Resolución de 28 de octubre de 1998
, por la que se
acuerda hacer pública la adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos
Urbanos de Galicia
DOG 225, de 19-11-98;
C.e. DOG 245 y 246 de 21 y 22 de diciembre de 1998)
PREÁMBULO
Hacer pública la adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos
Urbanos de Galicia con objeto de garantizar su conocimiento a los ciudadanos y
por las administraciones implicadas.
El Consello de la Xunta de Galicia aprobó
en fecha 24 de septiembre de 1998 la adaptación del Plan de Gestión de
Residuos Sólidos Urbanos de Galicia conforme a lo dispuesto en el artículo
20.4.º de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de
Galicia (Diario Oficial de Galicia n.º 168, del 2 de septiembre
de 1997).
El artículo 20, apartado 5 de la citada Ley 10/1997 establece que una vez
aprobado el plan, la Consellería competente en materia de residuos lo hará
público y procederá a su difusión para garantizar su conocimiento a los
ciudadanos y a las administraciones implicadas.
En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto
482/1997, de 26 de diciembre, que establece la estructura orgánica de la
Consellería de Medio Ambiente y por la Orden de 12 de enero de 1998 del
Conselleiro de Medio Ambiente sobre delegación en el Secretario general de la
Consellería resuelvo:
ADAPTACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE
GALICIA
1. Antecedentes
Con fecha 16 de enero de 1992 el Consello de la Xunta de Galicia aprobó el
proyecto de gestión de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de Galicia, elaborado
por la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, en el que
se analizaba la problemática de los RSU en nuestra comunidad y se diseñaba un
plan para resolverla.
En el tiempo transcurrido desde entonces han aparecido nuevos criterios en la
gestión de los residuos, derivados fundamentalmente de las recientes directivas
de la Unión Europea, que hicieron necesario proceder a una revisión del
proyecto de 1992 y establecer un Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos
en el que se recogieran, adaptándolos a la realidad de Galicia, los puntos
fundamentales de estas directivas, poniendo esencial hincapié en lo que se
refiere a extremar las precauciones en la protección del medio ambiente y a
aprovechar los recursos contenidos en los residuos. Este nuevo plan fue
informado favorablemente por el Consello Galego do Medio Ambiente en mayo de
1997. La publicación de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos
urbanos de Galicia y la normativa estatal sobre envases y residuos de envases
han hecho necesario la actualización del mismo, que es lo que se refleja en
este documento.
En todo caso, hay que establecer como punto de partida que, en un campo tan
complejo y tan sujeto a la innovación técnica como éste, ningún plan puede
elaborarse con criterios inamovibles, ya que su propia esencia lleva implícita
el que resulte necesaria su adaptación periódica tanto a las nuevas normas
legales, como a la problemática que su misma aplicación genera.
Por otra parte, la solución de los graves problemas que supone la inadecuada
gestión de los RSU en Galicia sólo se alcanzará a través de un amplio
consenso social que, partiendo de una información suficiente, implique a todos
los colectivos afectados en la búsqueda de las mejores soluciones.
Así pues, de sus funciones como instrumento de planificación y como
expresión de los criterios dados por las instituciones del Gobierno de Galicia
en este campo, el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos pretende ser el
marco a través del cual confluyan armoniosamente todas las administraciones
implicadas y todas las fuerzas sociales, todos los gallegos en suma, con el fin
de alcanzar una solución adecuada al problema de los RSU en nuestra comunidad.
2. Marco legal
El Plan de Gestión de RSU de Galicia se sustenta en la siguiente
legislación básica:
* Ley reguladora de las bases de régimen local 7/1985, que establece con
respecto a los RSU unos servicios mínimos que deben ser prestados por las
autoridades locales:
- En todos los municipios: recogida de RSU, limpieza viaria y autorización
de vertidos.
- En municipios mayores de 5.000 habitantes: tratamiento de RSU.
* Quinto Programa de Acción Medioambiental de la Unión Europea, donde se
establece el siguiente orden de prioridad en materia de gestión de residuos:
prevención, reutilización, reciclaje, valorización energética y vertido
controlado.
* Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases, donde quedan
fijados los principios de actuación de las administraciones públicas para
fomentar la prevención y reutilización de los residuos de envases y los
procedimientos para alcanzar los objetivos de reciclado y valorización
previstos en la correspondiente directiva europea. Para alcanzar los objetivos
fijados se establece un plazo hasta el 30 de junio del año 2001 para todo el
territorio nacional. Asimismo, se establecen objetivos intermedios a alcanzar
antes del 25 de abril del año 2000.
* Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia.
* Ley 5/1997, de Administración local de Galicia.
* Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, que
regula el régimen jurídico general y la gestión de los RSU en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, y contempla la redacción del
presente plan.
* Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, que regula el régimen legal de
los residuos.
* Real Decreto 772/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento
para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y
residuos de envases.
3. Características geográficas
3.1. Geografía humana
Galicia tiene 2.743.999 habitantes, lo que representa un 6,9% de la
población total española; por provincias, la población se distribuye de la
siguiente manera: A Coruña (1.110.302 hab.), Lugo (371.684 hab.), Ourense
(346.909 hab.) y Pontevedra (915.104 hab.). La organización territorial de
Galicia se estructura en 315 municipios.
La densidad de población gallega es de 92,8 habitantes/km2, concentrándose
principalmente en la costa, especialmente a lo largo del eje A Coruña-Santiago
de Compostela-Vigo.
Galicia presenta un modelo de asentamiento humano similar al de otras
regiones atlánticas de Europa Occidental, caracterizado por su elevada densidad
y atomización. El entramado de estos sistemas de asentamiento está formado por
una serie de elementos simples: aldeas, parroquias, pueblos, villas y ciudades,
que forman uno de los espacios más densamente urbanizados de la población
diseminada de Europa. Es significativo que de las 63.613 entidades singulares de
población existentes en España, 29.179 se concentren en Galicia. Es decir, en
el 5,9% del territorio español se ubica el 50% de dichas entidades, lo que
arroja una densidad de 1,5 núcleos por kilómetro cuadrado.
La distribución de las entidades de población gallegas en función del
número de habitantes es la siguiente:
............... N.º de entidades ...N.º de entidades.........N.º de
entidades
................ singulares .........singulares de más.....singulares de
menos
Provincia.............................de 100 hab...............de 100 hab.
A Coruña.......10.242...............1.342.....................8.900
Lugo..............9.161..................276.....................8.885
Ourense..........3.688..................587......................3.101
Pontevedra.......6.088...............1.446......................4.639
Total Galicia:....29.179..............3.651.....................25.525
Fuente: Instituto Gallego de Estadística.
Nota: Imágenes suprimidas
3.2. Climatología y orografía
Galicia tiene un clima oceánico, y por lo tanto húmedo, aunque por su
latitud meridional es más bien cálido. Tiene un alto nivel de precipitaciones
alternado con períodos de sol que contribuyen a dibujar sus verdes paisajes con
abundantes bosques y ríos; como todos los de tipo oceánico, es extremadamente
variable debido a la situación geográfica de Galicia entre el Océano
Atlántico y la Meseta que, unida a su morfología, da como resultado una gran
diversidad climática.
En cuanto a las temperaturas se observa, de manera generalizada, un aumento
de las temperaturas medias a medida que avanzamos hacia el S y el SE al
contrario que las temperaturas, las precipitaciones descienden desde el NO en
dirección SE y aumentan en dirección N-S por la costa.
En su orografía se combinan viejas montañas y numerosos valles, con mucha
vegetación, que nutren su fuerte agricultura. Los residuos forestales de los
bosques gallegos, combinados con una elevada pluviosidad favorecen un suelo rico
en componentes orgánicos y de gran fertilidad.
4. Principios generales del plan
El Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia está sustentado
por unos principios básicos que constituyen el marco referencia obligado de
referencia para todas las actuaciones en esta materia que se vayan a llevar a
cabo en la comunidad.
En primer lugar, hay que señalar que este plan se fundamenta en un enfoque
integral de la gestión de los residuos sólidos urbanos.
Bajo este enfoque el plan se asienta en los siguientes principios generales:
- Integración.
- Eficacia.
- Eficiencia.
- Corresponsabilidad y coordinación de actuaciones.
Todos estos principios se orientan a la consecución de los siguientes fines
primordiales:
- Protección de la salud y mejora de la calidad de vida de las personas.
- Protección y mejora del medio ambiente.
Para ello se pretende dotar a los gestores de RSU de las herramientas de
intervención y control necesarios para garantizar una adecuada gestión; tales
como:
1. Utilización de la comarca como unidad geográfica básica, en la medida
de lo posible, en la constitución de las unidades territoriales de gestión (UTG)
del plan. Estas unidades territoriales de gestión se definirán en función de
la estructura comarcal de Galicia y de un nivel mínimo de producción de RSU,
permitiendo una racionalización de la gestión que cada ayuntamiento decida dar
a sus RSU, optimizando la localización de todos aquellos elementos del plan y
permitiendo una distribución eficiente de los
recursos destinados al desarrollo del mismo.
2. Respeto del paisaje y de los espacios naturales con especial atención a
los protegidos.
3. Promoción del desarrollo de tecnologías con menor consumo de materiales.
4. Fomento de uso y costumbres en la población tendentes a disminuir la
generación de residuos.
5. Desarrollo adecuado de los procesos de valoración de los residuos mejor
adaptados a la situación de la Comunidad Autónoma.
6. Fomento del control sobre el depósito de los residuos.
7. Promoción de los medios necesarios para implicar a los ciudadanos en los
procesos de gestión de residuos, así como consecución de una actitud de
colaboración por parte de los mismos.
Por tanto, se debe profundizar en un método que de forma integral, y
agrupando los distintos tipos de tratamiento de RSU, pueda dar una solución
total al problema.
Según la experiencia y estudios realizados en todo el mundo, dicha solución
consiste en aplicar lo que se conoce como un sistema integral de gestión de RSU.
Este sistema integral de gestión permite avanzar en aspectos fundamentales
para la mejora de las condiciones de tratamiento de los RSU, logrando una
reducción de los residuos producidos, un aumento de la reutilización, del
reciclaje y un tratamiento adecuado para lo no reciclable.
Fundamentalmente la vía hacia el crecimiento del reciclaje debe consistir en
la separación en origen de residuos limpios y en la recogida de dichos residuos
en contenedores separados.
Para ello, la labor del ciudadano es indispensable en esta primera fase ya
que las condiciones necesarias para los sistemas de selección en origen son:
primero, la voluntad de hacerlo así por parte de los productores de residuos y
segundo, el desarrollo e introducción de técnicas y soluciones económicamente
viables y ecológicamente necesarias para el almacenamiento, recogida,
transporte y tratamiento de las fracciones separadas de residuos.
El reciclado exige una separación clara de los distintos materiales
presentes en los residuos, pero si éstos han sido previamente introducidos en
una única bolsa de basura, las posibilidades técnicas de separar los
materiales (cribado, imanes,...) para luego reaprovecharlos son reducidas, ya
que debe recurrirse necesariamente a un trabajo de tipo manual, costoso y
limitado.
Por tanto, el éxito de esta fase del sistema integral de gestión depende,
en gran medida, de la colaboración del ciudadano.
En Galicia, conscientes de que la recogida y eliminación de los RSU es un
tema que debe ser abordado con absoluta prioridad, al afectar no sólo a los
grandes núcleos de población, sino a todas las ciudades, parroquias y aldeas
de nuestra comunidad, la Xunta de Galicia se suma a los sistemas en vigor en la
mayoría de los países desarrollados y pone en funcionamiento un sistema
integral de gestión de RSU, denominado Plan de Gestión de Residuos Sólidos
Urbanos de Galicia.
5. Objetivos del plan
El objetivo general del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de
Galicia es:
Conseguir que la gestión adecuada de los RSU mejore la calidad de vida de
los ciudadanos de Galicia.
En aplicación de los principios generales anteriormente expresados y del
objetivo general los objetivos instrumentales del Plan de Gestión de Residuos
Sólidos Urbanos de Galicia son:
1. Instaurar un sistema integrado de gestión de RSU.
2. Fomentar la prevención de la producción de RSU.
3. Promover la reducción en origen de los RSU.
4. Fomentar la reutilización y el reciclado, promoviendo la recogida
selectiva en toda la Comunidad.
5. Limitar el vertido controlado a aquellos no susceptibles de valorización.
6. Recuperar los espacios degradados por vertederos incontrolados.
7. Fomentar propuestas e iniciativas de gestión de los residuos, tanto
públicas como privadas, que permitan mejorar la intervención en algunas de las
etapas del ciclo.
8. Planificar y dotar suficientemente la infraestructura necesaria para
desarrollar el modelo de gestión propuesto.
9. Desarrollar el marco jurídico en la Comunidad Autónoma de manera que se
garantice el respaldo legal necesario al propio plan.
10. Configurar la organización administrativa de forma que la aplicación
del plan se realice de la manera más eficaz posible.
11. Establecer las acciones de información, educación y participación
oportunas para fomentar las prácticas y comportamientos compatibles con el plan
y beneficiosos con el medio.
6. Estado actual de la gestión de los RSU en Galicia
La situación actual de la gestión de los RSU en Galicia es la siguiente:
- La cobertura del servicio es precaria en la mayoría de los municipios
rurales y en las áreas rurales de los municipios urbanos.
