo. 2.7. Potencia calorífica: es la
potencia térmica del equipo que se emplea en combatir la carga de calefacción
del espacio a acondicionar. 2.8. Potencia frigorífica latente:
es la potencia térmica del equipo que se emplea en combatir la carga latente de
refrigeración del espacio a acondicionar. 2.9. Potencia frigorífica sensible:
es la potencia térmica del equipo que se emplea en combatir la carga sensible
de refrigeración del espacio a acondicionar. 2.10. Potencia frigorífica total: es
la potencia térmica del equipo que se emplea en combatir la carga frigorífica
total, sensible mas latente, del espacio a acondicionar. 2.11. Presión atmosférica estándar:
101 kpa. 2.12. Sección exterior: es la parte
del equipo que transfiere o absorbe calor de una fuente exterior al espacio
acondicionado. 2.13. Sección interior: es la parte
del equipo que transfiere o absorbe calor del espacio acondicionado o de una
fuente interior al mismo. Unidad de tratamiento: conjunto de
elementos que permite mantener el aire o el agua en unas condiciones
previamente establecidas. 2.15. Unidad compacta: equipo
totalmente montado en fabrica. 2.16. Unidad partida: equipo
suministrado por el fabricante en partes, realizándose su conexión en obra. 3. Unidades de medida 3.1. Se utilizaran las unidades del
sistema internacional. 4. Condiciones de ensayo 4.1 los métodos de ensayo descritos
en esta norma pueden ser usados para determinar la potencia frigorífica y
calorífica de los equipos frigoríficos y bombas de calor bajo unas condiciones
de ensayo definidas en la normativa especifica del equipo a ensayar. 4.2. Durante la duración del ensayo,
las condiciones de ensayo serán mantenidas dentro de las tolerancias
especificadas en el apartado 12.3. 5. Métodos de ensayo 5.1. Descripción general: 5.1.1. Se adoptaran como métodos
generales de ensayo, el método entalpico y el método calorimétrico. 5.1.2. En el método entalpico, las
potencias térmicas del equipo se calcularan a partir del caudal masico y las
temperaturas del fluido a la entrada y salida de la sección correspondiente. 5.1.3. En el método calorimétrico,
las potencias térmicas del equipo se calcularan a través de un balance de
energía realizado en el modulo de ensayo. 5.2 aplicabilidad de los métodos de
ensayo: 5.2.1. El método entalpico se podrá
aplicar a la sección interior y exterior del equipo. Cuando se aplique a un
equipo o sección del mismo, que utilice aire como fuente o sumidero de calor,
se denominara método entalpico-a. Cuando se utilice agua como fuente o sumidero
de calor, se denominara método entalpico-w. 5.2.2 el método calorimétrico se aplicara
solo al equipo que utilice aire como fuente o sumidero de calor. 5.2.3 en el ensayo de los equipos se
utilizaran simultáneamente dos métodos, que se denominaran directo e indirecto.
Como método directo se utilizara solo el método entalpico realizado en la
sección interior del equipo, exceptuando los ensayos incluidos en el apartado
5.2.4. Como método indirecto se utilizara el método entalpico realizado en la
sección exterior, o el método calorimétrico. El ensayo será considerado valido
cuando los resultados obtenidos por ambos métodos no difieran en mas de un 5
por 100. 5.2.4 en el ensayo de equipos cuya
potencia sea inferior a 12 kw térmicos, se podrá utilizar como método directo
el método calorimétrico en la sección interior. 5.3 método entalpico-a: 5.3.1 en este método, la potencia
térmica del equipo se determinara a partir del caudal masico y de la
temperatura seca o de las temperaturas seca y húmeda del aire a la entrada y
salida de la sección correspondiente. 5.3.2 este método se aplicara a la
sección interior del equipo de acuerdo con los esquemas descritos en el
apartado 5.3.3. Los esquemas anteriores podrán aplicarse asimismo a la sección
exterior, siempre que se verifiquen las restricciones contempladas en el
apartado 5.3.5. 5.3.3 se recomienda que la
disposición relativa del equipo a ensayar y de los equipos auxiliares se ajuste
a uno de los esquemas siguientes: A) configuración en paralelo,
representada esquemáticamente en la figura 1. El equipo a ensayar se situara en el
modulo de ensayo (ver apartado 12.1). A la salida del equipo, se acoplara un
dispositivo de medición de caudal de aire, que descargara directamente en el
modulo de ensayo. Una unidad de tratamiento de aire mantendrá el aire del
modulo en las condiciones establecidas de temperatura seca y húmeda. En esta
configuración, el equipo y la unidad de tratamiento están en paralelo en
relación con el aire del modulo. La temperatura seca y o húmeda del aire a la
entrada y salida del equipo, el caudal de aire, la presión estática disponible
y el consumo de energía se medirán con la instrumentación adecuada. B) configuración en serie,
esquematizada en la figura 2. El equipo se situara en el modulo de ensayo. El
dispositivo de medición de caudal aire se acoplara a la salida del equipo e ira
conectado directamente con la unidad d tratamiento de aire. La descarga de aire
de la unidad de tratamiento mantendrá en el modulo la temperatura seca y húmeda
del aire previamente establecidas. En esta configuración, el equipo y la unidad
de tratamiento están en serie en relación con el aire del modulo. La
instrumentación adecuada medirá las temperaturas, caudales, presión estática y
consumo de energía. C) al ensayar equipos en los cuales
el compresor no es refrigerado por el aire exterior, se tendrá en cuenta la
energía radiante procedente del mismo. Para ello, independientemente de la
configuración adoptada, se situara el equipo, o la sección correspondiente del
equipo a ensayar, en el interior de un recinto tal como se indica en la figura
3. El recinto se construirá con un material no poroso, con juntas estancas al
aire y a la humedad y, preferentemente, aislado térmicamente. Sus dimensiones
permitirán al aire circular libremente entre el equipo y las paredes del
recinto, y en ningún caso la separación entre ambos será inferior a 15
centímetros. La entrada de aire al recinto se situara lo mas lejos posible de
la aspiración del equipo, de tal forma que el aire circule a través de todo el
recinto. La conexión del equipo con el dispositivo de medición de caudal de
aire se aislara adecuadamente en su recorrido por el interior del recinto. D) los esquemas representados en las
figuras 1 y 2 tendrán un carácter ilustrativo de las diferentes posibilidades
existentes y no estarán limitados a los equipos mostrados en las mismas. No
obstante, se utilizara un recinto interior semejante al de la figura 3, siempre
que el compresor este en la unidad interior y no este refrigerado por el aire
