Decreto 72/1998 , de 31 de marzo, del Gobierno
de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de la Gestión de
Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón
BOA 43, de 13-04-98;
C.e. BOA 53, de 08-05-98
PREÁMBULO
La Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos
urbanos, tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la ordenación y
vigilancia de la recogida y tratamiento de los desechos y residuos sólidos
urbanos, en orden a la protección del medio ambiente y al aprovechamiento de
los mismos mediante la adecuada recuperación de los recursos en ellos
contenidos.
El Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de junio, que modifica la citada
Ley para adaptarla a lo señalado en la Directiva 75/442/CEE, de 15 de julio de
1975, atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia de elaboración de
planes de gestión de estos residuos en su ámbito territorial, planes que
serán de obligado cumplimiento para las entidades públicas y privadas.
En cumplimiento de este mandato legal y con el objetivo de paliar el impacto
provocado por los vertidos, generalmente incontrolados, de residuos sólidos
urbanos, que provocan la aparición de focos de infección, insalubridad,
contaminación del aire y de aguas superficiales y subterráneas, se elabora el
Plan de ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad
Autónoma de Aragón, basado en los principios de reducción en la generación y
aprovechamiento máximo de los recursos en ellos contenidos.
Asimismo en su elaboración se han adoptado los criterios señalados en la
Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
La necesidad de coordinar en el ámbito superior al municipal la gestión de
los residuos sólidos, por la repercusión que este acuciante problema posee
sobre el medio ambiente de nuestra Comunidad Autónoma, y la necesidad de
optimizar las cuantiosas inversiones en equipamiento e infraestructuras, obliga
al señalamiento de los emplazamientos adecuados para dar una solución global
de los problemas que se plantean. Todo ello en coordinación con los
Ayuntamientos y demás Entes Locales de la Comunidad Autónoma
y sin menoscabo de sus competencias en esa materia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 1/1995, de 16 de
febrero, del Presidente y del Gobierno de Aragón, esta disposición ha sido
sometida al trámite de audiencia e información pública.
Todo ello de conformidad con lo señalado en el artículo 37.3 del Estatuto
de Autonomía de Aragón, en redacción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30
de diciembre, que recoge la competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón, de
desarrollo legislativo y de ejecución de la legislación básica del Estado en
materia de protección del medio ambiente; normas adicionales de protección del
medio ambiente y del paisaje.
Asimismo el Decreto 217/1993, de 7 de diciembre, de la Diputación General de
Aragón, por el que se asignan competencias al Departamento de Medio Ambiente,
señala que le corresponden a este Departamento las competencias derivadas de la
legislación en materia de residuos sólidos urbanos. Posteriormente el Decreto
111/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la
estructura orgánica del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, atribuye
a este Departamento la competencia de fomento de la
calidad medioambiental.
En su virtud, a propuesta del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente,
previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 31 de marzo
de 1998, dispongo:
Único
Se aprueba el Plan de Ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos
de la Comunidad Autónoma de Aragón, que figura como anexo a este Decreto, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de
junio, por el que se modifica la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos
y residuos sólidos urbanos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
1.ª. De conformidad
con lo previsto en la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, se declara de utilidad
pública e interés social el tratamiento de los residuos sólidos urbanos.
2ª. Debido al
interés público existente en el adecuado tratamiento de los residuos sólidos
urbanos en orden a la protección del medio ambiente, se podrá aplicar la
tramitación de urgencia en los procedimientos que se deriven de la aplicación
y desarrollo de los objetivos previstos en el presente Plan, para lo cual se
reducirán a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario.
DISPOSICIONES FINALES
1ª. Se faculta a los
Consejeros de Economía, Hacienda y Fomento y de Agricultura y Medio Ambiente
para dictar las normas y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y
ejecución del presente Decreto y, en particular, al Consejero de Agricultura y
Medio Ambiente para la creación de una Comisión de Seguimiento del Plan, así
como para aprobar las instrucciones técnicas que definan los requisitos que
deben reunir las distintas instalaciones establecidas en el Plan y los
requisitos técnicos para el sellado y clausura de
vertederos incontrolados.
