Resolución de 20 de noviembre de 2001, de la Secretaría
General Técnica, por la que se reconoce la marca "Q-LGAI" para
cementos a los efectos de la Instrucción de Hormigón Estructural.
BOE 298, de 13-12-01
La "Instrucción de Hormigón Estructural EHE"", aprobada por
Real Decreto 2661/1998, de 11 de diciembre, establece un conjunto de
especificaciones técnicas que deben cumplir los productos de construcción
incluidos en su ámbito.
Con carácter voluntario, dichos productos pueden ostentar distintivos de
calidad (marcas, sellos, etc.), que avalen la conformidad de los mismos respecto
a normas, disposiciones reguladoras o reglamentos particulares de los
correspondientes organismos emisores de los distintivos.
Por su parte, la EHE otorga unas consideraciones especiales a los productos de
construcción que posean distintivos cuando se asegure, por la posesión de los
mismos, el cumplimiento, por los correspondientes productos, de las
especificaciones obligatorias que se les exigen en la citada Instrucción y
dichos distintivos hayan sido reconocidos oficialmente.
A este respecto, en el
artículo 1.°, apartado 1.1, "Certificación y distintivos " de la referida
EHE, se establece por una parte, que un distintivo se reconocerá como tal
cuando esté reconocido oficialmente por un Centro directivo de las
Administraciones Públicas con competencias en el campo de la construcción y,
por otra, el procedimiento y requisitos que han de cumplirse para otorgar dicho
reconocimiento.
Asimismo, en la citada Instrucción se prescribe que la recepción de cemento en
las obras se realizará de conformidad con lo establecido en la vigente
Instrucción para la recepción de cementos, entendiéndose que los beneficios
que en ella se otorgan a los sellos o marcas de calidad oficialmente reconocidos
se refieren exclusivamente a los distintivos reconocidos en el sentido expuesto
en el párrafo anterior.
El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones
(LGAI), adscrito al
Departamento de Industria y Energía de la Generalitat de Catalunya, ha
solicitado el reconocimiento de la marca "QLGAIL para cementos a los
efectos de la Instrucción de Hormigón Estructural.
A tal fin, se requirió del
LGAI copia de los documentos que regulan la concesión de la citada marca, y
como consecuencia de ello se ha dispuesto de la siguiente documentación:
- Reglamento de Régimen Interior del Centro de Certificación del LGAI ICG020
(modificación 3, 17 de julio de 2001).
- Sistema Particular de Certificación de Producto General del LGAI SPG000
(modificación 1 de 2 de febrero de 2001).
- Sistema Particular de Certificación de Cemento SPC-009 (modificación 1 de 28
de junio de 2001).
- Relación de productos a los que se concede la marca Q-LGAI.
- Relación de Laboratorios verificadores.
- Relación de inspecciones y auditorías realizadas durante los años 2000 y
2001.
Analizado el contenido de la referida documentación, comprobado el cumplimiento
de los requisitos establecidos tanto en la EHE como en la Instrucción para la
Recepción de Cementos vigente, en relación con la solicitud formulada, y en
virtud de lo preceptuado en el apartado 1.1 del artículo 1.° de la Instrucción
de Hormigón Estructura, resuelvo:
1º. Reconocer que los cementos que posean la marca "QLGAIL cumplen las
especificaciones obligatorias que se les exige por la Instrucción de Hormigón
Estructural y por la Instrucción para la Recepción de Cementos vigente, por lo
que les podrán ser aplicadas las consideraciones especiales que se otorgan en
las citadas Instrucciones.
2º. El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones
(LGAI) deberá
comunicar a esta Secretaría General Técnica la relación de cementos que
posean la marca ""Q-LGAI"" en el plazo de quince días desde
la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y,
asimismo, cualquier variación que se produzca en dicha relación durante el período
de validez de este reconocimiento, en un plazo máximo de quince días.
3º. Este reconocimiento, que tiene un período de validez de dos años, está
condicionado al mantenimiento de las condiciones que lo motivan.
A tal efecto,
el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones deberá comunicar a esta
Secretaría General Técnica cualquier modificación que altere el contenido de
la documentación remitida relativa a la concesión dela marca QLGAI para
cementos, y, asimismo, deberá velar por el correcto uso de la marca.
4º. Publicar en el "Boletín Oficial del Estado" la presente
Resolución para general conocimiento, a los efectos de lo establecido en la
Instrucción de Hormigón Estructural y en la Instrucción para la Recepción de
Cementos vigente.
Madrid, 20 de Noviembre de 2001.
El Secretario general técnico,
Francisco Sanz Gandasegui.
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