exterior. 5.3.4. Cuando se utilice una
configuración diferente de las descritas en el apartado anterior, se procurara
no crear condiciones anormales de funcionamiento en los alrededores del equipo
a ensayar. 5.3.5. Cuando se realice el método
entalpico en la sección exterior del equipo, se comprobara que el acoplamiento
del dispositivo de medida del caudal de aire no modifique el funcionamiento del
equipo ensayado, y en caso de que lo modifique se corregirá esta variación. Para realizar esta corrección, se
soldaran sendos termopares en la sección media del intercambiador interior y
exterior del equipo, aproximadamente. Alternativamente, se podrán situar sondas
de presión, inatacables por el refrigerante, en las líneas de aspiración y
descarga del compresor. El equipo se pondrá en marcha en las condiciones del
ensayo, solo con el dispositivo de medida del caudal de aire interior
conectado. Se registraran los datos necesarios en intervalos de diez minutos,
durante un periodo no inferior a una hora, una vez alcanzado el régimen
permanente. A continuación, se acoplara el dispositivo de medida de caudal de
aire exterior y se registraran las medidas de temperatura y presión
correspondientes. Si el valor medio de estos valores, una vez alcanzado el
equilibrio, no se encuentra dentro de un 0,5 ao su equivalente en presión, en
relación con los valores medios observados durante el ensayo preliminar, se
ajustara el caudal de aire exterior hasta que se alcance la diferencia
anterior. El ensayo continuara durante una hora con el dispositivo de medida de
caudal exterior conectado, una vez que se haya alcanzado el régimen permanente
y que los resultados obtenidos con el ensayo en la unidad interior durante este
intervalo concuerden en un mas o menos 2 por 100, con los obtenidos en el
ensayo preliminar. El caudal de aire exterior ajustado
por el procedimiento anterior, se utilizara en el calculo de la potencia
térmica del equipo. No obstante, se utilizara en los cálculos el consumo del
ventilador exterior durante el ensayo preliminar. 5.4 método entalpico-w: 5.4.1 en este método, la potencia térmica
del equipo se determinara a partir del caudal masico y temperatura del agua,
medidos a la entrada y salida de la sección correspondiente. 5.4.2 este método podrá aplicarse a
la sección interior y exterior del equipo, según el esquema descrito en el
apartado 5.4.3. En cualquier caso, el intercambiador correspondiente del equipo
estará aislado con un espesor no inferior a 25 milímetros de fibra de vidrio o
equivalente. 5.4.3. Se recomienda que la
disposición relativa del equipo a ensayar y de los equipos auxiliares se ajuste
al esquema representado en la figura 4. El equipo se situara en el modulo de
ensayo y la entrada y salida del mismo se conectaran directamente con una
unidad de tratamiento de agua, que mantendrá la temperatura del agua a la
entrada y o salida del equipo, en las condiciones de ensayo. Entre ambos se
situara un dispositivo de medida de caudal. Una unidad de tratamiento de aire
mantendrá en el modulo la temperatura marcada por las condiciones de ensayo. La
instrumentación adecuada medirá las temperaturas, caudal, presión estática
disponible y consumos de energía. 5.5. Método calorímetro: 5.5.1. En este método, la potencia
térmica del equipo se determinara a partir energía aportada o extraída por la
unidad de tratamiento de aire y de las perdidas o ganancias de calor en el
modulo de ensayo, realizando un balance de energía en el mismo. 5.5.2. Este método se aplicara de
acuerdo con los esquemas descritos en el apartado 5.3.3. 6. Cámara de ensayo. 6.1. La cámara de ensayo constara de
dos módulos, uno para la sección interior y otro para la sección exterior del
equipo a ensayar, con una pared de separación entre ambos. En ellos se
mantendrán las condiciones de ensayo dentro de las tolerancias establecidas. 6.2. Las superficies internas de cada
modulo se construirán con materiales no porosos y con juntas estancas al aire y
a la humedad. Las puertas de acceso Irán provistas de juntas que las
hagan también estancas al aire y a la humedad. Las paredes, incluso la
separación entre módulos, estarán aisladas de forma que las perdidas de calor,
incluso por radiación, sean inferior al 5 por 100 de la potencia térmica del
equipo. Como método alternativo se puede tener un espacio alrededor de la
cámara de ensayo, de anchura no inferior a 30 centímetros, en el que se
mantendrán las condiciones del modulo correspondiente. En cualquier caso, se
recomienda disponer debajo de la cámara de un espacio libre que permita la
circulación de aire. 6.3. El modulo interior será siempre
necesario para la realización del ensayo. Se recomienda que la velocidad del
aire en las proximidades del equipo a ensayar no sea superior a 2,5 metros por
segundo. 6.4. El modulo exterior se utilizara
para la realización de ensayos indirectos, de acuerdo con el apartado 5.2. 6.5. Las dimensiones de los módulos
serán suficientes para evitar cualquier perturbación en las proximidades del
equipo. En ningún caso la distancia desde una superficie del modulo a la
superficie del equipo será inferior a un metro, a excepción de las distancias
requeridas para una instalación normal del equipo. 6.6. Los dos módulos dispondrán de
las unidades de tratamiento de aire y de agua que requiera la modalidad de
ensayo adoptada y el equipo a ensayar. Cada unidad de tratamiento de aire
dispondrá de un ventilador que proporcionará un caudal de aire no inferior a
quince veces el volumen del modulo de ensayo correspondiente, cada hora. Esta
unidad tomara el aire de la dirección en la que descarga el equipo y lo
impulsara de nuevo al modulo a una velocidad máxima de 1,5 metros por segundo
en la boca de salida, en las condiciones establecidas. 6.7. En la pared de separación de
ambos módulos se instalara un dispositivo para equilibrar las presiones de los
mismos. El dispositivo constara de una o
varias toberas, una cámara de descarga con un ventilador de evacuación y
manómetros para medir la presión dinámica en la tobera (figura 5). Las tomas de
aire de los manómetros se dispondrán de forma que no estén influidas por el
aire procedente del equipo o del dispositivo para equilibrar presiones. El
ventilador de evacuación de aire permitirá variar el caudal del mismo,
modificando su velocidad o mediante una compuerta. Detalles de construcción de
la tobera y los cálculos necesarios se desarrollan en el apartado 10.2. Este dispositivo no permitirá que la
diferencia de presiones estáticas en los dos módulos sea superior a 1,5 pa. 6.8 las perdidas de calor de un