2ª. El presente
Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de Aragón.
ANEXO:
Plan
de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad
Autónoma de Aragón
1. INTRODUCCIÓN
Una de las consecuencias más negativas del desarrollo en la llamada sociedad
de consumo, que afecta gravemente al medio ambiente, es la producción ingente
de residuos de toda clase, incluidos entre ellos los residuos sólidos urbanos (RSU).
El vertido incontrolado de estos residuos provoca contaminación del suelo,
agua y aire; plantea problemas sanitarios; es causa de malos olores y
proliferación de especies antropófilas y, a menudo, de plagas tanto de
vertebrados como de invertebrados; además produce el deterioro de los
ecosistemas naturales con grave pérdida de biodiversidad y degradación de su
estado de conservación; por último constituye un notorio despilfarro de
materias primas.
Hasta hace poco tiempo las soluciones desarrolladas para la gestión de los
residuos sólidos urbanos, una vez conscientes del riesgo sanitario y ambiental
generado por su vertido incontrolado, se han orientado casi exclusivamente hacia
el sistema clásico de depósito en vertederos controlados. Sin embargo en los
últimos años, la recuperación y el reciclado de una parte importante de los
residuos sólidos urbanos se ha empezado a considerar como una opción de
gestión imprescindible.
Esta cuestión ha sido recogida en todas las políticas de actuación en
materia de gestión de residuos sólidos urbanos en los países más avanzados
del mundo, y, por supuesto, en la Unión Europea, dentro de su V Programa de
Acción en materia de medio ambiente en el que se incorpora el concepto de
desarrollo sostenible.
Así, en la Directiva 91/156/CEE, por la que se modifica la Directiva
75/442/CEE, relativa a los residuos, se establece que para proteger eficazmente
el medio ambiente, no basta con garantizar la eliminación responsable de los
residuos, sino que también deben reducirse en origen o recuperarse y
reciclarse, promocionado los productos reciclables y favoreciendo sus
posibilidades de comercialización.
También en la Directiva 94/62/CE, de 20 de diciembre, relativa a envases y
residuos de envases, la Unión Europea propuso regular este flujo de residuos
aplicando en este campo los principios básicos de la minimización y la
recuperación. Esta Directiva 94/62/CE ha sido traspuesta al derecho interno
español con la promulgación de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y
Residuos de Envases. En esta normativa se establecen unos límites mínimos y
máximos para el reciclado y la valorización de los residuos
de envases y embalajes, dando un plazo para lograr estos objetivos.
La política de la Unión Europea en materia de residuos se ha revisado
recientemente, y se ha recogido en la Resolución del Consejo, de 24 de febrero
de 1997, sobre una estrategia comunitaria de gestión de residuos. En esta
Resolución la Comisión reitera la necesidad de aplicar en la Comunidad una
política global de gestión de residuos que se oriente principalmente a lograr
un alto nivel de protección del medio ambiente, teniendo en cuenta las posibles
ventajas y costes que suponga actuar o abstenerse de hacerlo y prestando
también la debida atención al funcionamiento del mercado interior.
El orden de prioridad en las operaciones de gestión de los residuos sigue
siendo el mismo: Prevención, reutilización, reciclado, compostaje y
recuperación de energía y, finalmente, eliminación en instalación adecuada.
Algunos de los puntos destacables que recoge la Resolución son:
- La necesidad de intensificar esfuerzos por establecer una terminología y
unas definiciones acordadas a fin de lograr un mayor grado de armonización en
la aplicación de la legislación comunitaria.
- La obligación de todos los agentes económicos, incluidos los fabricantes,
importadores, distribuidores y consumidores, de cargar con su parte específica
de responsabilidad en lo que se refiere a la prevención, valorización y
eliminación de residuos. Un ejemplo de aplicación de este principio es la
reciente normativa sobre envases y residuos de envases.
- La conveniencia de tener en cuenta las implicaciones de la gestión de
residuos de un producto a partir de la fase de concepción y diseño del mismo.
- La necesidad de adoptar medidas concretas para promover mercados para los
productos reciclados que cumplan los requisitos comunitarios.
