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ORDEN DE 11 DE JULIO DE 1983 POR
LA QUE SE MODIFICAN LAS INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS MI BT 008 Y MI
BT 044 DEL REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSION Y SE DECLARAN DE
OBLIGADO CUMPLIMIENTO DIVERSAS NORMAS UNE RELATIVAS AL EMPLEO DE MATERIAL
ELECTRICO EN ATMOSFERAS POTENCIALMENTE EXPLOSIVAS Y AL ALUMBRADO DE EMERGENCIA. A fin de alinear la legislación
española con la normativa europea se considera necesario modificar la ITC MI BT
008, incluida en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Por otra parte, el progreso técnico
reflejado en el desarrollo de nuevas tecnologías, aconseja declarar de obligado
cumplimiento diversas normas UNE, a fin de incrementar el grado de seguridad de
los equipos eléctricos utilizados en atmósferas potencialmente explosivas. Con el mismo fin se considera
conveniente hacer de obligado cumplimiento otras normas UNE referentes a
alumbrado de emergencia. En su virtud, este Ministerio ha
tenido a bien disponer: Primero.- La instrucción MI BT 008, <Puesta a neutro
de masas en redes de distribución de energía eléctrica>, incluida en la
Orden de 31 de octubre de 1973, que aprobó las instrucciones técnicas
complementarias del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, quedará
redactada en la forma que se indica en el anexo I de esta Orden. Segundo.- Se declaran de obligado cumplimiento y, en
consecuencia, quedarán incorporadas a la instrucción MI BT 044 del Reglamento
Electrotécnico para Baja Tensión, las normas UNE que se relacionan en el anexo
II de esta disposición. Tercero.- El punto primero de esta
Orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el <Boletín
Oficial del Estado>. En cuanto al punto segundo, las
normas UNE 20-062-73 y 20 392 75, referentes al alumbrado de emergencia, serán
de obligado cumplimiento a partir de los seis meses de la publicación de esta
Orden en el <Boletín Oficial del Estado>, y el resto, a partir de un año
a contar desde igual fecha. Madrid, 11 de julio de 1983.-
S0LCHAGA CATALAN. ANEXO I MIE BT 008. puesta a neutro de masas
en redes de distribución para aplicación del esquema TN 1. ESQUEMAS DE DISTRIBUCION Para la determinación de las
características de las medidas de protección contra choques eléctricos en caso
de defecto (contactos indirectos) y contra sobreintensidades, así como de las
especificaciones de la aparamenta encargada de tales funciones, será preciso
tener en cuenta el esquema de distribución empleado. Los esquemas de distribución se
establecen en función de las conexiones a tierra de la red de distribución o de
la alimentación, por un lado, y de las masas de la instalación receptora, por
otro. La denominación se realiza con un
código de letras con el significado siguiente: Primera letra: Se refiere a la
situación de la alimentación con respecto a tierra. T = Conexión directa de un punto de
la alimentación a tierra. I = Aislamiento de todas las partes
activas de la alimentación con respecto a tierra o conexión de un punto a
tierra a través de una impedancia. Segunda letra: Se refiere a la
situación de las masas de la instalación receptora con respecto a tierra. T = Masas conectadas directamente a
tierra, independientemente de la eventual puesta a tierra de la alimentación. N = Masas conectadas directamente al
punto de la alimentación puesto a tierra. (En corriente alterna, este punto es
normalmente el punto neutro.) Otras letras (eventuales): Se
refieren a la situación relativa del conductor neutro y del conductor de
protección. S = Las funciones de neutro y de
protección, aseguradas por conductores separados. C = Las funciones de neutro y de
protección, combinadas en un solo conductor (conductor CPN). 1.1 Esquema TN. Los esquemas TN tienen un punto de
la alimentación, generalmente el neutro o compensador, conectado directamente a
tierra y las masas de la instalación receptora conectadas a dicho punto
mediante conductores de protección. Se distinguen tres tipos de esquemas TN,
según la disposición relativa del conductor neutro y del conductor de protección: - Esquema TN-S: En el que el
conductor neutro y el de protección son distintos en todo el esquema (fig. 1). Figura omitida. - Esquema TN-C: En el que las
funciones de neutro y protección están combinadas en un solo conductor en todo
el esquema (fig. 2). Figura omitida. - Esquema TN-C-S: En el que las
funciones de neutro y protección están combinadas en un solo conductor en una
parte del esquema (fig. 3). Figura omitida. En los esquemas TN cualquier
intensidad de defecto franco fase-masa es una intensidad de cortocircuito. El
bucle de defecto está constituido exclusivamente por elementos conductores
metálicos. 1.2 Esquema TT. El esquema TT tiene un punto de
alimentación, generalmente el neutro o compensador, conectado directamente a
tierra. Las masas de la instalación receptora están conectadas a una toma de
tierra separada de la toma de tierra de la alimentación (fig. 4). Figura omitida. En este esquema las intensidades de
defecto fase-masa o fase-tierra pueden tener valores inferiores a los de
cortocircuito, pero pueden ser suficientes para provocar la aparición de
tensiones peligrosas. En general, el bucle de defecto
incluye resistencia de paso a tierra en alguna parte del circuito de defecto,
lo que no excluye la posibilidad de conexiones eléctricas, voluntarias o no,
entre la zona de la toma de tierra, de las masas de la instalación y la de la
alimentación. Aunque ambas tomas de tierra no sean independientes, el esquema
sigue siendo un esquema TT si no se cumplen todas las condiciones del esquema
TN. Dicho de otra forma, no se tienen en cuenta las posibles conexiones entre
ambas zonas de toma de tierra para la determinación de las condiciones de