modulo se pueden medir de la forma siguiente: se cierran todas las aberturas;
se mantiene la temperatura ambiente constante con una tolerancia de 1 c; se
calienta el modulo con resistencias eléctricas hasta que su temperatura este,
al menos, a 10 por encima de la temperatura ambiente. Si la separación entre
los módulos esta hecha con idénticos materiales que el resto de las paredes,
las fugas se reparten proporcionalmente a las superficies de las paredes. Para medir las perdidas a través de
la separación de los módulos se realiza un ensayo similar, pero elevando por
igual la temperatura de ambos. La diferencia con las perdidas del ensayo
anterior corresponde a la pared de separación. Las ganancias de calor del modulo se
miden con el mismo sistema, pero enfriando hasta 10 c, por lo menos, por debajo
de la temperatura ambiente. 7. Calculo de la potencia
frigorífica. 7.1. Método entalpico-a: 7.1.1. La potencia frigorífica
total, sensible y latente del equipo, basadas en el ensayo realizado en la
sección interior. Nota: las expresiones anteriores no
tienen en cuenta la transferencia de calor a través de las superficies del
equipo, que normalmente son inferiores al 2 por 100 de la potencia frigorífica
total, ni el aporte de calor del motor del ventilador interior cuando no es
suministrado con el equipo. Cuando se estime necesario, la transferencia de
calor se puede evaluar a través de la temperatura de la superficie del equipo. 7.1.2. La potencia frigorífica total
del equipo, basada en un ensayo realizado en la sección exterior, se calculara
a partir de la ecuación. 7.1.3. Si en equipos partidos es
necesario tener en cuenta las perdidas en líneas de refrigerante, para obtener
el 5 por 100 especificado en el apartado 13.2, se sumara algebraicamente a la
potencia frigorífica total q las cantidades obtenidas a partir de las
ecuaciones siguientes: A) tubería de cobre sin aislar. B) tuberías aisladas. 7.2 método entalpico-w: 7.2.1. La potencia frigorífica total
del equipo, basada en el ensayo realizado en la sección interior, se calculara
a partir de la ecuación: Q m a(t t(sigue siendo valida la
nota del apartado 7.1.1). 7.2.2. La potencia frigorífica total
del equipo, basada en el ensayo realizado en la sección exterior, se calculara
a partir de la ecuación: q m a(t t) e 7.2.3 si en equipos partidos es necesario
tener en cuenta las perdidas en líneas de refrigerante, se realizara de acuerdo
con el apartado 7.3 método calorimétrico: 7.3.1. La potencia frigorífica
total, sensible y latente del equipo, basadas en el ensayo realizado en la
sección interior se calculara a partir de las ecuaciones nota: La expresión de la potencia
frigorífica total es valida si las unidades de tratamiento de aire se sitúan en
el interior de los módulos de ensayo y el vapor de agua condensado en el equipo
o en la unidad de tratamiento se evacua al exterior. 7.3.2. La potencia frigorífica total
del equipo, basada en el ensayo realizado en la sección exterior, se calculara
a partir de la ecuación notas: Sigue siendo valida la nota del
apartado 7.3.1. El termino q será numéricamente
igual al correspondiente del apartado 7.3.1, solo si las superficies exterior e
interior de la pared de separación son iguales. 8. Calculo de la potencia
calorífica 8.1. Método entalpico-a: 8.1.1. La potencia calorífica del
equipo, basada en el ensayo realizado en la sección interior, se calculara a partir
de la ecuacion: q q a(t t) v (sigue siendo valida la nota del apartado 7.1.1). 8.1.2. La potencia calorífica total
del equipo, basada en el ensayo realizado en la sección exterior, se calculara
a partir de la ecuación: q q (h h) v e 8.1.3 si en equipos partidos es
necesario tener en cuenta las perdidas en líneas de refrigerante, se realizara
de acuerdo con el apartado 7.1.3. 8.2. Método entalpico-w: 8.2.1. La potencia calorífica del
equipo, basada en el ensayo realizado en la sección interior, se calculara a
partir de la ecuacion: q ma(t t (sigue siendo valida la nota del apartado
7.1.1). 8.2.2. La potencia calorífica del
equipo, basada en el ensayo realizado en la sección exterior, se calculara a
partir de la ecuación: q m a(t t) e 8.2.3 si en equipos partidos es necesario
tener en cuenta las perdidas en líneas de refrigerante, se realizara de acuerdo
con el apartado 7.1.3. 8.3. Método calorimétrico: 8.3.1. La potencia calorífica del
equipo, basada en el ensayo realizado en la sección interior, se calculara a
partir de la ecuación m (h h) e(sigue siendo valida la nota del apartado
7.3.1). 8.3.2. La potencia calorífica del
equipo, basada en el ensayo realizado en la sección exterior, se calculara a
partir de la ecuación. (siguen siendo validas las notas del
apartado 7.3.2). 9. Magnitudes a medir 9.1 durante el ensayo se medirán las
variables recogidas en la tabla 1. Para cada método de ensayo en particular, se
medirán las magnitudes marcadas con un <x> bajo la columna
correspondiente. 10. Realización de mediciones 10.1. Medición de temperaturas . 10.1.1. La medida de temperatura del
aire en el interior de conductos se realizara al menos en tres puntos, en el
centro de tres segmentos iguales de la sección recta del conducto o mediante la
utilización de dispositivos de mezcla o de toma de muestras de aire. Esquemas
tipos de estos dispositivos se representan en la figura 6. La conexión entre el
equipo y la sección de medida se aislara de forma que las perdidas de calor a
través del conducto sean inferiores al 1 por 100 de la potencia térmica del
equipo. El diámetro interior de los tubos
del dispositivo de toma de muestras no será inferior a 80 milímetros y la
velocidad de circulación del aire estará comprendida entre 3 y 10 metros por
segundo (con preferencia 5 metros por segundo). Deberá cuidarse la estanqueidad
y el aislamiento de los tubos, para evitar perdidas o ganancias de calor o de
aire. Los termómetros estarán situados en el tramo de aspiración de los tubos
de toma de muestra. 10.1.2. La temperatura del aire a la
entrada de la sección interior se medirá al menos en tres posiciones igualmente
espaciadas sobre el equipo, o se utilizaran dispositivos de toma de muestra. Si
la aspiración del equipo es libre, los instrumentos de medición o el
dispositivo correspondiente se situaran a 15 centímetros aproximadamente de la
sección de entrada. 10.1.3. La temperatura del aire a la
entrada de la sección exterior se medirá al menos en tres posiciones
representativas alrededor del equipo en los puntos de medida, la temperatura
del aire no se vera afectada por la descarga de aire de la sección exterior.