- La necesidad de establecer criterios comunitarios para las operaciones de
valorización de residuos, en particular, las relacionadas con su valorización
energética.
- La importancia de una planificación adecuada de la gestión de los
residuos a todos los niveles de competencia.
Dentro del presente Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos
Sólidos Urbanos, se da prioridad a las actuaciones de reducción y
recuperación de residuos, incorporando al modelo de gestión propuesto la
reducción, la recogida selectiva, la recuperación y reciclado de los residuos
y el fomento del mercado para los materiales recuperados.
Esta prioridad, no obstante, no evita la necesidad de construcción y
optimización de vertederos controlados, como única solución viable para
acabar con el vertido incontrolado, que sigue siendo práctica habitual en
algunas áreas, y por la imposibilidad técnica de alcanzar cotas de reciclado
de los residuos del 100%, lo que obliga a buscar un tratamiento final adecuado
para los rechazos.
Son los vertederos incontrolados los que generan un riesgo para la salud, por
lo que se plantea como primera actuación, dentro del presente Plan, extender la
gestión controlada al 100% del territorio aragonés. Se trataría, en primer
lugar, de construir o adecuar los vertederos necesarios para completar la red
regional. En segundo lugar, clausurar todos los vertederos incontrolados, para
evitar su afección a las personas o al resto del medio. Paralelamente, se
desarrollarán los sistemas avanzados de gestión mediante la implantación de
la recogida selectiva y el reciclado de los materiales recuperados.
Como tratamiento final de los residuos no se ha contemplado en ningún caso
la incineración. Y no sólo no se ha contemplado como posibilidad a corto
plazo, sino que se descarta como método de tratamiento del tipo de residuos
cuya gestión se ordena en este Plan, es decir, los residuos domiciliarios no
tóxicos, en los que se incluyen los plásticos.
Por último, es necesario señalar la flexibilidad del presente Plan. La gran
diversidad de realidades que existen en Aragón, hace necesario que la
aplicación de este Plan se realice de forma variable, tanto en plazos como en
su aplicación concreta en cada lugar, atendiendo a sus peculiaridades. Es de
reseñar en este sentido las diferencias de nivel de concentración poblacional,
orográficas, de situación actual de la gestión del servicio, de situación de
las infraestructuras existentes, etc.
Por todo ello, habrá que tomar el Plan como un instrumento de trabajo en el
que se marcan las pautas generales. La implantación el Plan exige la continua
participación de los diferentes agentes sociales implicados.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Unión Europea tiene en tramitación una propuesta de Directiva relativa
al vertido de residuos. En la misma se contemplan tres tipos de vertederos: para
residuos peligrosos, para residuos no peligrosos y para residuos inertes. Para
cada tipo de vertedero se señalan unos requisitos específicos. En el presente
Plan se ordena la gestión de los residuos sólidos urbanos, fundamentalmente
los de origen domiciliario no peligrosos.
Quedan fuera de este ámbito los residuos de origen industrial. Entre ellos,
los de carácter tóxico o peligroso se inscriben en un Plan específico.
Igualmente, los residuos inertes tanto los de origen industrial como procedentes
de obras deberán, como norma general, eliminarse por medio de escombreras al
efecto, motivo suficiente para la elaboración de un Plan que complemente el
actual al objeto de ir cerrando los diferentes aspectos del tratamiento de
residuos en general.
Asimismo, se hace urgente abordar unas normas de gestión de neumáticos de
acuerdo a las Directivas de la Unión Europea que vayan emanando, para lo que
deberán estudiarse las experiencias existentes hasta el momento.
En el presente Plan se contempla la recogida selectiva de materia orgánica
para su transformación en compost. Éste será el tratamiento que debería
llevar todo tipo de residuo fermentable, tanto el que tenga su origen en la
materia orgánica de los domicilios como el resultante de la recogida en grandes
puntos de producción como mercados, grandes superficies, centros de
hostelería, empresas de catering, lodos de depuradora, y residuos de origen
agrícola compostables.