protección. 1.3 Esquema IT. El esquema IT no tiene ningún punto
de la alimentación conectado directamente a tierra. Las masas de la instalación
receptora están puestas directamente a tierra (fig. 5). Figura omitida. En este esquema la intensidad
resultante de un primer defecto fase-masa o fase-tierra, tiene un valor lo suficientemente
reducido como para no provocar la aparición de tensiones de contacto
peligrosas. La limitación del valor de la
intensidad resultante de un primer defecto fase-masa o fase-tierra se obtiene,
bien por la ausencia de conexión a tierra en la alimentación, o bien por la
inserción de una impedancia suficiente entre un punto de la alimentación
(generalmente el neutro) y tierra. A este efecto puede resultar necesario
limitar la extensión de la instalación para disminuir el efecto capacitivo de
los cables con respecto a tierra. En este tipo de esquema se
recomienda no distribuir el neutro. 1.4 Aplicación de los tres tipos
de esquemas. La elección de uno de los tres tipos
de esquemas debe hacerse en función de las características técnicas y
económicas de cada instalación. Sin embargo, hay que tener en cuenta los
siguientes principios: a) Las redes de distribución pública
de baja tensión tienen un punto puesto directamente a tierra por prescripción
reglamentaria. Este punto es el punto neutro de la red. El esquema posible para
instalaciones receptoras alimentadas directamente de una red de distribución
pública de baja tensión será el esquema TT. b) En instalaciones alimentadas en
baja tensión, a partir de un centro de transformación de abonado, se podrá elegir
cualquiera de los tres esquemas citados. c) No obstante lo dicho en a), puede
establecerse un esquema IT en parte o partes de una instalación alimentada
directamente de una red de distribución pública mediante el uso de
transformadores adecuados, en cuyo secundario y en la parte de la instalación
afectada se establezcan las disposiciones que para tal esquema se citan en el
apartado 1.3. 2. PRESCRIPCIONES ESPECIALES EN
LAS REDES DE DISTRIBUCION PARA LA APLICACION DEL ESOUEMA TN. Para que las masas de la instalación
receptora puedan estar conectadas a neutro como medida de protección contra
contactos indirectos, la red de alimentación debe cumplir las siguientes
prescripciones especiales: a) La sección del conductor neutro
debe, en todo su recorrido, ser igual a la indicada en la tabla siguiente, en
función de la sección de los conductores de fase. Sección de los conductores de fase
(mm2) * Sección nominal del conductor neutro (mm2) * * Redes aéreas * Redes subterráneas
* 16 * 16 * 16 * 25 * 25 * 16 * 35 * 35 * 16 * 50 * 50 * 25 * 70 * 50 * 35 * 95 * 50 * 50 * 120 * 70 * 70 * 150 * 70 * 70 * 185 * 95 * 95 * 240 * 120 * 120 * 300 * 150 * 150 * 400 * 185 * 185 * b) En las redes de distribución subterráneas,
cuando se utilicen conductores con envuelta protectora de aluminio, podrá
utilizarse ésta como conductor neutro, siempre que su sección sea por lo menos
eléctricamente equivalente a la sección de los conductores de fase. c) En las líneas aéreas, el
conductor neutro se tenderá con las mismas precauciones que los conductores de
fase. d) Además de las puestas a tierra de
los neutros señaladas en las Instrucciones Ml BT 003 y MI BT 006, para las
líneas principales y derivaciones serán puestos a tierra igualmente en los
extremos de éstas cuando la longitud de las mismas sea superior a 200 metros. e) La resistencia de tierra del
neutro no será superior a cinco ohmios en las proximidades de la central
generadora o del centro de transformación, así como en los 200 últimos metros
de cualquier derivación de la red. f) La resistencia global de tierra,
de todas las tomas de tierra del neutro, no será superior a dos ohmios. g) Debe procurarse en las redes
subterráneas la unión del conductor neutro en las cajas de empalme, terminales,
etc., con las canalizaciones metálicas de agua próximas al emplazamiento de
estas cajas y terminales. h) Las masas de las instalaciones
receptoras deberán conectarse al conductor neutro mediante conductores de
protección. ANEXO II Normas que se declaran de obligado
cumplimiento Número UNE * Fecha de aprobación *
Denominación * 20318 * Diciembre 1969. * Sistemas
de protección del material eléctrico utilizado en atmósferas que contengan
gases o vapores inflamables. Definiciones. * 20-319-78 * Enero 1978. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas. Envolventes con sobreposición interna. * 20-320-80 * Diciembre 1980. *
Material eléctrico para atmósferas explosivas. Construcción, verificación y
ensayos de las envolventes antideflagrantes de aparatos eléctricos. * 20321 * Marzo 1971. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas con protección por rellenado con aislante
pulverulento. * 20-323-78 * Abril 1978. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas. Marcas. * 20-325-77 * Enero 1977. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas. Método de ensayo para la determinación de
la temperatura de inflamación. * 20326 * Noviembre 1970. * Material
eléctrico sumergido en aceite para su utilización en atmósferas explosivas. * 20-327-77 * Marzo 1977. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas. Clasificación de las temperaturas
superficiales máximas. * 20328 * Febrero 1972. * Construcción
y ensayo de material eléctrico de seguridad aumentada. Protección e. * 20-329-75 * Julio 1975. * Material
eléctrico para atmósferas explosivas. Explosor para circuitos de seguridad
intrínseca. * 20-062-73 * Marzo 1973. * Aparatos
autónomos para alumbrado de emergencia. * 20-392-75 * Noviembre 1975. * Aparatos
autónomos para alumbrado de emergencia con lamparas de fluorescencia. * |
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