- Aunque la Xunta de Galicia ha venido realizando durante estos últimos
años un importante esfuerzo en la dotación de contenedores y camiones
compactadores a los municipios, todavía se presenta una parte de los residuos
en recipientes abiertos y bolsas de plástico o se transporta en vehículos no
específicos para este cometido.
- La recogida en lugares con afluencia estacional de productores de residuos
(campings, playas y áreas turísticas en general, ferias y mercados, fiestas,
romerías y acontecimientos deportivos) no está debidamente organizada en la
mayoría de los casos.
- No existe más sistema de eliminación que el vertedero. Con excepción del
de Santiago de Compostela y el depósito temporal que la Sociedad Gallega del
Medio Ambiente tenga en el ayuntamiento de Cerceda, el resto de los vertederos
municipales carece de procedimientos adecuados de gestión. La mayoría de ellos
no tienen cerramiento ni sistemas de control de accesos, no cubren ni compactan
los vertidos, no tienen sistemas de drenaje, no tratan los lixiviados, ni tienen
sistemas de recogida de gases. La principal precaución adoptada es la de
alejarlos, en la medida de lo posible, de los núcleos de población.
- No suelen existir ordenanzas municipales sobre recogida y eliminación de
RSU. En los casos que existen, se reducen a ordenanzas fiscales, con unas tasas
muy bajas que gravan fuertemente a las haciendas locales, al no repercutirse
sobre los usuarios el coste total del servicio.
- El balance económico de la gestión suele ser deficitario en la mayoría
de los municipios. Los costes son elevados en relación con la baja calidad y la
escasa cobertura del servicio y en muchas ocasiones, no se repercuten a los
productores de los residuos.
- Se da una dispersión de la población y como consecuencia de ello una
mayor dificultad a la hora del diseño de la recogida de los RSU.
- Existen problemas, dificultades para encontrar ubicaciones adecuadas para
nuevas instalaciones de este tipo.
- Se genera un elevado caudal de lixiviados debido al alto índice de
pluviometría.
- Existen 201 vertederos, a los que los ayuntamientos envían actualmente sus
residuos, que se reparten por el territorio de la Comunidad Autónoma. Además
hay 292 puntos de vertido, entre los que se encuentran parte de los anteriores
vertederos, que están catalogados con contaminación industrial.
.................Ayuntamientos que envían sus
Provincia...........residuos a vertedero..........Vertederos
A Coruña...................62........................... 64
Lugo........................ 83...........................57
Ourense.....................25...........................26
Pontevedra................. 49...........................54
Total........................219..........................201
Fuente: Estimación propia.
La situación recogida en los primeros puntos del apartado anterior se
traduce en un grave deterioro del medio ambiente gallego.
Este grave deterioro es aún más importante, al estar afectando a los
mayores componentes del patrimonio de Galicia, como son el paisaje y la
naturaleza.
Tanto los vertederos municipales como otros vertederos, controlados o
incontrolados, alteran un porcentaje muy considerable de nuestro entorno más
inmediato y desvirtúan la armonía visual de nuestra naturaleza. La situación
de permanente ignición de los mismos produce emisiones no deseadas y es el
origen de numerosos incendios.
Parece, pues, necesario concienciar al pueblo gallego de que la situación
actual no es sostenible, que las consecuencias de una incorrecta gestión van a
afectar por un largo plazo nuestro medio ambiente y que es urgente poner los
medios para comenzar a invertir esta situación.
A ello es a lo que aspira fundamentalmente el Plan de Gestión de Residuos
Sólidos Urbanos de Galicia, estableciendo las medidas necesarias para
solucionar la situación planteada, teniendo en cuenta el nuevo marco
legislativo que se está desarrollando en la actualidad.
En los siguientes apartados se irán detallando los pasos que se proponen
para conseguirlo.
6.1. Producción de RSU
El crecimiento constante en la producción de RSU en Galicia es debido
fundamentalmente al aumento del nivel de vida y a la variación en los hábitos
de consumo.
La acusada dispersión de la población gallega, junto con la inexistencia de
una recogida sistemática que abarque todo el territorio y la carencia, en
general, de controles periódicos de pesaje de los RSU recogidos, dificultan una
exacta evaluación de los residuos generados y tratados en Galicia.
En 1996 la Xunta de Galicia llevó a cabo una encuesta para la obtención de
datos de generación RSU en cada municipio. Según este estudio, la
distribución de RSU por provincias quedaría reflejada así:
Provincia.......Ton/día.......Ton/año
A Coruña........915,36......334.108,61
Lugo.............280,07......102.227,29
Ourense.........307,56.......112.259,46
Pontevedra......716,92......261.679,24
Total............2.219,91.....810,274,60
Fuente: estimación propia
Los datos de producción expresados están calculados sobre la base de una
recogida diaria durante 300 días al año, que es la hipótesis que mejor se
adapta globalmente a los diversos sistemas existentes en nuestra comunidad.
Estos datos suponen, por tanto, un total de 800.000 toneladas anuales de RSU
en números redondos, que para una población de 2.800.000 habitantes,
representa 0,28 toneladas/hab. año y, aproximadamente, 0,9 kg/hab. día de
media.
Nota: Imagen suprimida
Los estudios estadísticos de las fluctuaciones de los factores de tipo
social que afectan a la generación de RSU como son el crecimiento de la
población, el incremento del nivel de vida, y los actuales y futuros planes de
desarrollo de la comunidad, con la adopción de modo de vida urbano, hacen
prever un progresivo incremento del índice de generación de residuos. Frente a
esto las campañas de concienciación del ciudadano y lo cumplimentado de la
normativa sobre la reducción en orden, pueden disminuir su generación, por lo
que se puede cifrar el incremento entre el 1% y el 2% anual.
En lo sucesivo, adoptaremos esta cifra de 800.000 toneladas como la de los
residuos generados en 1998, no sólo porque resulta razonablemente exacta, sino
también porque facilita, con la simplicidad de las cifras redondas, la
divulgación entre los ciudadanos del primer dato de un problema que es
necesario resolver con la colaboración de todos.
6.2. Composición de los RSU
Tan importante como el volumen total de los RSU producidos es la composición
media de los mismos, sobre todo en relación a la valoración y reciclaje de la
mayor parte posible de los mismos.
La dispersión de la población, sus diferentes sistemas de vida y la
heterogeneidad de los procedimientos de recogida hacen que los datos expresados
tengan un valor indicativo, pero resultan indispensables para orientar aspectos
tan fundamentales en todo plan de gestión como son:
- La recogida selectiva.
- La reducción de la producción.
- Los límites reales de la valoración y el reciclaje.
La clasificación de los residuos producidos en Galicia definido de acuerdo
con el artículo 4 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos
urbanos de Galicia, así como el artículo 3.b) de la Ley 10/1998, de 21 de
abril, de residuos, se incluye en el anexo IV.
Los RSU están compuestos fundamentalmente por residuos de comida, papel,
cartón y plásticos de todo tipo, textiles, goma, cuero, madera, residuos de
jardín, vidrio, cerámica, latas, aluminio, metales férreos, productos
cosméticos y de limpieza, polvo y desechos de las tasas del hogar y otros en
menor cuantía.
El papel encontrado en los RSU está compuesto de periódicos, libros y
revistas, impresos comerciales, papel de oficina, cartón, embalajes, otros,
como pañuelos y toallas de este material, etc., pudiendo seguir el listado
hasta 40 clasificaciones.
En cuanto a los materiales plásticos encontrados en los RSU se sitúan
dentro de las siguientes categorías: polietileno tereftalato (PET), utilizado
para botellas de refrescos carbónicos o recipientes para comidas; polietileno
alta densidad (PE-HD), botellas de leche, de detergente o bolsas laminadas;
policloruro de vinilo (PVC), recipientes domésticos y tuberías; polietileno
baja densidad (PE-LD), envases de películas y envoltorios; polipropileno (PP),
cajas para botellas, maletas, etiquetas; poliestireno (PS), vasos y platos;
otros materiales plásticos laminados.
Los factores principales de los que depende la variabilidad de la
composición de los residuos son:
- Población: en general la producción de RSU es mayor en zonas urbanas con
nivel de vida alto. Igualmente el nivel de vida hace que se incremente la
proporción de determinados componentes (vidrio, plástico, papel) y que
disminuyan otros (materia orgánica). Para el presente plan estableceremos los
siguientes ratios de generación de RSU para los distintos niveles de
población:
Ratios de producción de RSU
Municipios con PF total en núcleos > 50.000 hab.: 1,1 kg/hab. día
Municipios con PF total en núcleos > 10.000 < 50.000 hab.: 0,8 kg/hab.
día
Municipios con PF total en núcleos < 10.000 hab.: 0,7 kg/hab. día
Población dispersa: 0,5 kg/hab. día
Fuente: estimación propia.
- Estacionalidad: representada por una cierta variación en los hábitos de
consumo y sobre todo, por desplazamientos de la población.
- Clima: factor que condiciona tanto los hábitos de consumo, como la propia
composición de los residuos por efecto de las variaciones en pluviosidad y
temperatura.
No obstante, los RSU, aunque tienen una variación de composición en
función de los factores indicados, constituyen un material relativamente
uniforme y relativamente bien conocido para cuyo tratamiento se han podido
definir unas técnicas que consideran el residuo como una suma de componentes
susceptibles de aprovechamiento.
Se recoge a continuación un cuadro referente a la composición media de los
RSU en Galicia.
Composición de RSU año 1997 e invierno 1998 (%)
.............Invierno...Primavera ...Verano ..Otoño ...Invierno
Elemento..96/97..........97 ...........97 .......97 .......97/98
Metales ...3,19 ..........3,0..........3,67.......3,79......3,67
Vidrio........6,39...........6,3.........9,42........4,30......5,06
Plástico....11,51..........11,7........8,28.......12,06....11,59
Papel.......21,11.........21,19......23,60......17,34....14,55
Orgánicos.18,55........18,64......21,17......29,64....21,81
Otros........3,19...........3,15........1,77........7,13.....8,33
Humedad...36,02......36,02......32,16......25,71....34,49
Fuente: estimación propia.
Nota: imágenes suprimidas
7. Entidades gestoras de RSU en la Comunidad Autónoma de Galicia
Las operaciones del proceso de gestión de los RSU que recoge el presente
Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia podrán ser llevadas a
cabo por las siguientes entidades gestoras:
- Directamente por la Xunta de Galicia, a través de la Consellería
competente.
- Directamente por los ayuntamientos o mancomunidades.
- Consorcios constituidos entre ayuntamientos o entre la Xunta de Galicia y
las administraciones locales.
- La Sociedad Gallega del Medio Ambiente.
- Los ayuntamientos, en las fases de gestión que les están atribuidas por
precepto legal, o por las diputaciones en caso de subrogación de los mismos.
- Otras entidades previstas por la normativa vigente.
8. Función de las entidades gestoras dentro del plan
8.1. Función de los ayuntamientos y mancomunidades en el Plan de Gestión de
Residuos Sólidos Urbanos de Galicia
1. Los ayuntamientos, por sí mismos, o asociados, de acuerdo con lo
señalado en los artículos 25 y 26 de la Ley de bases de régimen local, o en
su caso, por el artículo 20 de la Ley 10/1998, de residuos, y por ser más
estricto por lo considerado en el artículo 26 de la Ley 10/1997, tendrán a su
cargo las fases iniciales del proceso de gestión de los RSU, ostentando por
tanto la condición de primer gestor y realizando operaciones de recogida,
transporte y valorización de los residuos.
2. Cada ayuntamiento establecerá, de acuerdo con el Plan de Residuos
Sólidos Urbanos de Galicia, un Plan Municipal de recogida de RSU en el que,
tras analizar el volumen y la naturaleza de los residuos producidos, se fijarán
los circuitos de recogida, los lugares de ubicación de los contenedores, los
equipos e instalaciones necesarias y el resto de los datos relativos a la
adecuada organización del servicio.
Cualquier sistema de tratamiento de residuos urbanos y asimilables,
reciclaje, valoración y eliminación de residuos que no estén en
funcionamiento en el momento de la aprobación por el Consello de la Xunta de
Galicia de este plan, o modificación de uno previamente existente, y que un
municipio desee poner en marcha para su autorización (de acuerdo con la
normativa vigente), deberá seguir los trámites indicados en el capítulo 9,
plan de actuaciones.
3. El plan municipal implantará la recogida selectiva como fase fundamental
para la valorización de los residuos, actuando en función de las
características de éstos y de sus posibilidades de reutilización o reciclaje.
Para la eliminación de los residuos que no admitan ningún tipo de proceso de
reciclaje o reutilización, deberán seguir el siguiente orden de prioridad:
valorización energética, otras valorizaciones, incineración sin recuperación
de energía, vertido controlado.
4. Corresponderá asimismo a los ayuntamientos que elijan gestionar sus
residuos a través del sistema definido en la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de
residuos sólidos urbanos de Galicia, a través de la empresa pública Sociedad
Gallega del Medio Ambiente, S. A., el transporte de los residuos hasta las
estaciones de transferencia, a partir de las cuales será la Sociedad Gallega
del Medio Ambiente, S. A. la encargada de continuar con las operaciones del
proceso de gestión.