Para los residuos voluminosos, dentro de la línea de gran flexibilidad que
se señalaba en los últimos párrafos del punto anterior, se deberá definir su
gestión en cada lugar. Para esto se deberá tener en cuenta la situación
actual de la gestión, la existencia de empresas o colectivos que los gestionan,
tipo de gestión que se hace y posibilidades de extensión del servicio a zonas
que no lo reciben en la actualidad.
3. MARCO LEGAL Y COMPETENCIAS
3.1. Gestión de residuos sólidos urbanos y competencias
La gestión de los residuos sólidos urbanos está regulada por la Ley
42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos,
modificada por el Real Decreto Legislativo 1163/1986, de 13 de junio, adaptando
de esta manera al derecho interno español la Directiva 75/442/CEE, de 15 de
julio, que regula con carácter general la gestión de residuos.
La Ley 42/1975 tiene como objeto establecer el régimen jurídico para la
ordenación y vigilancia de la recogida y tratamiento de los desechos y residuos
sólidos urbanos teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, así como
regular su aprovechamiento mediante la adecuada recuperación de los recursos
que ellos contienen. Asimismo delimita el concepto de residuo sólido urbano y
establece los derechos y obligaciones que competen a los Ayuntamientos y a los
productores y generadores.
La Ley prevé que los Ayuntamientos se hagan cargo de los residuos sólidos
urbanos que se produzcan en su territorio, con las exigencias señaladas en la
misma.
La recogida de residuos es servicio de prestación obligatoria para todos los
municipios, de acuerdo con el artículo 26.1.a) de la ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local. En los municipios con más de 5.000
habitantes debe acometerse también su tratamiento.
En la práctica, el ejercicio de estas competencias es un problema para los
municipios aislados, en especial en cuanto a la eliminación o tratamiento de
las basuras. La organización del servicio requiere fuertes inversiones para la
adquisición de material, camiones, contenedores, instalaciones y la
implantación de sistemas de tratamiento adecuados (vertedero controlado,
compostaje, etc.). A ello se une la necesidad de financiación de los costes
anuales de la explotación.
En cuanto a las instalaciones, hay que considerar que las actividades de
disposición en vertedero y de aprovechamiento de los residuos, están
consideradas como actividades clasificadas y, por lo tanto, deben seguir la
tramitación que establece el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres,
Nocivas y Peligrosas de 1961 (Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre).
La Administración General del Estado ha elaborado recientemente el Proyecto
de Ley de Residuos, cuyo contenido ha sido tenido en cuenta en la elaboración
del presente Plan. En este Proyecto de Ley se establece la obligación de
tratamiento de residuos para todos los municipios y se señala la obligación de
la recogida selectiva para antes del 2001 en los municipios de más de 5.000
habitantes. Además, de acuerdo con las previsiones de las Comunidades
Autónomas, la Administración debe elaborar un Plan Nacional de Gestión de
Residuos que será aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto. Dicho Plan
señalará los objetivos a desarrollar, el plazo de ejecución y el marco
financiero para su realización.
Por su parte, corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 1163/1986, la
competencia para formular Planes de Gestión de Residuos en su ámbito
territorial, de acuerdo con las previsiones de la Ley 42/1975 sobre Desechos y
Residuos Sólidos Urbanos y el Plan Nacional de Gestión de Residuos. Dichos
planes son de obligado cumplimiento para entidades públicas y privadas.
Asimismo, en el Proyecto de Ley de Residuos se recoge que las Entidades locales
podrán elaborar sus propios planes de gestión de residuos urbanos, de acuerdo
con lo que, en su caso, se establezca en la legislación y en los planes de
gestión de residuos de las respectivas Comunidades Autónomas.
En dicho Real Decreto Legislativo se indica también que las Comunidades
Autónomas y Diputaciones Provinciales fomentarán la creación de consorcios y
mancomunidades de municipios para la gestión de residuos sólidos urbanos, a
fin de dar cumplimiento a los planes de gestión que se establezcan.