Todas las medidas se tomaran a una distancia de 60 centímetros de la superficie
mas próxima del equipo, y si no coinciden, la temperatura menor se tomara igual
a la temperatura ambiente exterior. 10.1.4. La temperatura húmeda del
aire se medirá bajo condiciones que aseguren un tiempo suficiente para que el
equilibrio de evaporación se haya alcanzado. La velocidad del aire en el
instrumento de medida será aproximadamente de 5 metros por segundo. Para medir
temperatura húmeda del aire por debajo del punto de congelación, se recomienda
producir una capa de hielo de 0,5 milímetros de espesor directamente en el
bulbo del termómetro o sensor de temperatura húmeda correspondiente. 10.1.5. La medición de temperatura
de un fluido en el interior de una tubería se realizara introduciendo el sensor
de temperatura directamente en el fluido o en el interior de un pozo de temperatura
en contacto con el fluido. Las perdidas de calor entre la sección de medida y
la conexión al equipo serán inferiores al 1 por 100 de la potencia térmica del
mismo. 10.1.6. En general, los sensores de
medición de temperatura se protegerán mediante las correspondientes pantallas,
de la radiación procedente de cualquier fuente de calor próxima. 10.2. Medición de caudales . 10.2.1. El caudal de aire se medirá
mediante el dispositivo de toberas representado en la figura 7. Básicamente,
este dispositivo constara de una cámara receptora y una cámara de descarga,
separadas por una zona en la que se sitúan una o mas toberas. El aire es
conducido a la cámara receptora, pasa a través de las toberas y es descargado
en el modulo de ensayo o en el mismo conducto de entrada al equipo. El dispositivo de toberas y su
conexión no permitirán una perdida de aire superior al 1 por 100 del caudal
medido. La distancia entre ejes de las
toberas no será inferior a tres veces el diámetro del cuello de la tobera. La
distancia desde el centro de una cualquiera de las toberas a la pared de la
cámara mas próximo no será inferior a una vez y media el diámetro del cuello de
la tobera. Se instalaran difusores en la cámara
receptora, a una distancia de la entrada a la tobera, no inferior a una vez y
media el diámetro del cuello, y en la cámara se descarga a una distancia al
menos de dos y media el diámetro del cuello. Si las toberas fueran de tamaños
diferentes, las distancias anteriores se tomaran con base al diámetro medio de
las mismas. Se instalara un ventilador de
descarga en una de las paredes de la cámara de descarga, capaz de vencer la
perdida de carga a través del dispositivo. El ventilador será de caudal
variable o se podrá ajustar su caudal mediante una compuerta. La caída de presión estática a
través de las toberas se medirá con manómetros con una precisión de 1 por 100
de la lectura. Un extremo del manómetro se conectara a una o varias tomas de
presión estática, atravesando la pared de la cámara de descarga. Opcionalmente
se podrá instalar en paralelo varios manómetros conectados cada uno a dos tomas
de presión estática. Alternativamente, se podrá medir la presión dinámica del
aire a la salida de la tobera por medio de un tubo de pitot. En este caso, se
dispondrá un tubo de pitot por cada tobera. Se dispondrán los medios necesarios
para determinar la densidad del aire en el cuello de la tobera. La velocidad del aire en el cuello
de cualquier tobera no será inferior a 15 metros por segundo, ni mayor que 35
metros por segundo. Si las toberas son construidas de
acuerdo con la figura 8 e instaladas de acuerdo con las instrucciones
anteriores, no necesitaran ser calibradas. Centímetros, el coeficiente de
descarga de la tobera puede tomarse igual a 0,99. Se calibraran las toberas cuando
el diámetro del cuello sea inferior a 13 centímetros o se precisen coeficientes
de descarga de mayor exactitud. Cuando se utilice mas de una tobera,
el caudal de aire total será la suma de los caudales de cada tobera, calculados
por la ecuación anterior. 10.2.2. Cuando no sea posible la
instalación del dispositivo de toberas descrito en el apartado 10.2.1 se
utilizara el dispositivo de m representado en la figura 9. 10.2.3. Si el caudal se expresa en
volumen, deberá ir acompañado de las condiciones de presión, temperatura y
humedad en que se ha determinado. 10.2.4. El caudal de agua se medirá
con la instrumentación descrita en 11.3, conectada directamente a la tubería
por la que circula el fluido. Se instalara en un tramo recto de la tubería, de
tal forma que no se introduzcan perturbaciones en la medición. 10.3 medición de la presión estática
. 10.3.1 en unidades con un ventilador
y una salida, se acoplara un plenum a la descarga de la unidad donde se precise
medir la presión estática disponible, tal a como se muestra en la figura 10. El
plenum descargara en el dispositivo de medición de caudal de aire o en un
regulador de caudal cuando no se utilice el dispositivo de medida. Las
dimensiones de la sección recta del plenum serán iguales a las dimensiones de
la sección de salida de la unidad. La presión estática se medirá con un
manómetro. Un extremo del manómetro se conectara a cuatro tomas de presión en
el plenum de descarga, centradas en cada superficie del plenum, a una distancia