5. Los servicios de recogida, transporte y valorización podrán efectuarse a
través de cualquiera de las formas de prestación previstas en la legislación
de régimen local.
6. Los ayuntamientos adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar
que en las operaciones de gestión que tengan encomendadas se cumplan todos y
cada uno de los objetivos señalados en el apartado 5 del presente plan.
8.2. Función de las diputaciones en el Plan de Gestión RSU
1. Las diputaciones provinciales fomentarán la creación de consorcios con
los ayuntamientos para la más adecuada realización de las funciones que éstos
tienen encomendados en el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos e
incluirán estos servicios con carácter preferente en los planes provinciales
de cooperación, a fin de que puedan serles aplicadas las correspondientes
subvenciones, ayudas y asistencia técnica previstas en la legislación estatal,
al igual que los créditos que otorgan las instituciones oficiales de préstamos
para estos fines.
2. Las diputaciones provinciales apoyarán a los municipios en el
establecimiento y adecuada prestación de los servicios de recogida y transporte
de los residuos en los términos establecidos en la Ley de RSU 10/1997 y demás
normativas de aplicación. A estos efectos fomentarán la constitución de
mancomunidades de municipios orientadas a estos fines en aquellas zonas en que
resulte necesario para el desarrollo del plan de gestión.
8.3. Función de los consorcios en el Plan de Gestión de RSU
1. Los consorcios para la gestión de los residuos sólidos urbanos serán
entes de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar, y sus acuerdos obligarán a todos los miembros integrados en los mismos.
2. Será función primordial de los consorcios la realización de las
funciones de gestión de los RSU que el presente plan encomienda a los
ayuntamientos y, subsidiariamente, a las diputaciones provinciales.
3. Cada consorcio contará con un consejo de dirección en el que se
integrarán, en la proporción que se fije en los estatutos, representantes de
la Xunta de Galicia, de la diputación, de la Sociedad Gallega del Medio
Ambiente y de los ayuntamientos.
8.4. Función de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente en el Plan de
Gestión de RSU
1. Corresponderá a la Sociedad Gallega del Medio Ambiente la gestión de los
residuos sólidos urbanos de aquellos ayuntamientos que hayan decidido
integrarse en la opción presentada por esta empresa para la gestión de sus
RSU, a partir del momento en que son depositados en las estaciones de
transferencia o plantas de selección previstas en el plan de gestión, con las
consiguientes operaciones de transporte, almacenamiento, valorización,
tratamiento, comercialización y disposición deposición de los residuos.
2. La gestión de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S. A., se
realizará de forma que se garantice el cumplimiento de todos los objetivos
recogidos en el apartado correspondiente de este plan, para lo cual deberá
concertar sus acciones con las del gestor o gestores que intervengan en las
fases iniciales del proceso.
8.5. Funciones de los sistemas integrados de gestión
Conforme a las disposiciones de la Ley de envases y residuos de envases, la
Xunta de Galicia autorizará, a través del órgano competente, a los sistemas
integrados de gestión que se constituyan en virtud de acuerdos firmados entre
los diferentes agentes económicos, que aseguren la recogida periódica de
envases y residuos de envases.
Los integrantes de los sistemas integrados de gestión colocarán en sus
productos un símbolo acreditativo.
En los sistemas integrados de gestión los agentes económicos responsables
de la puesta en el mercado de los envases deberán financiar a las
administraciones locales el sobrecoste de la recogida y tratamiento específicos
de los envases. Dicha financiación se hará a través del acuerdo marco
suscrito entre la Xunta de Galicia y los sistemas integrados de gestión, siendo
la Xunta de Galicia la que reciba los fondos para su gestión, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 9, apartado 2 y 3, del Real Decreto 782/1998, de 30 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la
Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. Esta gestión
será realizada por la Xunta de Galicia, a través del sistema que considera
más oportuno, como un organismo público o empresa pública, o ella misma a
través de la Consellería de Medio Ambiente.
Estos sistemas de gestión permitirán una mayor recuperación de materiales,
que serán reutilizados y reciclados, dando lugar a la reducción del volumen
final de residuos destinados a otros tipos de valorización y eliminación.
8.6. Función de la Xunta de Galicia
1. Coordinación de las acciones necesarias para el logro de los objetivos de
la Ley 10/1997, de residuos sólidos urbanos de Galicia.
2. Planificación de las actuaciones mediante la elaboración, tramitación y
aprobación de los instrumentos previsto en este plan de gestión y en la Ley
10/1997.
3. Colaboración con las administraciones locales en todos aquellos aspectos
en los que esté prevista una actuación conjunta.
4. Fomento de todas las medidas que tiendan a:
a) Reducción de la producción de residuos.
b) A realizar una adecuada valorización.
c) Depósito controlado de los mismos, en su caso.
5. Concienciación de la población de la transcendencia del plan de
gestión, así como fomento de políticas de educación ambiental.
Y para todo lo anterior se crean las Unidades Territoriales de Gestión.
8.7. Funciones de las Unidades Territoriales de Gestión
A efectos de gestión de los RSU se dividirá el territorio de la Comunidad
Autónoma de Galicia en Unidades Territoriales de Gestión, las cuales se
definirán bajo el criterio de comarcalización:
1. Respetar, en la medida de lo posible, la delimitación geográfica de las
mancomunidades y los consorcios existentes y de nueva creación.
2. Reducir los costes de transporte.
3. Optimizar el tamaño del área de gestión, de forma que permita la
operación adecuada de las instalaciones de transferencia y de tratamiento.
Son funciones de los responsables de la UTG:
1. Dirigir y controlar las experiencias piloto previstas en este plan.
2. Cooperar con las otras entidades recogidas en el capítulo 7, en la
aplicación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia a todo
el ámbito territorial encomendado.
3. Llevar al día las estadísticas sobre la generación, tratamiento, y
destino de los RSU, así como de la evolución temporal de su composición.
4. Elaborar memorias anuales.
9. Plan de actuaciones
Las actuaciones para la gestión de RSU de la Comunidad Autónoma de Galicia
que se contemplan en este plan, se han desarrollado teniendo en cuenta los
siguientes aspectos:
- Las razones de su puesta en marcha.
- Los objetivos que se pretenden conseguir.
- Su programación en el tiempo.
- Las infraestructuras necesarias.
- Las inversiones requeridas.
La Unión Europea en el Quinto Programa de Acción Comunitaria en Medio
Ambiente (Resolución del Consejo de 17 de mayo de 1993, DO n.º 1 C 138), ya
apuntaba en esta línea al decir que:
«El objetivo general en materia de gestión de los RSU es el logro de una
explotación racional y sostenible de los recursos, a través de tres tipos
básicos de actuación:
- Prevención: reducir la producción de residuos.
- Reciclaje y reutilización: del papel, vidrio, plásticos y residuos
orgánicos y otros materiales susceptibles de ser tratados por compostaje.
- Eliminación: de los residuos no reciclables o reutilizables en el
siguiente orden de prioridad.
- Valorización energética.
- Incineración sin recuperación de energía.
- Vertido.»
Por tanto, se debe profundizar en un método que de forma integral y
agrupando los distintos tipos de tratamiento de RSU pueda dar una solución
total a este grave problema, es decir, un sistema integral de gestión de RSU
que:
- Comprenda la totalidad del territorio de Galicia.
- Integre todas las fases de tratamiento de los RSU: reducción,
reutilización, recogida selectiva y reciclaje, valoración energética,
prioritariamente además de cualquiera de las enumeradas en el anexo II.B de la
decisión de la Comisión (96/350/CEE) de 24 de mayo, de las fracciones no
reciclables, y eliminación de la fracción no reciclable y no valorizable.
Finalmente con recuperación de energía contempla actuaciones específicas para
la regeneración de espacios degradados que hayan sido objeto de vertidos.
- Represente una mejora medioambiental general para Galicia en temas claves
como aprovechamiento de recursos, paisaje, acuíferos y contaminación
atmosférica, reduciendo considerablemente los efectos negativos que sobre el
medio ambiente tiene la gestión tradicional de los RSU.
La Xunta de Galicia se suma a los sistemas en vigor en la mayoría de los
países desarrollados y lo propugna como tal sistema integral de gestión de
RSU, a través de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente y las instalaciones que
al efecto diseñe y construya, como oferta común de tratamiento para los
municipios que lo deseen, aunque siempre dentro del máximo respeto a la
autonomía municipal.
Por ello, los municipios que no deseen integrarse en el sistema de gestión
de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente que pueden poner en marcha otros
sistemas, siempre que sean compatibles con los principios establecidos en el
presente Plan de Gestión de RSU de Galicia, y estén incluidos en éste o en
las subsiguientes revisiones del plan.
Entre períodos de revisión del plan, aquellos municipios que deseen poner
en marcha sistema de gestión de residuos o modificaciones de los existentes,
que incluyan procedimientos e instalaciones de reciclaje, valorización y
eliminación deberán proceder como sigue:
Redacción de un plan municipal, si no lo tuvieran ya redactado, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 10/1997, de residuos de Galicia, y en la Ley
10/1998 de residuos, así como lo recogido en este Plan de Gestión de RSU de
Galicia.
Someterlo a revisión por la Xunta de Galicia, para comprobar que cumple lo
que dice en el artículo 26, apartados 2, 3, 5 y en el artículo 31, apartados
1, 2 de la Ley 10/1997, de residuos de Galicia.
Una vez comprobada la adecuación del plan municipal por la Xunta de Galicia
y antes de la puesta en marcha de los servicios e instalaciones en él
contemplados deberá acreditarse ante la Consellería de Medio Ambiente
(Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental) el cumplimiento de los
trámites previstos en los artículos 15 (construcción de instalaciones y
gestión de residuos), artículo 25 (protección ambiental del plan), y
artículo 32 (tarifas), con el fin de que ante lo previsto en la Ley 10/1997, de
residuos sólidos urbanos de Galicia y la Ley 10/1998, de residuos, opere como
si dichas instalaciones estuvieran incluidas y dichos sistemas de gestión
previstos en esta adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos
de Galicia.
9.1. Programas y actuaciones
El Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia se define con un
carácter dinámico e integral, en línea con las directrices del V Programa de
Acción Comunitaria en Materia de Medio Ambiente, y con los principios y
objetivos anteriormente planteados.
Además de las actuaciones genéricas, detalladas más adelante, destinadas a
asegurar el cumplimiento del presente plan y su correcta aplicación; el Plan de
Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia consta de los siguientes
programas específicos:
- Programa de reducción de la producción de RSU.
- Programa de reutilización de los RSU.
- Programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU.
- Programa de valorización de los RSU.
- Programa de regeneración de espacios degradados.
- Programa de gestión de pilas usadas.
Con el fin de unificar criterios, se entiende por reciclaje lo que la ley
gallega define como tal, no incluyendo por tanto el compostaje, que a los
efectos únicamente de este plan se considera valorización.
A continuación se exponen los contenidos, los objetivos y, por último, las
actuaciones previstas en cada uno de ellos.
9.1.1. Descripción de los programas
Programa de reducción de la producción de RSU
La reducción de la producción en origen de los RSU presenta evidentes
ventajas económicas y medioambientales.
Logrando reducir la cantidad de residuos producida se generarán importantes
ahorros, entre los que destacan:
- Ahorro de materias primas, muchas de ellas no renovables o de difícil
obtención.
- Ahorro de costes de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, ya
que al ser menor la cantidad de residuos, será menor la necesidad de recursos
materiales para su adecuado tratamiento.
- Ahorro total en el coste de gestión de los RSU, y por tanto en el canon de
tratamiento, lo que repercute, fundamentalmente en una reducción de coste para
el productor de los RSU.
En el presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia se
establece que el programa de reducción implicará acciones sobre los ciudadanos
en general y sobre los productores y distribuidores de bienes de consumo.
Este programa se establece para lograr una reducción en la cantidad de
residuos producidos en Galicia, para lo que es fundamental difundir entre los
ciudadanos y otros productores de RSU la cultura de la reducción.
Programa de reutilización de los RSU
A través de la reutilización de los materiales, logrando que puedan tener
más de un ciclo de uso se consigue que los materiales tengan una vida más
larga, retrasen el momento de dejar de ser utilizados, y por tanto tarden más
en convertirse en RSU.
El objetivo de que los productos sean reutilizados implica cubrir dos
funciones básicas:
- Lograr que los materiales y envases sean reutilizables y existan los
procedimientos adecuados para facilitar esa reutilización.
- La segunda es lograr que los propios ciudadanos colaboren reutilizando los
materiales aptos para ello.
El programa de reutilización de los RSU del Plan de Gestión de Residuos
Sólidos Urbanos de Galicia comprende, en consecuencia:
- El desarrollo normativo necesario para afianzar esa primera función.
- Las campañas de sensibilización ciudadana necesarias para la segunda
función, que implica a los ciudadanos gallegos.
Este programa tiene como herramientas para su realización los planes
empresariales de prevención, teniendo en cuenta, además, el articulado del
capítulo IV de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de
envases, sobre el sistema de depósito.
Programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU
Combinando una recogida selectiva ampliamente difundida y correctamente
planificada, y los adecuados sistemas de separación y tratamiento es posible
alcanzar cotas de reciclaje de materiales muy altas.
El programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU del Plan de Gestión de
Residuos Sólidos Urbanos de Galicia establece las medidas necesarias para
asegurar el máximo grado de recogida selectiva que a su vez contribuya a
obtener la cota máxima de reciclaje de materiales que puedan alcanzarse a
partir de los RSU de Galicia.
Para ello se procederá, en una primera fase, a la realización de una
experiencia piloto cuyos resultados y conclusiones permitirán afrontar, con
mejores garantías de éxito, un correcto desarrollo de la recogida selectiva en
todo el territorio de Galicia.
El programa de recogida selectiva y reciclaje establecerá definitivamente, a
partir de las conclusiones de esa experiencia piloto, los medios materiales
necesarios para que los ayuntamientos establezcan las medidas adecuadas que
aseguren la recogida selectiva de los RSU en su ámbito de actuación.
Tras esa recogida selectiva todos los ayuntamientos:
- Entregarán la fracción seca de los RSU en las instalaciones de selección
o en las estaciones de transferencia.
- Entregarán el vidrio, el papel y cartón, bien directamente a los sistemas
integrados de gestión de envases y residuos de envases (SIG) u otros
recicladores o los depositarán en las instalaciones de selección o en las
estaciones de transferencia, según se establezca en cada caso.
Programa de valorización de los RSU
Los materiales no reciclables por otros métodos pueden ser aprovechados
mediante su valorización, evitando así la necesidad de su eliminación o
vertido.
Para el aprovechamiento máximo de los RSU no reciclables de otro modo se
procederá a su valorización, bien energética a través de la Sociedad Gallega
del Medio Ambiente o bien por medio de otros sistemas de valorización que
puedan poner en marcha los propios municipios o mancomunidades.
Los ayuntamientos que optaran por el procedimiento común de la Sociedad
Gallega del Medio Ambiente, entregarán la fracción húmeda de los RSU en las
estaciones de transferencia.
Los ayuntamientos que optaran por otros planes de valorización local
procederán al tratamiento adecuado de esta fracción húmeda de los RSU a
través de los sistemas que se instaurarán en cada caso.
a) Opción de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente
En concreto, en el caso del sistema común de tratamiento que ofrece la
Sociedad Gallega del Medio Ambiente, se procederá a una valorización
energética a realizar en la planta termoeléctrica que se instalará dentro del
complejo ambiental de Cerceda.
b) Tratamientos locales de valorización
En el caso de los tratamientos locales de valorización aplicables en el
ámbito municipal o de mancomunidad, éstos podrán ser de cualquier tipo,
siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y respeten las prioridades de
tratamiento establecidas por la normativa comunitaria, española y gallega y del
presente plan de gestión. Estos programas deberán ser capaces de mantener un
coste adecuado y de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en
el presente plan.
Entre los tratamientos posibles por los que algunos municipios o
mancomunidades han optado está el compostaje, que es compatible con el resto de
programas establecidos en el presente plan.
En los casos en que se opte por programas locales de valorización, los
municipios o mancomunidades deberán instalar, de forma previa y compatible con
las correspondientes plantas de valorización, las adecuadas áreas o plantas de
recuperación propias, por las que deberán pasar los RSU antes de ser sometidos
a procesos de valorización, y siempre que cumplan las condiciones recogidas en
el capítulo 9.
Se pretende, de esta forma, que todo RSU producido en Galicia sea sometido a
los mismos pasos de tratamiento (separación en origen, recuperación,
valoración), independientemente de si es la Sociedad Gallega del Medio Ambiente
o el propio municipio o mancomunidad el encargado de su valorización o
tratamiento final.
En definitiva, todo RSU que se produzca en Galicia, una vez separado en
origen por los propios ciudadanos, o en destino en las plantas de recuperación
adecuadas, será sometido a un posterior reciclaje, valorización, con prioridad
la energética, compatible con la actual legislación medioambiental.
Se asegura así con en el presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos
Urbanos que todos los RSU producidos en Galicia se someten a todos los
tratamientos adecuados para su aprovechamiento máximo, lo que permitirá
alcanzar los objetivos marcados por el título 5 de la Ley 11/1997, de 24 de
abril, de envases y residuos de envases.
Programa de regeneración de espacios degradados
La situación actual de la gestión de los RSU, ya descrita, supone que
existan numerosos vertederos incontrolados y terrenos contaminados. Además
parte de estos vertederos tienen vertidos de residuos peligrosos (RP), que no
son tratados adecuadamente al no estar preparados estos vertederos para este
tipo de residuos.
De acuerdo con las líneas de acción comunitaria, en especial el Quinto
Programa de Acción Medioambiental de la Unión Europea, los vertederos deben
ser preferentemente sustituidos por otros sistemas de gestión integrales de los
RSU. En Galicia, irán desapareciendo de forma paulatina a medida que se pongan
en marcha los distintos programas del presente plan, y en especial los sistemas
de valorización, tanto la opción común planteada a través de la Sociedad
Gallega de Medio Ambiente como otros sistemas locales de valorización.
El programa de regeneración de espacios degradados:
- Detectará, clausurará y sellará los vertederos incontrolados que existan
en el territorio de Galicia.
- Mantendrá en las mejores condiciones posibles los vertederos que vayan a
seguir siendo empleados.
- Clausurará y sellará los vertederos que no vayan a seguir siendo
empleados.
En concreto, y dentro de este programa se procederá a la elaboración del
Plan General de Adecuación, Sellado y Clausura de Vertederos, que deberá estar
redactado en los primeros meses de 1999.
Este plan planteará las soluciones necesarias para la adecuación de todos
los vertederos existentes, a la normativa europea. Esta adecuación tendrá un
triple objetivo:
- Para los ayuntamientos que elijan la alternativa propuesta por la Sociedad
Gallega del Medio Ambiente, S. A. o cualquier otro sistema de valorización:
mantener, en las mejores condiciones ambientales, los vertederos actualmente en
uso, los cuales serán posteriormente clausurados y sellados.
- Para los ayuntamientos que opten por otras soluciones y necesiten realizar
un vertido controlado bien como solución parcial o como forma de eliminación
de los residuos: adecuar para su uso continuado aquellos vertederos o bien crear
otros nuevos. En todos los casos, los vertederos deberán cumplir la normativa
que con posterioridad se dicte sobre los mismos.
- Detección, sellado y clausura de vertederos incontrolados.
En el año 2000 está previsto el comienzo de la ejecución del Plan General
de Adecuación, Sellado y Clausura de Vertederos. Desde 1998 se comenzará el
programa de regeneración de espacios degradados, tal y como se indica en las
fases de actuación del presente plan.
A partir de la entrada en vigor del Plan de Gestión de Residuos Sólidos
Urbanos de Galicia, y los programas en él previstos, los vertederos actualmente
en funcionamiento requerirán para continuar con su explotación el cumplimiento
de la normativa medioambiental y la autorización por la Xunta de Galicia a
través de la Consellería de Medio Ambiente, de acuerdo con el artículo 15 de
la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, este
trámite será de obligado cumplimiento tanto para los vertederos actualmente en
funcionamiento como para los de nueva creación. Cualquier actuación de sellado
y clausura del vertedero requerirá una declaración de efectos ambientales si
el volumen del mismo es superior a 300.000 metros cúbicos y un dictamen
ambiental en otro caso.
Los gestores de los vertederos así como de cualquier otra instalación de
gestión de residuos, y demás actividades contempladas en la Ley 10/1997, de 22
de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, deberán inscribirse en el
registro general de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, adscrito a
la Consellería de Medio Ambiente, sea su actividad por autorización,
delegación o concesión de los entes locales, bien de forma individualizada por
éstos, o bien por mancomunidades o por consorcios de
los entes locales.
Programa de gestión de pilas usadas de origen doméstico
Para poder dar respuesta adecuada y viable a este tipo de residuos se
establecerá un sistema general de recogida de estos materiales por los propios
municipios, y se adecuarán los medios de transporte disponibles para optimizar
el sistema.
A pesar de que ciertos tipos de pilas no entran dentro de la categoría de
RSU, ya que son residuos peligrosos, el hecho de que su fuente habitual de
producción, los domicilios, sea la misma que la de los RSU ha sido determinante
para que su tratamiento se incluya en el marco del Plan de Gestión de Residuos
Sólidos Urbanos de Galicia. Para facilitar su tratamiento deberán ser
recogidas y tratadas de forma específica.
Por último, todas las pilas recogidas en este sistema serán debidamente
tratadas en la planta de tratamiento de pilas usadas, situadas en As Somozas.
9.1.2. Objetivos de los programas
A continuación se establecen los objetivos para cada uno de estos programas:
Programa de reducción de la producción de RSU:
Objetivos:
- Reducir la producción en origen de RSU.
- Alcanzar los objetivos de reducción definidos por la Ley 11/1997, de
envases y residuos de envases: antes del 30 de junio del año 2001 una
reducción del 10% del peso de la totalidad de los residuos de envases
generados.
Programa de reutilización de los RSU
Objetivos:
- Conseguir la reutilización de aquellos productos y materiales incluidos
dentro de los RSU que puedan tener más de un ciclo de uso.
- Fomentar la fabricación de materiales y envases reutilizables.
- Fomentar la creación de instalaciones para el depósito y gestión
adecuada de materiales y envases reutilizables.
Programa de recogida selectiva y reciclaje
Objetivos:
- Conseguir la implantación generalizada de sistemas de recogida selectiva
en el ámbito doméstico.
- Conseguir la implantación de sistemas de reciclaje a escala municipal
mediante la formalización de convenios entre los entes locales, los gestores de
RSU dedicados al reciclaje, los productores de envases y la Xunta de Galicia.
- Alcanzar lo más estricto de los siguientes objetivos de reciclaje: 1) Los
definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases; antes del 30 de
junio del año 2001 se reciclará el 25% como mínimo y el 45% como máximo, en
peso, de la totalidad de los materiales de envasados que formen parte de todos
los residuos de envase generados con un mínimo del 15% en peso de cada material
envasado; 2) Los definidos en la decisión de la Comisión Europea de fecha 7 de
mayo de 1998 sobre la concesión de una ayuda del Fondo de Cohesión al proyecto
de gestión de residuos sólidos urbanos de Galicia en España, que incluye los
siguientes para el reciclado, en % de cada material y con separación en origen.
- Para el año 2000 en vidrio el 20%, en plástico el 20%, en papel el 20% y
para el total de envases el 19%.
- Para el año 2001 el 27% en vidrio y papel, 25% en plástico, y para el
total de envases el 26%.
Programa de valorización
Objetivos:
- Recuperar mediante tratamientos físico-químicos y biológicos los
recursos aún existentes de los RSU que no han podido ser gestionados mediante
reutilización o reciclaje.
- Conseguir que todos los ayuntamientos de Galicia dispongan de un sistema de
valorización de los residuos, adecuado a sus necesidades e integrado dentro del
conjunto de programas que se desarrollen en los mismos.
- Alcanzar los objetivos de valorización definidos por la Ley 11/1997, de
envases y residuos de envases: antes del 30 de junio del año 2001 se
valorizará el 50% como mínimo y el 65% como máximo, en peso, de la totalidad
de los residuos de envases generados.
Programa de regeneración de espacios degradados
Objetivos:
- Detectar, sellar y clausurar los vertederos incontrolados existentes en
Galicia.
- Recuperar y acondicionar aquellos espacios que vayan a seguir siendo
empleados para el vertido controlado de residuos sólidos urbanos.
- Acondicionar, sellar y clausurar los vertederos que no vayan a ser
empleados a medida que los ayuntamientos opten por alguna de las alternativas de
valorización proyectadas para la gestión de los residuos.
Plan de gestión de pilas usadas
Objetivos:
- Implantar una recogida sistemática de las pilas usadas que se producen en
la Comunidad Autónoma.
- Tratar las pilas usadas mediante tecnologías que permitan la eliminación
de los riesgos potenciales para el medio.
Nota: imagen suprimida
9.1.3. Descripción de las actuaciones a realizar
Aplicación de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases.
Dentro del marco legal en el que se inscribe el presente plan, el artículo
17 de la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases indica que los planes de
gestión de residuos de las comunidades autónomas deberán contener
determinaciones específicas sobre la gestión de envases y residuos de envases.
Esta obligación ya aparece recogida en la Directiva 94/62/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y
residuos de envases, que en su artículo 14 exige que los planes de gestión de
residuos incluyan un capítulo específico sobre la gestión de envases y
residuos de envases. En cumplimiento de los antedichos preceptos se estructuran
las actuaciones a realizar en el plan, contemplando las diferentes actuaciones a
realizar en la gestión de envases y residuos de envases y extendiendo dichas
actuaciones al resto de residuos.
Se distinguen dos tipos de actuaciones diferentes a realizar en el plan;
aquellas que se aplican de forma genérica a todos los programas definidos y
aquellas otras cuyo objetivo es dar cobertura a las especificidades de cada uno
de los programas.
Actuaciones generales
Relativas al propio plan:
- Seguimiento del desarrollo de los programas.
- Revisión, al menos quinquenal, del plan.
Relativas a la gestión de los residuos:
- Cumplimiento de los objetivos de reducción, reciclaje y valorización
definidos por el artículo 5 de la Ley 11/1997.