Como ya se ha recogido al principio, recientemente se ha promulgado la Ley
11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. En dicha ley se
establecen los objetivos de reciclado y valorización de residuos de envases
fijados en la Directiva 94/62/CE, que se deben cumplir en todo el territorio
nacional a partir de junio del año 2001. Al mismo tiempo, la ley fija unos
objetivos intermedios de reciclado, no incluidos en la Directiva, que deben
cumplirse en el plazo de 36 meses desde la entrada en
vigor de la misma.
Además, y aunque la Directiva no incluía un objetivo de reducción en la
generación de residuos de envases, la Ley establece que se reducirá, al menos,
el 10% en peso, de la totalidad de los residuos de envases generados, en un
plazo de 4 años.
3.2. Territorialización
La Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de delimitación comarcal de Aragón
publicada en el Boletín Oficial de Aragón, número 145, de 11 de diciembre,
recoge los municipios que forman cada una de las 33 comarcas en que se divide el
territorio de la Comunidad Autónoma.
Esta delimitación se ha de tener en cuenta en el diseño de la gestión
conjunta de un servicio público como es el caso de la gestión de los residuos
sólidos urbanos.
4. LA PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Los aspectos que se deben considerar a la hora de planificar la gestión de
los residuos sólidos urbanos son amplios y complejos. En la gestión
intervienen todas las Administraciones Públicas, la totalidad de los agentes
económicos y sociales y los ciudadanos.
Para garantizar un desarrollo adecuado de la gestión es necesario que todos
los agentes se sientan implicados y esto sólo puede conseguirse sobre la base
de la participación y de la responsabilidad compartida.
La finalidad de la planificación de la gestión de residuos sólidos urbanos
ha de ser por tanto definir el marco de actuación común para todos los agentes
implicados y establecer medidas concretas a desarrollar que, por supuesto, se
complementarán con otras acciones que los mismos realicen en el ciclo de
gestión.
Cada uno de los agentes implicados debe hacerse responsable de la parte que
le corresponde: los ciudadanos mediante un consumo responsable y la
participación activa en los sistemas de recogida selectiva; los agentes
económicos asumiendo la producción limpia, con la generación del mínimo de
productos que posteriormente vayan a ser residuos y la utilización de
materiales recuperados en sus procesos de producción; y finalmente cada
Administración, en el desarrollo de sus competencias, proporcionando los medios
para la correcta gestión de los residuos.
La metodología que se ha considerado para la redacción del Plan de
Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad
Autónoma de Aragón tiene en cuenta esta diversidad de agentes implicados y,
por tanto, la responsabilidad de cada uno de ellos.
Se definen unos principios y objetivos para la redacción del Plan y se
propone un modelo de gestión de los residuos para la consecución de estos
objetivos. Posteriormente se desarrolla el modelo propuesto, considerando las
peculiares características del territorio y se proponen una serie de
instrumentos para su consecución.
En cualquier caso, como ya se recoge anteriormente, el desarrollo y
aplicación del modelo de gestión precisa de la participación activa de todos
los agentes implicados y el respeto a las competencias de cada uno de ellos,
para poner en marcha el Plan. La diversidad de situaciones existentes en cuanto
a formas de gestión del servicio (por medios propios o por contratas,
mecanizadamente o no, en vertedero autorizado o no, ...), hace necesario aplicar
el Plan con gran flexibilidad. Así, se deberá tener en cuenta que existirá
una primera etapa transitoria en la que se deberán conjugar situaciones
actuales con las que se proponen en el Plan. Y en otros casos, la realidad
actual forzará la permanencia de realidades distintas que, si bien no son
consideradas en el presente Plan, se lleguen a valorar por los Consorcios o
Entidades de Gestión que se formen o las Entidades Locales afectadas como más
beneficiosas para los afectados y el conjunto de la Comunidad Autónoma.