de la sección de salida igual al doble de la dimensión media geométrica de
dicha sección. Si se utiliza un conducto de entrada a la unidad, el otro
extremo del manómetro se conectara a cuatro tomas de presión en el conducto de
entrada. Las dimensiones del conducto de entrada y la situación de las tomas de
presión se indican en la figura 11. Si no existe el conducto de entrada, el
otro extremo del manómetro se conectara a la atmósfera alrededor de la unidad. 10.3.2. En unidades con varios
ventiladores y salidas se acoplara un plenum a cada salida de la unidad, de
acuerdo con la figura 10. Cada plenum descargara en un conducto común, que se
conectara a su vez con el dispositivo de medida de caudal de aire o con un
regulador de caudal cuando no se utilice el dispositivo de medida. Cada plenum
dispondrá de un regulador de caudal, localizado en la sección de contacto con
el conducto común, para igualar la presión estática en cada plenum. 10.3.3. En unidades con varios
ventiladores y una salida se acoplara un único plenum, de acuerdo con el
apartado 10.3.1. 10.3.4. En unidades sin ventilador
incorporado, los conductos de entrada y salida tendrán unas dimensiones iguales
a las secciones correspondientes de la unidad. La perdida de presión a través
de la unidad se medirá con un manómetro, como se muestra en la figura 11. 10.3.5. Se recomienda que las tomas
de presión consistan en boquillas de 6,35 milímetros, soldadas a las
superficies del plenum y centradas sobre orificios de 1 milímetros de diámetro
a través del plenum. Los extremos de los orificios estarán desprovistos de
rebabas y de cualquier otra irregularidad. 10.3.6. El plenum y los conductos no
permitirán fugas de aire, especialmente en las conexiones con el equipo y con
el dispositivo de meduda de caída aire. Se aislaran adecuadamente para prevenir
las perdidas o ganancias de calor entre la salida del equipo y la sección donde
se sitúen los instrumentos de medición de temperatura. 11. Instrumentación 11.1 instrumentos para medir
temperaturas. 11.1.1 las temperaturas se medirán
con uno o varios de los instrumentos siguientes: A) termómetros de mercurio. B) termopares. C) termómetros eléctricos de
resistencia. 11.1.2. La exactitud de los
instrumentos anteriores se encontrara dentro de los siguientes limites: a) temperatura
seca y húmeda del aire: 0,1 c. B) temperatura del agua: 0,1 c. C) otras temperaturas: 0,3 c. 11.1.3. En ningún caso la división
mas pequeña de la escala de la instrumentación excederá de la exactitud
especificada. 11.1.4. Cuando se exija una exactitud
de 0,1 c, el instrumento será calibrado comparándolo con un termómetro
certificado por una entidad reconocida. 11.2. Instrumentos para medir
presiones. 11.2.1. Las medidas de presión se
realizaran con uno mas de los instrumentos siguientes: A) columna de mercurio. B) manómetro de tubo de bourdon. C) traductores electrónicos de
presión. 11.2.2. La exactitud de los
instrumentos para medir presiones, excepto barómetros, será función de la
magnitud de la presión medida, de acuerdo con el siguiente rango: rango (pa)
exactitud (pa) 1,25 - 25 0,5 25.1 - 500 2,5 mayor de 500 25,0 11.2.3. La división mas pequeña de
la escala de la instrumentación no excederá, en ningún caso, del doble de la
exactitud indicada. 11.2.4. La presión atmosférica se
medirá con barómetros, con una escala que permita obtener una exactitud de 0,1
por 100. 11.3. Instrumentos para medir
caudales. 11.3.1. Para calcular el caudal de
aire, la sección de la tobera se determinara midiendo su diámetro con una
exactitud de 0,20 por 100, en cuatro puntos separados 45 alrededor de la
tobera. Esta medición se realizara en el cuello de la tobera, en dos planos
normales al eje de la 11.3.2 los caudales de agua se medirán con contadores de
caudal o de cantidad de liquido con una exactitud de 1 por 100 de la cantidad
medida. 11.4. Instrumentos para efectuar
medidas eléctricas. 11.4.1. Se utilizaran aparatos
indicadores o integradores con una exactitud de 0,5 por 100 del fondo de
escala. 11.4.2. La tensión se medirá en los
terminales del equipo. 11.5. Otros instrumentos. 11.5.1. La medida de velocidad se
realizara con un contador de revoluciones, un tacómetro, un estroboscopio o un
osciloscopio, con una exactitud de 1 por 100 de la cantidad medida. 11.5.2. El tiempo se medirá con
instrumentos que tengan una exactitud de 0,20 por 100 de la cantidad medida. 11.5.3. La medida de masas se
realizara con aparatos que tengan una exactitud de 1 por 100 de la cantidad
medida. 11.5.4. En general, se podrá
utilizar cualquier otra instrumentación no recogida en la presente norma,
siempre que se mantenga la exactitud exigida para la magnitud a medir. 12. Preparación del ensayo y
realización 12.1. Instalación del equipo . 12.1.1. El equipo a ensayar se
instalara en la cámara de ensayo de acuerdo con las instrucciones del
fabricante, utilizando los accesorios y procedimientos de instalación
recomendados por el mismo. La unidad compacta que utilice en la
sección exterior, agua como fuente o sumidero de calor, se situara en el modulo
interior. Si utiliza aire como fuente o sumidero se instalara en una abertura