- Puesta en marcha del Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos,
creado por el artículo 14 de la Ley 10/1997, de residuos sólidos urbanos de
Galicia.
- Inscripción de los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) definidos por la
Ley 11/1997, de envases y residuos de envases e inclusión de los mismos en el
Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos.
- Formalización de convenios con los SIG para coordinar su actuación con
los objetivos de este plan.
- Creación de las Unidades Territoriales de Gestión (UTG).
- Establecimiento de las medidas necesarias para que las fracciones tóxicas
o peligrosas, resultado de los procesos de gestión, sean tratadas o depositadas
en forma y lugar adecuados.
- Elaboración y actualización del Catálogo de Residuos de acuerdo con la
disposición adicional de la Ley 10/1997, de RSU de Galicia.
Relativas a los productores de envases:
Aprobación de los planes empresariales de prevención de residuos para
aquellos fabricantes que superen unas cotas definidas en su producción de
envases.
- Definición de objetivos y formalización de convenios dirigidos a los
productores de envases que no alcancen las cotas definidas anteriormente.
Relativas a los consumidores:
- Realización de estudios sociológicos sobre los hábitos de consumo en los
hogares gallegos con el fin de definir los puntos sobre los que se haya de
incidir en las campañas de sensibilización que se realizarán en cada uno de
los programas.
Actuaciones por programas.
Siguiendo el planteamiento explicado en el comienzo de este apartado sobre
descripción de actuaciones, se estructuran los diferentes programas que incluye
el plan contemplando de forma específica la gestión de envases y residuos de
envases, y ampliando dicho modelo de gestión, en cuanto a los principios que lo
ordenan de prevención, reutilización y reciclado al resto de los residuos
sólidos urbanos objeto de este plan.
Programa de reducción.
- Campaña de sensibilización dirigida a los consumidores.
- Campaña de reducción en la producción de residuos en los centros
oficiales dependientes de la Xunta de Galicia.
- Edición de manuales de comportamiento.
- Estudios sobre metodología y tecnologías.
- Acuerdos con empresas productoras.
- Diseño, dirección, supervisión y control.
Programa de reutilización.
- Campaña de sensibilización ciudadana para fomentar el consumo de envases
reutilizables.
- Desarrollo normativo para la fabricación, uso y formas de gestión de
envases reutilizables.
- Estudios sociológicos para conocer los comportamientos actuales y futuros
de los ciudadanos y para dirigir y, posteriormente, evaluar el impacto de las
acciones del programa.
- Edición de manuales de comportamiento.
- Estudios de metodologías y tecnologías.
- Acuerdos con comercios y grandes superficies, para acordar medidas
tendentes a la reutilización.
- Acuerdos con fabricantes, para acordar medidas tendentes a la
reutilización.
- Diseño, dirección, supervisión y control.
Programa de recogida selectiva y reciclaje:
- Realización de una experiencia piloto sobre clasificación domiciliaria de
los residuos en fracciones seca y húmeda, como punto de partida para la
aplicación de una estrategia de recogida selectiva domiciliaria. Como parte de
esta experiencia se realizarán las siguientes actividades:
* Estudios sociológicos para conocer los comportamientos actuales y futuros
de los ciudadanos y para dirigir y, posteriormente, evaluar el impacto de las
acciones del programa.
* Manuales de comportamiento.
* Estudios de metodologías y tecnologías.
* Acuerdos con los SIG.
* Acuerdos con otras entidades recicladoras.
* Diseño, dirección, supervisión y control de la prueba con recogida
práctica en un número determinado de ayuntamientos que supongan del orden del
10% de la población y contemplando el medio rural, semirrural, semiurbano y
urbano.
- Creación de puntos limpios (puntos centralizados para el depósito por
parte de los ciudadanos de aquellos residuos recogidos selectivamente para los
que sea necesaria una gestión específica, por su tamaño -residuos
voluminosos, o su composición, pilas, disolventes y otros materiales).
- Aplicación de resultados de la experiencia piloto.
- Construcción de una planta de clasificación en el complejo medioambiental
de Cerceda de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente.
- Construcción de plantas de clasificación por parte de los ayuntamientos
que gestionen la valorización de sus propios residuos.
- Compra de los medios materiales necesarios para la realización de recogida
selectiva y reciclaje por las entidades a las que corresponda.
- Construcción de otras plantas de clasificación en las zonas donde sean
necesarias según los resultados de la experiencia piloto.
Programas de valorización.
- Construcción por parte de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente de
estaciones de transferencia para la transferencia de los residuos recogidos por
los ayuntamientos. La ubicación de las estaciones de transferencia se
realizará sobre la base de los criterios que recogen en el anexo III.
- Construcción de una planta de recuperación.
- Construcción por parte de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente de una
planta termoeléctrica dentro del complejo medioambiental de Cerceda.
- Construcción de los sistemas alternativos de tratamiento por compostaje u
otras formas de valorización, por parte de aquellos ayuntamientos que no opten
por el sistema definido por la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S. A.
Programa de recuperación de espacios degradados.
- Elaboración del Plan general de adecuación, sellado y clausura de
vertederos, que deberá estar redactado en los primeros meses de 1999 para
solicitar los fondos europeos necesarios para su implantación.
- Ejecución del Plan general de adecuación, sellado y clausura de
vertederos.
- Proyecto y ejecución de las obras de descontaminación de vertederos
contaminados por RTP.
Programa de recogida de pilas usadas.
- Campaña de sensibilización ciudadana sobre la recogida y adecuado
depósito de las pilas usadas.
- Plan de ayudas a la recogida municipal de pilas usadas, aportando medios
materiales a los ayuntamientos para su recogida y aplicando un sistema de
subvenciones al transporte de las mismas a la planta de tratamiento, con
carácter temporal y porcentajes decrecientes hasta conseguir la consolidación
del sistema.
- Tratamiento en la planta de tratamiento de pilas usadas, situada en As
Somozas.
9.2. Fases de actuación
La ejecución de las diferentes fases del plan comenzará en el primer
trimestre del año 1998, extendiéndose hasta la primera revisión del mismo,
prevista para el año 2001.
El desarrollo temporal de las actuaciones será el siguiente:
Año 1998
- Redacción de la normativa que desarrolla el Registro de Gestores de
Residuos Sólidos Urbanos.
- Autorización de los Sistemas Integrales de Gestión (SIG) de envases en la
Comunidad Autónoma de Galicia.
- Ayuda a la dotación de medios materiales en el ámbito municipal para los
programas municipales de recogida selectiva y reciclaje.
- Comienzo del funcionamiento de la planta de tratamiento de pilas usadas de
As Somozas.
- Fomento de la recogida municipal de pilas usadas.
- Avance en la construcción de estaciones de transferencia y complejo
medioambiental de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente en Cerceda.
- Definición del pliego de condiciones para el concurso de asistencia
técnica para la redacción del plan general de adecuación, sellado y clausura
de vertederos.
- Selección de emplazamientos para actuaciones de recuperación de suelos
contaminados y elaboración de pliegos de condiciones técnicas.
- Definición de las actuaciones a realizar para la puesta en marcha de la
experiencia piloto sobre clasificación domiciliaria y recogida fraccionada de
los residuos domésticos. Estas actuaciones deberán incluir la selección de
puntos de aplicación de la experiencia piloto, la definición de los sistemas
de recogida y clasificación, la evaluación de los medios materiales
necesarios, la programación de las actuaciones y la redacción del pliego de
condiciones para el concurso de asistencia técnica para la realización de la
campaña.
- Realización de campañas de sensibilización para la colaboración
ciudadana en la recogida de pilas.
- Adjudicación del contrato de asistencia técnica para la realización de
la campaña de clasificación domiciliaria y recogida selectiva de residuos
domésticos.
- Acciones previas para la puesta en marcha de la experiencia piloto:
* Acuerdos con los ayuntamientos seleccionados.
* Formalización de acuerdos previos con los Sistemas Integrados de Gestión
(SIG), que incluyan los objetivos de reducción, valorización y reciclaje
definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases, que deberán ser
aplicados en la Comunidad Autónoma de forma extensiva a todo el territorio y
con los mismos valores que para todo el Estado.
* Realización de acuerdos marco entre los SIG y los Municipios que requieran
asistencia para la aplicación de dichos sistemas.
* Diseño de las plantas de clasificación necesarias para la realización de
la experiencia piloto.
- Aprobación de los planes empresariales de prevención de residuos para
aquellos productores de envases que generen cantidades anuales de los mismos
superiores a las tasas que en su día indique el reglamento de desarrollo de la
Ley 11/1997, de envases y residuos de envases.
- Contratación de la redacción del plan general de adecuación, sellado y
clausura de vertederos y proyectos tipo, y contratación de proyectos y obras de
recuperación de otros espacios degradados.
- Desarrollo de la normativa necesaria para el Fondo de Recuperación de
Espacios Degradados creado por el artículo 35 de la Ley 10/1997, de 22 de
agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia; pliegos de asistencia técnica.
- Puesta en marcha de la experiencia piloto de clasificación domiciliaria y
recogida selectiva de residuos domésticos, que incluirá:
* Definición y aplicación de las campañas de sensibilización ciudadana.
* Comienzo de la aplicación de los convenios suscritos con los Sistemas
Integrales de Gestión (SIG).
* Definición y aplicación del sistema de recogida y clasificación.
- Fondo de restauración de espacios degradados: preparación normativa.
- Elaboración de plan general de adecuación, sellado y clausura de
vertederos y redacción de proyectos tipo.
- Comienzo de la ejecución de obras de restauración de espacios degradados.
Año 1999
Primer semestre:
- Análisis de los resultados de la experiencia piloto de clasificación
domiciliaria y recogida selectiva de residuos domésticos, que incluirá:
* Definición de criterios y selección de emplazamientos para el
establecimiento de puntos limpios para la recogida selectiva de residuos.
* Puesta en marcha de campañas de sensibilización de los consumidores hacia
la reducción de residuos y la recogida selectiva.
* Revisión de los convenios suscritos con los SIG en función de las
conclusiones de la experiencia piloto.
- Aplicación de la experiencia piloto y puesta en marcha de forma extensiva
de la recogida selectiva a partir de sus resultados.
- Aplicación de los planes empresariales de prevención.
- Solicitud de fondos europeos para ejecución del Plan general de
adecuación, sellado y clausura de vertederos.
- Selección de emplazamientos para la segunda fase de recuperación de
espacios degradados.
- Formalización de acuerdos con productores no sujetos a planes
empresariales de prevención.
- Comienzo de la aplicación de los acuerdos suscritos.
- Establecimiento de puntos limpios para la recogida selectiva de residuos.
- Contratación de la segunda fase de recuperación de espacios degradados.
Segundo semestre:
- Comienzo de las campañas de sensibilización sobre el uso de envases
reutilizables.
- Elaboración de borradores de disposiciones normativas para el fomento de
la reutilización.
- Entrada en vigor de la segunda fase de recuperación de espacios
degradados.
Año 2000
Primer semestre:
- Inicio de la ejecución de plan general de adecuación, sellado y clausura
de vertederos.
- Selección de emplazamientos para la tercera fase de recuperación de
espacios degradados.
- Contratación de la tercera fase de recuperación de espacios degradados.
- Análisis del grado de cumplimiento de un reciclaje mínimo del 15% de los
envases producidos y definición de nuevas acciones.
- Entrada en funcionamiento del complejo medioambiental de la Sociedad
Gallega del Medio Ambiente.
Segundo semestre:
- Ejecución de la tercera fase de recuperación de espacios degradados.
- Finalización del apoyo económico a las campañas municipales de recogida
de pilas.
Año 2001
- Análisis del grado de cumplimiento de los objetivos finales de reducción,
valorización y reciclaje de envases y definición de nuevas acciones.
- Revisión del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.
10. Presupuesto de inversiones del plan
La estimación del presupuesto de inversiones que se presenta, que en
conjunto asciende a 49.378 millones de pesetas (IVA excluido), incluye los
distintos programas en que se articula el plan y establece las partidas que han
de tenerse en cuenta, tras aplicar en la evaluación de cada una de ellas, los
criterios que se exponen a continuación.
El presupuesto incluye los siguientes programas:
1. Programa de reducción de residuos.
2. Programa de reutilización de residuos.
3. Programa de recogida selectiva y reciclaje.
4. Programa de valorización de residuos.
5. Programa de recuperación de espacios degradados.
6. Programa de recogida de pilas usadas.
El presupuesto de cada uno de estos programas integra tres conjuntos de
actuaciones:
A. Acciones previas, tales como la realización de una experiencia piloto;
estudios sociométricos; manuales de comportamiento, o campañas de
sensibilización y educación ciudadana.
B. Acciones de mantenimiento y continuidad.
C. Inversiones derivadas de infraestructuras y servicios que han de ser el
soporte obligado del plan.
La inversión programada para llevar a cabo el plan propuesto ha sido
realizada aplicando los siguientes principios:
-El plan se realiza con el propósito de resolver el problema de los RSU en
todo el territorio de Galicia, teniendo en cuenta que la incorporación de los
municipios al mismo será paulatina.
