Decreto 70/1997 , de 12 de junio, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid 1997-2005
BOCM 154, de 01-07-97

PREÁMBULO

La política de Gestión de los residuos sólidos urbanos generados en la Comunidad de Madrid se ha ido materializando, a raíz del Programa Coordinado de Actuaciones en materia de Residuos Sólidos Urbanos, elaborado en 1986, en importantes actuaciones en los últimos años.

Fruto de esta trayectoria es el Plan Autonómico de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid, elaborado para el período 1997-2005. A diferencia de las anteriores actuaciones, este Plan se centra en restar protagonismo a las Administraciones para cederlo a la población y contempla medidas encaminadas a modificar los hábitos de conducta a través de una intensa campaña de comunicación y mentalización.

La elaboración del mismo, con base en estos principios, ha constituido no sólo una labor de planificación de la gestión sino que ha supuesto igualmente una exhaustiva búsqueda de un consenso político y social.

En definitiva, se ha elaborado un Plan de Gestión encaminado a desarrollar un tratamiento integral de los residuos sólidos urbanos en la Comunidad de Madrid, con objetivos ambiciosos que abarcan todo el ciclo de la gestión de los mismos: un nuevo modelo de recogida selectiva en origen, una política de fomento de la reutilización y el reciclado de los residuos, la implantación del compostaje para los residuos orgánicos generados en los municipios madrileños..., todo ello bajo un enfoque prioritario dirigido hacia la prevención de la generación de residuos y hacia la mentalización e implicación de las demás Administraciones Públicas, los fabricantes, los comerciantes y los consumidores.

El Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid se dicta de acuerdo con la normativa vigente en materia de Residuos Sólidos Urbanos y en concreto con:

1. Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos.

2. Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de junio, por el que se modifica la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos.

3. Quinto Programa de Acción Medioambiental de la Unión Europea.

4. Decreto 9/1995, de 9 de febrero, por el que se aprueban las líneas básicas del sistema de gestión e infraestructuras de tratamiento de los residuos sólidos urbanos en la Comunidad de Madrid.

5. Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

Cumple, por tanto, ahora su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid una vez emitido dictamen por el Consejo de Medio Ambiente en su reunión de fecha 14 de mayo de 1997.

Por todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 50.2 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 11.2 de la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre Desechos y Residuos Sólidos Urbanos modificada por el Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de junio, a propuesta del excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, en virtud de las competencias que se le atribuyen por el Decreto 33/1996, de 21 de marzo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión de 12 de junio de 1997, dispongo:

Único

Aprobar el Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid 1997-2005, tal y como se recoge en el Anexo del presente Decreto al que se incorpora.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se faculta al Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 
Quiénes somos     Aviso Legal      Política de Privacidad    Publicidad
Pregunta a Miliarium      Boletín Informativo
(c) 2001, 2004 Miliarium Aureum, S.L.