en la pared de separación de los módulos. Si la unidad es partida se situara la
sección interior en el modulo interior y la exterior en el modulo exterior. Si
el equipo esta especialmente preparado para trabajar en el exterior se situara
en el modulo exterior. 12.1.2. No se realizaran
modificaciones en el equipo, a excepción del acoplamiento a los dispositivos de
medida. El montaje se hará lo mas parecido posible a lo que se considere un
montaje normal, sin hacer nada que mejore dichas condiciones, con objeto de
obtener resultados lo mas parecido posible a la realidad. 12.1.3. Si es necesario, el equipo
será vaciado y cargado con el tipo y cantidad de refrigerante especificado por
el fabricante. 12.1.4. En unidades partidas en las
que la tubería de interconexión no sea suministrada por el fabricante como
parte integral del equipo, o no sea posible por diseño, la longitud de las
tuberías de interconexión no será inferior a 7,5 metros, de los cuales al menos
3 metros se situaran en el modulo exterior. 12.1.5. Las correcciones necesarias
por variaciones en la presión atmosférica se realizaran de forma que no se
modifiquen la velocidad del ventilador ni la perdida de carga del sistema. 12.2. Realización del ensayo. 12.2.1. Antes de proceder al
registro de datos se pondrá en funcionamiento el equipo a ensayar y las
unidades auxiliares hasta que se alcance el régimen permanente. La duración de
este periodo no será nunca inferior a una hora. 12.2.2. Los datos serán entonces
registrados cada diez minutos hasta que siete lecturas consecutivas estén
dentro de las tolerancias establecidas en el apartado 12.3. 12.2.3. Cuando se utilice el método
entalpico-a, realizado en la sección exterior, las prescripciones anteriores se
aplicaran tanto al ensayo preliminar (apartado 5.3.5) como al ensayo final. 12.2.4. En calefacción, bajo ciertas
condiciones de funcionamiento, una pequeña cantidad de hielo puede llegar a
acumularse en la sección exterior del equipo. Se distinguirá entonces entre
periodo normal de funcionamiento y periodo de desescarche del equipo. En esta norma se considerara que el
funcionamiento corresponde al periodo normal cuando las temperaturas de salida
de las secciones interior y exterior del equipo permanecen dentro de las
tolerancias de funcionamiento normal especificadas en la tabla 2, aunque se
haya formado hielo en la sección exterior. En este caso serán validos los
apartados 12.2.1 a 12.2.3. Cuando las tolerancias de las
temperaturas anteriores, debido a la formación de hielo, excedan el rango
establecido se realizara el ensayo de acuerdo con el procedimiento descrito en
el apartado 12.2.5. 12.2.5. Durante el periodo cíclico
de desescarche no se podrá realizar el método de ensayo en la sección exterior
del equipo. En estas condiciones solo se podrá utilizar el método entalpico
realizado en la sección interior. Durante este ensayo no se acoplara a
la sección exterior ningún dispositivo que modifique el caudal de aire nominal
en dicha sección. El caudal del fluido en la sección interior se mantendrá en
las mismas condiciones que durante el ensayo normal, a no ser que el sistema de
desescarche del equipo prevea la parada del ventilador o bomba de circulación
de la sección interior. En este caso se dispondrán los medios necesarios para
que durante este periodo no circule el fluido a través de dicha sección. Para realizar el ensayo se pondrán
en funcionamiento el equipo y las unidades auxiliares hasta que las condiciones
de equilibrio se hayan alcanzado durante un periodo de tiempo no inferior a una
hora, a no ser que se produzcan las variaciones normales debido al
funcionamiento del sistema de desescarche. En estas condiciones, el
funcionamiento de las unidades auxiliares puede ser perturbado, por lo que se
amplían las tolerancias permitidas de acuerdo con los valores recogidos en la
tabla 2. El ensayo se realiza entonces
durante un periodo de tres horas. Si al final de este periodo el equipo esta
desescarchando se continuara hasta terminar el ciclo. Los datos se registraran
cada dos minutos, excepto en el periodo de desescarche, en que serán
registrados cada treinta segundos para establecer exactamente el inicio y el
final del ciclo de desescarche, la variación de temperatura en el fluido de la
sección interior caso de que circule y el consumo de energía eléctrica en el
equipo. Se anotara la duración de ambos ciclos. 12.3. Tolerancias del ensayo. 12.3.1. Todos los datos medidos
durante la realización del ensayo estarán dentro de las tolerancias
establecidas en la tabla 2, según la modalidad de ensayo y equipo a ensayar. 12.3.2. La máxima variación
permitida a un medición durante la realización del ensayo se denomina en la
tabla <tolerancia máxima>, y representa la mayor diferencia permitida
durante el ensayo entre los valores máximo y mínimo de la magnitud
correspondiente. Cuanto este expresada en porcentaje, la variación máxima
permitida será el porcentaje establecido de la media aritmética de las
observaciones. 12.3.3. La máxima variación
permitida del valor medio de las observaciones frente a las condiciones de