- A pesar de ser los municipios los responsables de los residuos y sus
gestores, la eficacia del plan y el coste del mismo requieren que se supere el
ámbito municipal, con objeto de lograr una mayor operatividad en la gestión y
disminuir los gastos. Por lo tanto, ha de pensarse en una gestión consorciada y
en unas inversiones planificadas, no en función del número de ayuntamientos
que intervengan en cada caso, sino en el de habitantes de cada comarca y el de
los residuos que haya que tratar de la forma, más efectiva y más económica
posible.
- Por lo tanto, las inversiones necesarias para llevar a cabo las operaciones
programadas, incluso las que siguen siendo competencia de municipios y
consorcios, como son, por ejemplo, los camiones compactadores y los
contenedores, han sido calculadas de acuerdo con el volumen de residuos a
recoger en cada área, sin contemplar la necesidad de dotar a cada ayuntamiento
de un camión o de contenedores para el uso exclusivo de un municipio.
- Profundizando en este criterio, se ha hecho incidencia en la adquisición
de elementos que contribuyan a fomentar la unión entre los municipios, lo que
permitirá solucionar algunos de los problemas actualmente existentes, como es
el caso de los camiones lava contenedores o de los equipos dedicados
específicamente a la recogida selectiva.
- Se incluyen en el presupuesto global los costes derivados de los estudios
técnicos y sociológicos, así como las campañas de sensibilización ciudadana
que se consideran necesarias para lograr una mayor participación de la sociedad
gallega en la gestión de residuos, especialmente en lo que se refiere a la
reducción, reutilización y reciclaje de éstos.
Asimismo, se incluyen también las partidas correspondientes al diseño,
puesta en marcha y evaluación de un plan piloto de recogida selectiva, cuyos
resultados permitirán definir con mayor rigor la magnitud de las partidas de
inversión previstas en este plan y su distribución temporal.
Para efectuar el cálculo del presupuesto presentado, se han considerado los
siguientes parámetros y estimaciones:
- Se producen anualmente 800.000 toneladas de RSU en la Comunidad Gallega. El
plan actuará sobre la totalidad de las mismas.
- Las operaciones de recogida se realizan 300 días al año.
- Los procedimientos previstos en este plan pretenden alcanzar a medio plazo,
año 2001, la participación del 75% de la población en la recogida selectiva.
- Se ha calculado la inversión global de cada concepto, con independencia de
que en muchos casos los gastos sean escalonados y dependientes unos de otros. Se
pretende, como se ha señalado anteriormente, tanto estimar una cifra global con
la mayor exactitud posible, como sentar criterios y fijar conceptos de gasto
para que los conozca la sociedad gallega, protagonista e interlocutora en
última instancia del plan.
El contenido y valoración de cada uno de los programas considerados es el
siguiente:
10.1. Programa de reducción
Incluye las inversiones derivadas de las campañas de sensibilización
ciudadana y de la elaboración y difusión de manuales de comportamiento; los
gastos correspondientes a la realización de estudios sociológicos y de
metodologías y tecnologías, así como los que se derivan de los acuerdos
previstos con las empresas manufacturadoras. El conjunto de inversiones
contempladas hasta el año 2001 asciende a 371 millones de pesetas, de los que
39 corresponden al año 1998 (ambos casos IVA excluido).
10.2. Programa de reutilización
Agrupa las inversiones derivadas de la campaña de sensibilización ciudadana
y de la elaboración y difusión de los correspondientes manuales de
comportamiento; la realización de estudios sociológicos y de metodologías y
tecnologías, así como el gasto derivado de los acuerdos a alcanzar con
comercios, grandes superficies y fabricantes. El conjunto de inversiones
contempladas por este concepto se eleva a 457 millones de pesetas, de los que 17
corresponden al año 1998 (IVA excluido).
10.3. Programa de recogida selectiva y reciclaje
Este programa incluye también inversiones y gastos derivados de la campaña
de sensibilización ciudadana y de los estudios específicos antes reseñados;
los correspondientes a los acuerdos a alcanzar con los SIG y con otros
recicladores; la compra de equipos; la creación de los denominados puntos
limpios; los costes de la experiencia piloto y de la aplicación de sus
resultados; las inversiones destinadas a la construcción de la planta de
recuperación de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente y, por último,
las inversiones derivadas de la compra de medios materiales por los
ayuntamientos.
Las inversiones en equipos, medios materiales y puntos limpios han sido
estimadas en 4.624 millones de pesetas (IVA excluido). Los gastos derivados de
la experiencia piloto y su aplicación han sido estimados en 155 millones de
pesetas (IVA excluido), y el resto de las inversiones contempladas, estudios,
acuerdos, etc., asciende a 793 millones de pesetas (IVA excluido). En conjunto
las inversiones previstas en este programa alcanzan los 5.591 millones de
pesetas (IVA excluido).
La valoración del conjunto de inversiones en equipos, medios materiales y
puntos limpios ha sido obtenida de la siguiente forma:
A. Contenedores convencionales.
Para el cálculo de los contenedores necesarios para un correcto
funcionamiento del plan se ha considerado que, a medio plazo, el 75% de los
ciudadanos de Galicia estarán debidamente concienciados y separarán en origen
los elementos más característicos de los residuos con objeto de hacer posible
una recogida selectiva de los mismos.
Paralelamente, las campañas dirigidas a la reducción y reutilización de
residuos, conseguirán estabilizar su producción, anulando el aumento previsto
para años sucesivos, de tal manera que el parque de contenedores, aparte de las
reposiciones por desgaste, permanezca sensiblemente constante.
Una producción de 800.000 toneladas anuales de residuos en 300 días de
recogida al año supone una recogida media diaria de 2.667 toneladas diarias,
cifra a la que hay que aplicar un coeficiente corrector, tanto en el capítulo
de contenedores como en los de camiones y estaciones de transferencia, con
objeto de contemplar los 65 días del año posteriores a las fiestas, en los que
las necesidades se duplican.
Para el cálculo de los contenedores convencionales se ha partido de las
siguientes premisas:
- Generación de 0,9 kg/hab./día.
- Necesidad de acumular residuos de 2 días.
- Densidad de los residuos en el contenedor: 0,2 kg/litro.
- Coeficiente de pérdida de capacidad: 1,3.
En consecuencia, la necesidad de contenedores será: 0,9 kg/hab./día x 2
días x 1 litro/0,2 x 1,3 - 11,7 litros/hab.
En base a los datos aportados por el Patrón Municipal de 1996, el volumen de
residuos generados por cada provincia es el siguiente:
Provincia........Habitantes........Litros
A Coruña........1.110.302.....12.990.533
Lugo...............371.684......4.348.703
Ourense............346.909......4.058.835
Pontevedra.........915.104....10.706.717
Total Galicia......2.743.999...32.104.788
Los contenedores disponibles en la actualidad son los siguientes:
..................................240L......360L.....800L....Total litros
Cedido por la Xunta..20.346....9.968...19.128....23.773.920
5% de bajas.............1.018.......499.......957.....1.188.696
Adquiridos por
las 7 grandes ciudades..................................11.988.078
Existencia en libros
de contenedores:..........................................34.573.301
Con independencia de algún posible desequilibrio en la distribución, que
pueda originar pequeños déficits en algunos puntos concretos, la cantidad de
contenedores convencionales existentes supera en el 7,7% a las necesidades
actuales, sobre todo teniendo en cuenta que, además de lo apuntado
anteriormente respecto a la reducción, la mayor incidencia de la recogida
selectiva liberará paulatinamente un número apreciable de contenedores
convencionales, que compense el crecimiento de la población gallega.
B. Contenedores para recogida selectiva.
Contemplando la hipótesis de que se recogen diariamente 2.667 toneladas de
residuos; que, a medio plazo, el 75% de los ciudadanos colaborarán en la
recogida selectiva de residuos; que se seleccionarán papel y vidrio, además de
la fracción seca que lleva metales, plástico y otros, y teniendo en cuenta que
los residuos contienen por término medio un 19,56% de papel, un 21,21% de
fracción seca y 6,29% de vidrio, las cantidades recogidas en toda Galicia
serán:
Papel: 2.667 x 0,1956 x 0,75 = 391,16 Tm/día.
Fracción seca: 2.667 x 0,2121 x 0,75 = 424,12 Tm/día.
Vidrio: 2.667 x 6,29 x 0,75 = 125,88 Tm/día.
Resto residuos: 2.667 x (0,529 x 0,75 x + 0,25) = 1.665,50 Tm/día.
Considerando que la densidad del papel en el contenedor es de 120
kilogramos/metro cúbico, la de la fracción seca 54,9 kilogramos/metro cúbico
y la del vidrio 320 kilogramos/metro cúbico, y que se utilizarán contenedores
de 800 litros con cerradura y colores distintos para el papel y el plástico, e
iglús de 2.500 litros para el vidrio, las necesidades de contenedores se
estiman en las siguientes:
Material........Toneladas......m3.......N.º contenedores
Papel...............391,16.......3.260.........4.075
Fracción seca..424,12.......7.726.........9.657
Vidrio................125,88..........350...........140
La recogida en estos contenedores se realizará por término medio una vez a
la semana, en el caso del papel, vidrio, y en el caso de la fracción seca del
orden de tres veces a la semana.
Así pues, las necesidades totales y su valoración en pesetas son las
siguientes:
........................N.º........Precio unitario...Millones
Material........contenedores........(ptas.)......de pesetas
Papel..............24.450............23.500..........575
Fracción seca....19.314............23.500..........454
Vidrio................840.............85.000...........72
Total contenedores
recogida selectiva...................................1.101
(949 Mptas. IVA excluido).
Al evaluar estas cifras no se han tenido en cuenta los contenedores
adquiridos por algunos ayuntamientos en pequeñas cantidades, ni los cedidos por
la Administración central a la ciudad de Vigo o a algunos municipios más, cuya
capacidad pasará a incrementar la disponibilidad total de Galicia para la
recogida selectiva en esta fase inicial del plan.
C. Camiones compactadores convencionales.
Se ha previsto que los camiones tengan una capacidad de 8 m3 y 16 m3, que es
la más usual para estos equipos mecánicos. Los camiones de 8 m3 tienen un
rendimiento menor pero resultan indispensables si se considera la dispersión de
la población y la escasa anchura de muchos caminos de acceso a los núcleos
rurales, por lo que en las provincias de población más dispersa su proporción
respecto a los de 16 m3 resulta mayor. Las grandes ciudades utilizan
prácticamente en su totalidad camiones de 16 m3.
Las necesidades para el desarrollo del plan de gestión son las siguientes:
Provincia......Camiones 8 m3...Camiones 16 m3
A Coruña...........100....................100
Lugo..................44.....................29
Ourense.............44.....................28
Pontevedra.........81.....................81
Total Galicia......269..................238
Estimando que se realiza un promedio de 1,5 viajes diarios por vehículo se
necesitarán:
Tamaño del camión.....Unidades
Camiones de 8 m3........180
Camiones de 16 m3......160
Total camiones............340
Los camiones disponibles en la actualidad son los siguientes:
Concepto.........................8 m3....16 m3......Unidades
Cedidos por la Xunta
a 306 ayuntamientos............143........45...........188
10% de bajas.......................15.........5............20
Adquiridos por las 7 grandes
ciudades.............................-..........96............96
Existencias........................128......136...........264
El coste de los camiones a adquirir, necesarios para completar el parque
ascenderá a:
..................................Precio unitario.....Millones
Tamaño................N.º....(Millones ptas.)....de pesetas
Camiones de 8 m3...52...........15.................780
Camiones de 16 m3..24...........17.................408
Total camiones........76...........-................1.188
1.024 Mptas. (IVA excluido).
D. Camiones para recogida selectiva.
Los componentes separados de los residuos obtenidos a partir de la recogida
selectiva, pueden transportarse en su mayor parte en camiones compactadores
convencionales, pero esto resulta negativo frente a la población, que puede
llegar a pensar que se vuelven a mezclar en el camión los residuos que ellos se
han molestado en separar previamente.
Por ello, resulta conveniente ampliar el parque de vehículos de recogida con
camiones dedicados específicamente al transporte de los componentes
seleccionados.
Para las labores de recogida del vidrio se adquirirán 8 camiones, a razón
de 2 por provincia, dotados de la correspondiente pluma para el manejo de los
contenedores y un mismo número para el papel.
En cuanto a la fracción seca, teniendo en cuenta la menor frecuencia de
recogida y la menor compactación se obtienen 41 camiones.
El importe de estos vehículos ascenderá a:
..............................................................N.º...........Millones
Concepto............................................vehículos.....de pesetas
Camiones compactadores para papel.....12............204
Camiones fracción seca..........................41...........618
Camiones con pluma para vidrio.............12..........108
Total camiones........................................65...........920
793 Mptas. (IVA excluido).
E. Puntos limpios.
Se instalarán puntos limpios, que tendrán como función seleccionar y
almacenar los productos resultantes de la recogida selectiva (no domiciliaria
puerta a puerta) (1)
es decir, recoger todos aquellos residuos que, debidamente clasificados, aporten
directamente los ciudadanos.
En cada punto limpio se recogerá y almacenará papel y cartón, vidrio,
plásticos de diferentes tipos, metales, madera, material inerte procedente de
pequeñas obras domésticas, spray, tubos fluorescentes, pilas, baterías,
aceites usados, medicamentos, radiografías, etc.
Una vez clasificados, los residuos se trasladarán a las diferentes
instalaciones de reciclado de cada uno de ellos.
Opcionalmente, los puntos limpios podrán instalarse en las estaciones de
transferencia u otros lugares de acuerdo con las necesidades de la UTG.
El coste medio de cada punto limpio se estima en torno a 15 millones de
pesetas, lo que determina una inversión total de 264 millones de pesetas (IVA
excluido).
F. Camiones lava contenedores.
Se prevé la adquisición de camiones lava contenedores, capaces de mantener
el parque de contenedores de los diferentes municipios en un buen estado de
limpieza, realizando ésta en unas condiciones que no supongan una agresión al
medio ambiente.
Se estima un total de 13 lava contenedores para toda Galicia, en función del
número de contenedores previstos en el plan. Considerando un coste unitario de
17 millones de pesetas por unidad, esta partida asciende a 224 millones de
pesetas (IVA excluido).
G. Plantas de selección.
Con el fin de poder entregar a los Sistemas Integrados de Gestión los
envases y residuos de envases, de acuerdo con las especificaciones técnicas
establecidas y acordadas con ellos en cumplimiento de la Ley de envases y
residuos de envases, se prevé la construcción de plantas de clasificación y
limpieza de los mismos.
Teniendo en cuenta las especiales características de dispersión de la
población y de la orografía del territorio, se ha previsto la construcción de
4 de estas plantas que se situarán en las proximidades de las estaciones de
transferencia cuando ello sea posible.
En el caso de que, como resultado del plan piloto fuera necesaria alguna
más, se procedería asimismo a su construcción.
Por otra parte, los municipios previa petición a la Xunta de Galicia, y
autorización de ésta después de la evaluación ambiental a realizar de
acuerdo con la normativa vigente, podrán instalar por sí o por concesión, las
plantas de clasificación que estimen oportunas.
El coste total estimado para la construcción de estas plantas asciende a
1.379 millones de pesetas (IVA excluido).
En cualquier caso, después de la realización de la experiencia piloto se
determinará el modelo idóneo para cada medio: urbano, semiurbano, semirrural y
rural, y por lo tanto se podrá valorar más ajustadamente las necesidades de
medios materiales, de la recogida selectiva.
10.4. Programa de valorización de residuos
En este programa se incluye la construcción de las estaciones de
transferencia previstas en el plan, la planta termoeléctrica de la Sociedad
Gallega del Medio Ambiente y la de recuperación y una estimación de las
inversiones necesarias para la construcción de posibles soluciones en otros
municipios no adheridos a la opción de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente.
Las inversiones previstas en este programa ascienden a 31.291 millones de
pesetas (IVA excluido) y a 36.297 millones de pesetas, sobre la base de las
siguientes estimaciones:
A. Planta de recuperación.
Por último, las inversiones adjudicadas para la construcción de la planta
de recuperación, han sido las siguientes:
Concepto..................Millones de pesetas
Proyecto básico................100
Obra civil..........................2.169
Ingeniería.............................455
Equipos mecánicos...........3.314
Montaje mecánico..............466
Electricidad y control..........366
Montaje Elec. y Cont............37
Puesta en marcha.................76
Total planta....................6.983
(IVA excluido).
B. Estaciones de transferencia.
La inversión requerida en cada estación de transferencia, viene determinada
por su situación, las características del terreno y de los accesos, y las
medidas correctoras de carácter medioambiental que puedan resultar necesarias
en cada caso.
En la presente evaluación se han previsto dos tipos de estación de
transferencia, una de mayor dimensión, con tres grupos compactadores, y otra de
un solo grupo.
La estación de transferencia con tres grupos compactadores, cuyo rendimiento
es de 180 Tm/hora, reduce al mínimo los períodos de espera de los vehículos
recogedores. Una instalación de este tipo requieren inversiones en las
siguientes cuantías:
..........................................................................Millones
Concepto..........................................................de pesetas
Obra civil................................................................141
Compactadores........................................................87
Repuestos.................................................................7
Varios......................................................................14
Subtotal instalación...............................................249
Contenedores transferencia (24 u. a 2 Mmptas./u.)...64
Camión transferencia (Ampliroll)...............................23
Subtotal elementos de transporte............................87
Total estación.........................................................336
(IVA excluido).
Habida cuenta de la dispersión de la población y la flexibilidad de que
debe estar dotado el sistema, se ha previsto construir también estaciones de
transferencia de un grupo compactador, cuyo coste se cifra en las siguientes
cantidades:
...........................................................Millones
Ecoplanta de un grupo (60t/hora).....de pesetas
Instalación..............................................80
Contenedores transferencia....................21
Ampliroll...................................................23
El plan prevé la instalación, en una primera fase, de las siguientes
estaciones de transferencia:
- A Rúa.
- Barreiros.
- Boiro.
- Chantada.
- Guixar.
- Lugo.
- Monforte de Lemos.
- Narón.
- Ourense.
- O Porriño.
- Ribadumia.
- Santiago de Compostela.
- Silleda.
- Vilaboa.
Asimismo, se instalarán otras estaciones de transferencia a medida que el
desarrollo Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia así lo
aconseje, en las siguientes áreas (el nombre del emplazamiento es indicativo
del área a cubrir):
- Cabana de Bergantiños.
- Dumbría.
- Viveiro.
- Tomiño.
- Bande.
- Verín.
- Vilasantar.
- Betanzos.
Se podrán habilitar otras estaciones de transferencia, previa solicitud
motivada de las mismas por parte de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, y
aprobación de la Xunta de Galicia a través del órgano competente en residuos.
Por otra parte, en los municipios en los que la generación de residuos es
muy escasa y en los que, por razones logísticas, no sea aconsejable su traslado
por los propios municipios a las estaciones de transferencia proyectadas, se
habilitarán soluciones de recogida, depósito temporal y retirada adecuada a
las estaciones de transferencia, por cuenta de la Sociedad Gallega del
Medioambiente, con el fin de lograr la mayor eficacia del sistema.
El presupuesto total de las estaciones de transferencia y sus equipos de
transporte asciende a 3.080 millones (IVA excluido) al contemplar 4 estaciones
de transferencia de 3 grupos y 14 de 1 grupo.
C. Planta termoeléctrica.
El importe de esta instalación, obtenido de la adjudicación del concurso
correspondiente, es el siguiente:
Concepto..................Millones de pesetas
Proyecto básico..............102
Obra civil....................4.616
Ingeniería......................531
Equipos mecánicos........10.695
Montaje mecánico..........1.731
Electricidad y control.........941
Montaje Elec. y Cont...........94
Puesta en marcha.............106
Total planta..................18.816
(IVA excluido).
A estas cantidades hay que añadir el coste de los intereses intercalarios
que ascienden a 2.282 millones de pesetas.
10.5. Programa de recuperación de espacios degradados
Contempla las inversiones que se derivan de la definición, elaboración y
ejecución del plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos,
así como las correspondientes a los procesos de adecuación, sellado y clausura
de vertederos con contaminación industrial.
La Xunta de Galicia ha programado la inversión de 45 millones de pesetas en
1998 en la elaboración del plan general de adecuación, sellado y clausura de
vertederos, con el fin de completar los estudios existentes sobre los diferentes
tipos de vertederos que hay en la Comunidad Gallega, clasificarlos y proceder a
la elaboración de los proyectos tipo para su tratamiento y clausura.
No obstante, en el presente plan se ha previsto una inversión por ese
concepto de 3.017 millones de pesetas (IVA excluido) dentro del período de
aplicación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, que
deberá ser evaluada en detalle en el estudio anteriormente citado.
Respecto a la adecuación, sellado y clausura de vertederos con
contaminación industrial, la Xunta de Galicia ha previsto realizar una
inversión de 254 millones de pesetas (IVA excluido) en 1998, de los cuales el
50% será aportado directamente por la Xunta de Galicia y el resto que se prevé
por el Ministerio de Medio Ambiente. En los años 1999 al 2001 se han previsto
realizar inversiones adicionales en una cuantía de 927 millones de pesetas (IVA
excluido), por lo que la inversión total prevista en este programa
asciende a 4.237 millones de pesetas (IVA excluido).
10.6. Programa de pilas usadas
Este programa incluye una campaña de sensibilización ciudadana específica
y las inversiones correspondientes a la planta de tratamiento. El coste de la
planta, transferido por la Administración central a la Xunta de Galicia en
febrero de 1998, ha ascendido a 156 millones de pesetas (IVA excluido). Asimismo
se prevé una inversión de 19 millones de pesetas en una campaña de
sensibilización.
Nota: cuadro presupuestario suprimido
11. Modelo de financiación
La financiación del plan programado será realizada aplicando los siguientes
criterios y procedimientos:
11.1. Recogida general de RSU
Los costes derivados de la recogida general de residuos seguirán siendo
financiados en su totalidad por los ayuntamientos, tal y como sucede
actualmente.
11.2. Recogida selectiva de papel y cartón, vidrio y plástico
Para realizar la actividad de reciclaje se constituirán los Sistemas
Integrados de Gestión (SIG). Estos SIG tienen que hacerse cargo de todos los
residuos de envases reciclables que les sean entregados por los entes locales, a
los que les pagarán el extracoste que origina pasar de una recogida en masa a
una selectiva, y la clasificación de estos residuos, de acuerdo con las
especificaciones establecidas y acordadas con los SIG.
Los costes de transporte desde las plantas de selección hasta las
instalaciones de reciclado y su tratamiento en ellos correrán por cuenta de las
asociaciones recuperadoras.
11.3. Estaciones de transferencia y complejo medioambiental de Cerceda
Las estaciones de transferencia serán financiadas por la Sociedad Gallega
del Medio Ambiente. Esta se financiará a través de sus fondos propios, de
recursos obtenidos por ella en el mercado de capitales y de los fondos de
cohesión que le sean otorgados.
11.4. Otras plantas locales de tratamiento y otras instalaciones de
valorización
Las inversiones y costes derivados del proyecto, ejecución de obras y
operación de instalaciones de aquellas plantas que decidan realizar los
ayuntamientos u otros entes por iniciativa propia, serán asumidos por los
mismos sin perjuicio de que puedan acudir a los Fondos de Cohesión de la UE que
pudieran obtener para financiar estos proyectos.
11.5. Puntos limpios
La Sociedad Gallega del Medio Ambiente, los entes locales y la Xunta de
Galicia asumirán las inversiones de los gastos de proyecto y construcción de
estos puntos limpios, dentro del capítulo presupuestario correspondiente,
debiendo aportar los ayuntamientos los terrenos y siendo por cuenta de éstos
los costes de explotación.
11.6. Recogida de pilas usadas
La planta de tratamiento de pilas ha sido financiada por el Ministerio del
Medio Ambiente, habiendo transferido su propiedad a la Xunta en febrero de 1998.
La adecuada dotación de contenedores específicos, su instalación, así
como los costes derivados del mantenimiento de éstos, serán asumidos por los
entes locales.
11.7. Campañas de sensibilización e información
Las inversiones y costes derivados de estas campañas serán asumidas por la
Xunta de Galicia, por la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, por los entes
locales y por los Sistemas Integrados de Gestión, según lo establecido en este
plan.
En cualquier caso, los ayuntamientos deberán realizar apoyos logísticos
para preguntas e información (tales como la difusión de folletos y cartas,
colocación de pegatinas y carteles, cesión de espacios, soportes, locales o
medios...).
11.8. Regeneración de espacios degradados
Los fondos necesarios para llevar a cabo este programa tendrán su origen, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 10/1997, de 22 de
agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, en:
- El presupuesto de la Comunidad Autónoma.
- Las subvenciones y ayudas otorgadas por otros organismos de la
Administración del Estado o por la Unión Europea.
- Las donaciones o aportaciones finalistas que efectúen particulares o
empresas.
- La recaudación por sanciones impuestas por la Xunta de Galicia como
consecuencia de infracciones a la normativa sobre RSU, una vez deducidos los
costes de gestión de la sanción.
- El porcentaje del canon de gestión de los RSU que, en su momento, se
determine.
El conjunto de estas aportaciones y fondos se gestionarán a través del
Fondo de Recuperación de Espacios Degradados que recoge la Ley 11/1997, de 22
de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia.
En cualquier caso, los planes municipales de gestión de residuos sólidos
urbanos deben recoger una partida para el tratamiento del vertedero o vertederos
municipales de su territorio, con el objetivo de conseguir su total adecuación
a la normativa, su sellado y clausura, considerando la vida de generación de
gases y lixiviados desde su cierre.
12. Costes del sistema de gestión de RSU
Han de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones para evaluar estos
costes:
- El coste estimado procede de la suma de los que se producen por recogida
urbana realizada de forma selectiva (con el fin de conseguir los objetivos
marcados en el artículo 5 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y
residuos de envases), de reciclado, transporte y valorización de los mismos.
Por último recoge también el valor de depositar los residuos finales en el
vertedero correspondiente.
- Estas cifras se han estimado con los datos de diferentes encuestas y serán
contrastadas con los resultados del estudio piloto. Las cifras que se adelantan
pueden sufrir variaciones en función de variables tales como los costes de la
energía, el transporte y el dinero, los precios de los materiales reciclables o
el IPC.