ensayo se indican en la tabla 2 como <tolerancia media>. 12.3.4. El ensayo no será valido si
no se verifican las tolerancias anteriores. 13. Resultados del ensayo. 13.1. Para unas condiciones de
ensayo dada, los resultados del ensayo cuantificaran las magnitudes siguientes,
según el tipo de equipo y el régimen de funcionamiento del mismo: A) potencia calorífica (w). B) potencia frigorífica total (w). C) potencia frigorífica sensible
(w). D) potencia frigorífica latente (w). E) caudal del fluido (aire) en la
sección interior (m/s). F) caudal del fluido (agua) en la
sección interior (i/s). G) presión estática disponible en la
sección interior (p). H) consumo total del equipo o
consumos de cada uno de los componentes. 13.2. La potencia total frigorífica
o calorífica se calculara a partir del ensayo directo, siempre que los
resultados obtenidos con los dos ensayos simultáneamente concuerden en un 5 por
100. 13.3. Las potencias frigoríficas
sensible y latente del equipo se determinaran a partir del ensayo directo. 13.4. La capacidad calorífica del
equipo bajo condiciones cíclicas de desescarche se calculara a partir del
método de ensayo realizado en la sección interior, midiendo la variación de
temperatura (aumento o disminución) y el caudal del fluido en dicha sección,
promediados durante el tiempo total del ensayo. Si el fluido interior no
circula durante el periodo de desescarche, la capacidad calorífica durante este
intervalo será nula, pero el periodo de tiempo correspondiente será incluido en
la duración total del ensayo al obtener la variación media de temperatura del
fluido interior. El resultado neto si no se produce
desescarche es la potencia calorífica integrada durante el tiempo total del
ensayo. Si tiene lugar desescarche, el resultado neto es la potencia calorífica
integrada para el numero de ciclos completos durante el tiempo del ensayo. Un
ciclo completo consiste en un periodo de calentamiento y un periodo de
desescarche. El consumo de energía eléctrica del
equipo estará basado en el consumo de energía total durante el periodo completo
del ensayo. 13.5. Los resultados obtenidos en el
ensayo no serán corregidos para tener en cuenta las toleraciones admitidas en
las condiciones de ensayo. 13.6. Unicamente se realizaran
correcciones para tener en cuenta las desviaciones de la presión atmosférica
frente a la presión atmosférica normal. En este sentido, las potencias
térmicas serán incrementadas en un 0,8 por 100 por cada 3,5 kp por debajo de la
presión atmosférica normal, en las condiciones de ensayo. 13.7. La entalpia del aire se
corregirá para desviaciones de la temperatura de saturación y presión
atmosférica normal. 14. Nomenclatura a sección de la
tobera (m). Propuesta de normativa de ensayo
de equipos frigoríficos y bombas de calor condiciones de ensayo 1. Objeto. 2. Alcance. 3. Definiciones. 4. Realización de ensayo. 5. Condiciones de ensayo: 5.2 condiciones nominales de ensayo. 5.3 condiciones limites de
funcionamiento. Condiciones de ensayo 1. Objeto. 1.1. El
objeto de esta norma es establecer las condiciones de ensayo de los equipos
frigoríficos y bombas de calor contemplados en el apartado 2.1. 1.2. Esta
norma esta sujeta a revisión y mejora para incorporar los avances de la
técnica. 2. Alcance 2.1. Esta
norma se aplicara a los equipos frigoríficos y bombas de calor accionados
eléctricamente, que utilicen el ciclo de compresión mecánica. 2.2.
Estos equipos se utilizaran en los sistemas de climatización, en la producción
de agua caliente sanitaria y en procesos industriales de calentamiento. 3. Definiciones. 3.1. Aire
standard: aire con una densidad de 1,20 kilogramos por metro cubico a una
temperatura seca de 21 a y una presión de 101 kpa. 3.2.
Bomba de calor: maquina térmica que permite transferir calor de una fuente fría
a otra mas caliente. 3.3.
Coeficiente de eficiencia energética lado evaporador (CEE): cociente entre la
potencia frigorífica total captada por un fluido en el evaporador del equipo
frigorífico y la potencia total absorbida, de tipo convencional, para unas
determinadas condiciones de funcionamiento. 3.4.
Coeficiente de eficiencia energética lado condensador (CEE): cociente entre la
potencia frigorífica total captada por un fluido en el condensador de una bomba
de calor y la potencia total absorbida, de tipo convencional, para unas
determinadas condiciones de funcionamiento. 3.5.
Condiciones nominales de ensayo: condiciones de ensayo utilizadas como base de
comparación del comportamiento de los equipos. 3.6.
Condiciones limites de ensayo: condiciones de ensayo, diferentes a las
condiciones nominales, utilizadas para verificar el comportamiento de los
equipos en condiciones extremas. 3.7. Equipo
frigorífico: maquina que permite transferir calor de una fuente fría a otra mas
caliente. 4. Realización de ensayo 4.1. El
ensayo del equipo se realizara en las condiciones definidas en el apartado 5,
de acuerdo con la norma <métodos generales de ensayo de equipos frigoríficos
y bombas de calor>. 4.2. El
ensayo se efectuara a la tensión nominal del equipo y a una frecuencia de 50
hz. Si el equipo tiene mas de una tensión nominal, se ensayara a la tensión que
fije el fabricante. 4.3.