Coste de gestión por tonelada de RSU a partir de la puesta en marcha del
sistema de recogida selectiva.
a) Recogida selectiva a domicilio -fracciones húmeda y seca de las basuras
del hogar, así como vidrio, pilas, papel y cartón- transporte a la planta de
selección, selección, depósito en planta y transporte a reciclador (excluidas
pilas):
En torno a 10.800 pesetas/tonelada. Notas (1) y (2).
b) Tratamiento del resto no reciclable o no separado, ¿¿?? de recuperación
energética en otro tipo: En torno a 4.500 pesetas/tonelada. Nota (2).
c) En consecuencia, el coste total es de 13.275 pesetas/tonelada.
d) Coste de la gestión del programa de pilas usadas, en millones de pesetas:
....................1998......1999....2000......2001
Transporte..........6..........8........9..........10
Tratamiento......34,1......36,5.....38,8........40
En cualquier caso, los municipios deberán tener aprobadas las tarifas de las
correspondientes tasas de recogida de basuras que cumplan con los requisitos del
capítulo VI de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de
Galicia, en función de sus propios estudios.
Nota [1]:
De este extracoste, en torno a 4.800 pesetas/tonelada serán abonadas por los
correspondientes Sistemas Integrados de Gestión (SIG).
Nota [2]:
Las cantidades aquí expresadas son indicativas. Los valores finales, más
ajustados, dependen de los resultados que arroje la aplicación de la
experiencia piloto, que contemplará:
- Estudio del coste actual sin selección.
- Estudio de las rutas de transporte óptimas y de los medios necesarios para
efectuarlas.
- Seguimiento durante seis meses de la evolución de los costes del sistema
de recogida selectiva.
- Resultados de la campaña de sensibilización e información.
- Caracterización de los RSU para determinar su evolución.
13. Perspectivas de futuro del plan
La ejecución del Plan de Gestión de los RSU se desarrollará a lo largo de
un período de tiempo que establece como primer horizonte el final del año
2001. Durante este período resultará necesario revisar algunos de los
parámetros iniciales, como consecuencia del cambio de las condiciones
técnicas, ambientales y sociales en las que el plan fue concebido. Entre ellas
pueden citarse:
- Los movimientos demográficos.
- Las modificaciones de los parámetros de producción y/o composición de
los RSU.
- La necesidad de incrementar paulatinamente los índices de reducción y
valorización de los residuos, alcanzando cuotas óptimas de reciclaje de los
mismos o las legales que pudieran establecerse.
- Los incrementos de la producción unitaria de residuos.
- Los cambios de los sistemas o del ámbito previsto en el que se realice la
recogida o tratamiento de los RSU.
- Las modificaciones de la infraestructura de transporte.
- Las innovaciones tecnológicas y mejoras de los sistemas de tratamiento.
- La rentabilidad y capacidad administrativa de gestión.
- Las variaciones de las exigencias y/o normativas ambientales.
- La previsible publicación de un Plan Nacional de RSU.
Todos estos aspectos han condicionado el método de elaboración del Plan de
Gestión de RSU y sus variaciones, cuando sean significativas, constituirán los
aspectos y motivos de revisión del mismo.
Se ha establecido, sin embargo, una revisión automática del plan, pasados
cuatro años a partir de su elaboración.
ANEXO I:
Prescripciones técnicas generales para la gestión
de los residuos
Para la gestión de los RSU se definen las siguientes prescripciones
técnicas de carácter ambiental.
I.1. Protección del medio ambiente atmosférico.
Todas las instalaciones de valorización energética o de combustión de
residuos sólidos urbanos (RSU) deberán cumplir los límites de emisión
determinados por el Real Decreto 1088/1992, de 11 de septiembre, por el que se
establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de instalaciones de incineración
de residuos municipales.
Además, en lo relativo a la emisión de dioxinas y furanos, todas las
instalaciones deberán cumplir los límites fijados por el artículo 7.2.º de
la Directiva 94/67/CE relativa a la incineración de residuos peligrosos.
I.2. Protección de los suelos.
Los vertederos controlados de RSU, los almacenamientos permanentes de
rechazos de sistemas de recogida selectiva o de compostaje, así como los
vertederos de escorias y cenizas provenientes de sistemas de valorización
energética, deberán cumplir los requisitos generales definidos por el anexo
del Decreto 260/1998, de 10 de septiembre, por el que se crea el Registro de
Gestores de Residuos Sólidos Urbanos, así como cualquier normativa que con
posterioridad se dicte sobre el tema.
I.3. Protección de las aguas.
Todas las instalaciones de tratamiento de residuos que produzcan efluentes
líquidos, deberán tratar los mismos mediante sistemas de depuración adecuados
que permitan alcanzar como mínimo los valores definidos por la tabla I de
parámetros características de vertido, correspondiente al anexo al título IV
del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento
de dominio público hidráulico.
En caso de que las instalaciones se ubiquen dentro de polígonos que posean
plantas de tratamiento de aguas residuales, deberán cumplir los valores
determinados por el propio polígono para el vertido a su red de saneamiento.
En todo caso, todas las instalaciones de tratamiento que realicen vertidos al
dominio público hidráulico deberán supeditar sus vertidos a las
concentraciones que determine el organismo de cuenca correspondiente en la
preceptiva autorización de vertido.
I.4. Residuos peligrosos.
Todos los residuos peligrosos de origen doméstico (aceites de coche,
fluorescentes, baterías, pilas, medicamentos, restos de disolventes, pinturas,
pesticidas fertilizantes, etc.) así como las fracciones clasificadas como
residuos peligrosos (RP), resultantes de los procesos de gestión, serán
entregados a los correspondientes gestores, legalmente autorizados para
garantizar el tratamiento o depósito adecuado de los mismos.
ANEXO II:
Programas de valorización
II.1. Programa de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente S.A.
La Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, en
su preámbulo, y tras indicar su objetivo prioritario, señala que:
«Como instrumentos necesarios para alcanzar estos objetivos, la ley
contempla, entre otros, el Plan de Gestión de Residuos Sólidos de Galicia, la
Sociedad Gallega del Medio Ambiente...».
En cumplimiento de ello, la Sociedad Gallega del Medio Ambiente crea un
programa que presenta las siguientes fases:
II.1.1. Transferencia y transporte.
El carácter regional del plan y la centralización de los RSU recogidos como
todo uno en un único punto (complejo medioambiental de Cerceda, A Coruña) para
su tratamiento en destino, hace necesario la instalación de una red de
estaciones de transferencia cuyo objetivo es optimizar el transporte hasta el
complejo medioambiental, mediante compactación dentro de contenedores adecuados
para este cometido.
De este modo, los RSU no separados selectivamente por los ciudadanos, se
trasvasarán en estas instalaciones para ser dirigidos hacia el complejo
medioambiental. Mientras que los materiales separados selectivamente por los
ciudadanos podrán seguir dos recorridos alternativos:
- Ser trasladados directamente a las empresas recicladoras para su
tratamiento, mediante la aplicación de los convenios suscritos con ellas.
- Ser depositados, una vez separados en origen, en los puntos limpios
ubicados en esta red de estaciones de transferencia, para luego ser trasladados,
también, a las plantas de reciclaje.
La única y exclusiva función de las estaciones de transferencia es la de
facilitar el trasvase de los RSU de unos camiones pequeños a unos contenedores
de gran capacidad, adaptados para el transporte a largas distancias, en las
condiciones ambientales más adecuadas.
II.1.2. Clasificación RSU recogidos selectivamente.
Se prevé la clasificación de los residuos recogidos selectivamente bien en
una planta de clasificación que se construirá en Cerceda, bien en aquellas
plantas de clasificación que se consideren necesarias una vez realizada la
experiencia piloto.
II.1.3. Recuperación en destino.
Se llevará a cabo en la planta de recuperación y tratamiento (complejo
medioambiental de Cerceda), dotada de tecnología vanguardista, en la que se
procede a separar los materiales que a pesar de no haber sido objeto de recogida
selectiva, aún son susceptibles de ser valorizados mediante reciclaje. De esta
forma se separarán vidrio, metales, papel, cartón y plásticos, llevando la
tasa de recuperación de materiales a cotas más elevadas que cualquier otro
sistema de gestión de RSU, precisamente por suplir con esta instalación las
deficiencias inevitables de una recogida selectiva.
Se consigue, de este modo, dejar exhausta de materiales recuperables la
corriente de RSU procesados en esta instalación, quedando únicamente las
fracciones desechadas de los residuos originales como último recurso
aprovechable, desde el punto de vista de la energía en ellos contenida.
II.1.4. Aprovechamiento energético.
La recuperación energética de los RSU -convertidos en esta fase en el
denominado CDR (Combustible Derivado de Residuos)- supone dar una salida a
aquellos residuos que ya no pueden ser ni reutilizados, ni reciclados.
El combustible obtenido con las fracciones desechables de los RSU,
perfectamente acondicionado y estabilizado biológicamente, alimenta una planta
termoeléctrica, dotada de la tecnología más avanzada (lecho fluido
circulante) garantizándose el cumplimiento de las normativas ambientales más
estrictas y de las estrategias energéticas comunitarias y nacionales.
II.2. Otros programas de valorización.
El presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia
contempla la posibilidad de que los municipios, cumpliendo lo recogido en el
propio plan, y teniendo en cuenta la autonomía municipal, puedan desarrollar
sus propios programas de valorización de los RSU.
En cualquier caso resultará imprescindible que cumplan la legislación
aplicable en cada momento, resaltándose especialmente la Ley de protección
ambiental de Galicia, así como la Ley de residuos sólidos urbanos de Galicia,
en particular la confección de un plan municipal, así como el que se recoge en
este plan.
Estos programas locales deberán analizar la viabilidad, en el tiempo, que
asegure la correcta retirada y tratamiento de los RSU en su ámbito de
aplicación.
ANEXO III:
Criterios para la ubicación de estaciones de
transferencia
III.1. Técnicos.
- Lo más cercana posible al mayor centro de producción de RSU a fin de
optimizar el coste del transporte.
- Lo más cercana posible a las vías férreas para, de ese modo, evitar al
máximo el transporte de los contenedores por carretera.
- Donde se disponga de unos buenos accesos por carretera, a fin de facilitar
la entrada/salida de los camiones dotados de sistema ampliroll en el supuesto de
que sea necesario efectuar el acarreo de los contenedores.
- La superficie de la parcela deberá estar en función del tamaño de la
ecoplanta. En todo caso, nunca será inferior a 3.500 m2 (1).
- Se deberá ponderar también, la proximidad o accesibilidad a los
suministros necesarios para el buen funcionamiento de la estación de
transferencia (agua, electricidad, colector, etc.).
III.2. Medioambientales.
- Dado el nulo impacto medioambiental que origina una estación de
transferencia, cualquier ubicación parece idónea. En todo caso, y como
consecuencia de que a ella deben llegar camiones de recogida viaria, para evitar
las molestias de este tráfico, es aconsejable que la ubicación se distancie de
las viviendas, siendo los más aconsejables los parques industriales.
III.3. Sociales.
- Minimizar las molestias que el transporte de los RSU pueda originar en los
ciudadanos.
ANEXO IV
Artículo 4 de la Ley de RSU de Galicia 10/1997, de 22 de agosto y artículo
3b de la Ley de residuos 10/1998, de 21 de abril.
«Artículo 4. Ley 10/1997. Ámbito de aplicación.
1. Estarán dentro del ámbito de aplicación de la presente ley los desechos
y residuos sólidos producidos como consecuencia de las siguientes actividades y
situaciones:
a) Los residuos de origen doméstico.
b) Los residuos generados en comercios, oficinas y servicios.
c) Los residuos procedentes de la limpieza de las vías públicas, zonas
verdes, áreas recreativas y playas.
d) Los residuos procedentes de lonjas, mercados, ferias, festejos,
peregrinaciones, excursiones, acampadas o actos similares.
e) Los muebles, enseres y electrodomésticos desechados, así como los
escombros de construcción y obras menores de reparación domiciliaria.
f) En general, todos aquellos residuos cuya recogida, transporte,
almacenamiento, tratamiento o depósito controlado corresponda a los municipios,
de acuerdo con lo establecido expresamente en la Ley de bases del régimen local
y demás disposiciones vigentes.
2. Quedan excluidos de la presente ley los residuos no incluidos en el punto
anterior, tales como:
a) Los residuos radiactivos.
b) Los residuos procedentes de actividades industriales.
c) Los residuos resultantes de la prospección, extracción, tratamiento y
almacenamiento de recursos minerales y de la explotación de canteras.
d) Las materias fecales y otras sustancias naturales no peligrosas de las
explotaciones agrícolas y ganaderas que se utilicen exclusivamente en el marco
de la explotación agraria.
e) Los residuos generados por la actividad específicamente sanitaria en
hospitales, clínicas y ambulatorios.
f) Los efluentes líquidos vertidos a las aguas continentales y al mar.
g) Los efluentes gaseosos emitidos a la atmósfera.»
«Artículo 3, Ley 10/1998, apartado b).
Residuos urbanos o municipales: los generados en los domicilios particulares,
comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la
calificación de peligrosos y que por su composición puedan asimilarse a los
producidos en los anteriores lugares o actividades.
Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes:
- Residuos procedentes de la limpieza de las vías públicas, zonas verdes,
áreas recreativas y playas.
- Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos
abandonados.
- Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y
reparación domiciliaria.
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