Todos los caudales de aire se expresaran en l/s de aire standard. 4.4. Las
potencias frigorífica y calorífica del equipo serán valores netos, incluyendo
el efecto del posible ventilador o bomba de circulación interior, o no el
aporte de energía auxiliar. 4.5. En
equipos que posean bomba de circulación en la sección interior y/o sección
exterior, no se contabilizara el consumo de energía de las mismas en el consumo
total de energía del equipo. 4.6. Las
potencias frigorífica y calorífica se expresaran de acuerdo con la norma une 86-602. 4.7. Los
valores de los diferentes rendimientos calculados (CEE y CEE), se expresaran de
acuerdo con la norma une 86-602. 5. Condiciones de ensayo 5.1. Descripción general: 5.1.1. El equipo se someterá a las
condiciones de ensayo indicadas en las tablas 2 y 3, según la naturaleza del
equipo a ensayar. 5.1.2. Se cuantificaran las
prestaciones del equipo en las condiciones nominales de ensayo, y se comprobara
el comportamiento del mismo en las condiciones limites de funcionamiento. 5.1.3. La temperatura seca del aire
que rodea el equipo durante el ensayo será la del aire a la entrada de la
sección correspondiente de acuerdo con las instrucciones de instalación del
equipo de la norma <métodos generales de ensayo de equipos frigoríficos y
bombas de calor>. Si en una sección se utiliza agua como fluido de trabajo,
la temperatura seca del aire que rodea al equipo se tomara igual a 25 c. 5.2. Condiciones nominales de
ensayo: 5.2.1. Incluye las condiciones de
ensayo siguiente: Condiciones nominales en frío. Condiciones nominales en
calefacción. Condiciones nominales a carga
parcial, de acuerdo con los valores reflejados en la tabla 2. 5.2.2. Los equipos frigoríficos que
utilicen agua en la sección exterior se ensayaran bajo condiciones de alta o
baja temperatura exterior, según indicaciones del fabricante. 5.2.3. Los equipos frigoríficos con
recuperación de calor se ensayaran en condiciones de alta, media o baja
temperatura exterior, según indicaciones del fabricante. 5.2.4. Los equipos de bomba de calor
que utilicen agua en la sección interior se clasificaran en cinco categorías
(clase i, II, a, b o c). Cada categoría se ensayara en las condiciones marcadas
en la tabla a cada equipo se le asignara la clase cuya temperatura nominal de
ensayo del agua a la salida del condensador este mas próxima al 85 por 100 de
la misma temperatura en condiciones máximas de funcionamiento en calefacción
(apartado 5.3.2). 5.2.5. En el ensayo a carga parcial
se probaran todas las parcializaciones que indique el fabricante, en las
condiciones correspondientes a las condiciones nominales de ensayo, excepto
aquellas que se hayan de modificar para que se produzca la parcialización
correspondiente. Se comprobara el grado de parcialización del equipo. 5.2.6. El caudal nominal de agua en
la sección exterior será fijado por las condiciones de ensayo del equipo en
frío. Si la bomba de calor no es reversible será fijado por el fabricante. 5.2.7. El caudal nominal de agua en
la sección interior será fijado por las condiciones de ensayo del equipo en
frío. Si la bomba de calor no es reversible será el correspondiente a una
diferencia de temperatura de cinco a en el condensador, a excepción de la bomba
de calor de clase i, que será fijado por el fabricante. 5.2.8. El caudal nominal de aire en
las secciones correspondientes será fijado por el fabricante. 5.2.9. Los caudales de aire se
referirán a la cantidad de aire que circula cuando el equipo esta enfriando y
deshumidificando bajo las condiciones nominales de ensayo. Si la bomba de calor
no es reversible, se referirán a las condiciones nominales de ensayo con alta
temperatura exterior. 5.2.10. En equipos que utilicen aire
en la sección interior y no estén acoplados a una distribución de conductos se
realizara el ensayo a una presión externa de 0 pa. Si el equipo esta preparado para
acoplarse a una red de conductos, deberá suministrar, al menos, la presión
estática disponible indicada en la tabla 1, cuando circula el caudal nominal de
ensayo. Si no se verifica la condición
anterior, se ensayara el equipo con el caudal de aire máximo que garantice la
presión estática disponible exigida. La presión estática disponible se
medirá instalando en el equipo los filtros, baterías de calentamiento y otros
elementos recomendados como opcionales y representara la presión estática
disponible para la red exterior de conductos. 5.2.11. Una vez establecidos los
caudales anteriores, se mantendrán constantes en todos los ensayos contemplados
en los apartados 5.2 y 5.3. Potencia frigorífica en equipos
reversibles y potencia calorífica para alta temperatura exterior, si no lo es. Tabla 1: presión estática
disponible mínima 5.3. Condiciones limites de
funcionamiento: 5.3.1. Incluye las condiciones de
ensayo siguientes: 5.3.2. Las condiciones máximas de
funcionamiento en calefacción para los equipos que utilicen agua en la sección
interior serán fijados por el fabricante y determinaran la clase a la que
pertenecerá la bomba de calor. 5.3.3. Durante el ensayo
correspondiente a las condiciones máximas de funcionamiento se comprobara, una
vez alcanzado el régimen permanente, que el equipo funciona sin interrupción
durante una hora. 5.3.4. Durante el ensayo en
condiciones mínimas de funcionamiento en frío se mantendrán las condiciones de
alta, media o baja temperatura exterior de la tabla 3, de acuerdo con la opción
elegida en los apartados 5.2.2 y 5.2.3. 5.3.5. Durante el ensayo
correspondiente a las condiciones mínimas de funcionamiento de los equipos que
utilicen aire se favorecerá la tendencia a la formación de escarcha o hielo en
la sección correspondiente, posicionando adecuadamente los controles y
compuertas sin contradecir las instrucciones de utilización del fabricante. El ensayo se realizara de una forma
continua durante no menos de cuatro horas, una vez alcanzadas las condiciones
de ensayo, comprobándose que el equipo funciona sin averías. El caudal de aire no será nunca
inferior al 75 por 100 del caudal nominal, siempre y cuando no este previsto
durante el periodo de desescarche una parada de ventilador de la sección
correspondiente. Se comprobara asimismo que durante
el ensayo y durante el periodo de desescarche, después de realizado el ensayo,
todo hielo o escarcha formado puede ser evacuado por el equipo por los medios
previstos para esta función. 5.3.6. Los ensayos correspondientes
a la comprobación de la eficiencia de aislamiento térmico y evacuación de
condensado se realizara únicamente para el equipo funcionando en frío. 5.3.7. Durante el ensayo
correspondiente a la comprobación de la eficiencia del aislamiento térmico se
favorecerá la formación de gotas en la carcasa del equipo, posicionando
adecuadamente los controles y compuertas sin contradecir las instrucciones de
utilización del fabricante. El ensayo se realizara de una forma
continua durante cuatro horas, una vez alcanzadas las condiciones de ensayo. Se comprobara que durante el ensayo
no se formara o goteara condensado de la superficie exterior de la carcasa del
equipo. 5.3.8. Durante el ensayo
correspondiente a la comprobación de la evacuación de condensado, se favorecerá
la formación del mismo, posicionando adecuadamente los controles y compuertas
sin contradecir las instrucciones de utilización del fabricante. El ensayo se realizara durante
cuatro horas, una vez alcanzadas las condiciones de ensayo y conseguido el
equilibrio del nivel de condensado. Previo a la realización del ensayo
se llenara la bandeja de condensado del equipo. Se comprobara que durante el ensayo
se evacua correctamente el condensado. |
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