Nota: esquema suprimido
5. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL PLAN
5.1. Principios Básicos
Los principios básicos asumidos en el desarrollo del presente Plan son los
siguientes:
1. La erradicación de los riesgos ambientales y sanitarios ocasionados por
el vertido de residuos. Para ello se tomarán las siguientes medidas:
a) Establecimiento en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón
de sistemas de gestión de residuos sólidos urbanos, idóneos desde el punto de
vista ambiental y viables técnica y económicamente.
b) Optimización de las inversiones y los costes de explotación, mediante el
aprovechamiento al máximo de las instalaciones y equipos.
c) Definición de los criterios técnicos y medioambientales de las
instalaciones de gestión de residuos sólidos urbanos.
d) Establecimiento de mecanismos de ayudas técnicas y económicas para una
gestión integrada de los residuos.
e) Eliminación de los puntos de vertido inadecuados, procediendo para ello a
su clausura, sellado y restauración.
2. La prevención en la generación y el aprovechamiento máximo de los
recursos contenidos en los residuos. En este caso las medidas serán las
siguientes:
a) Información y concienciación de los ciudadanos para la reducción en la
generación de residuos y el fomento de su participación en los sistemas de
recogida selectiva.
b) Máxima implantación en el territorio y efectividad de los sistemas de
selección, reciclado y recuperación.
5.2. Objetivos cuantitativos
En cuanto a los objetivos cuantitativos que se establecen en el Plan son los
siguientes:
- Reducción: por un lado se asume el objetivo establecido en la Ley 11/1997,
de envases y residuos de envases, de reducir un 10%, en peso, de la totalidad de
los residuos de envases, antes del 30 de junio del año 2001.
Si estimamos que el porcentaje de los residuos de envases en la totalidad de
los residuos sólidos urbanos es de un 30%, en peso, esto supone aproximadamente
una reducción de un 3% de los residuos sólidos urbanos en cuatro años.
Con carácter general para la totalidad de los residuos sólidos urbanos se
fija como objetivo la reducción de un 10%, con respecto a la producción en
1997, en un plazo de diez años.
Porcentaje reducción Porcentaje reducción
(plazo 4 años) (plazo 10 años)
Residuos de envases 10%
RSU 3% 10%
- Reciclado: para establecer los objetivos de reciclado se han tenido en
cuenta los siguientes porcentajes de recuperación definidos en la política
ambiental comunitaria y estatal:
* V Programa Comunitario: el objetivo que se establece es recuperar un 50%
para cada fracción de papel, vidrio y plásticos en un plazo de 10 años.
* Ley 11/1997, de envases y residuos de envases: se establece como objetivo
de reciclado un mínimo del 25% y un máximo del 45%, en peso, con un mínimo de
15% para cada material, antes de junio del año 2001. Como objetivo intermedio
(3 años) se establece un porcentaje de reciclado del 15% de la totalidad de los
residuos de envases, con un mínimo del 10% para cada material.
* Propuesta de Directiva relativa al vertido de residuos: señala la
reducción al 75% de la materia orgánica depositada en vertedero en el año
2006, el 50% en el año 2009 y el 35% en el 2016. La mejor forma de obtener
estos resultados es la de compostaje, por lo que se opta por este método de
tratamiento final, iniciando la construcción de una planta piloto en el segundo
bienio.
En este Plan, teniendo en cuenta la situación actual del reciclado en
nuestra Comunidad Autónoma, y experiencias llevadas a cabo en nuestro entorno,
se consideran los siguientes objetivos de reciclado:
Material Objetivo reciclado Objetivo reciclado
(abril del año 2000) (Junio del año 2001)
Vidrio 40% 50%
Papel-cartón 40% 60%
Plásticos 10% 15%
Metales 10% 50%
Resto envases 10% 15%
Teniendo en cuenta la composición de los residuos sólidos urbanos, el
objetivo global de recuperación en un plazo de 4 años, será el siguiente:
Material Contenido Objetivo Recuperación
en los RSU de
recuperación respecto total
Papel-cartón 20% 60% 12%
Vidrio 8% 50% 4%
Plásticos 11% 15% 1,65%
Metales 4% 50% 2%
Otros 7% - -
Objetivo total 50% 19,65%
Para el caso de los envases, con los objetivos de reciclado fijados en el
Plan, se cumplen los objetivos establecidos en la Ley de Envases y Residuos de
Envases como se observa en la siguiente tabla:
Nota: tabla suprimida
6. SITUACIÓN ACTUAL
La gestión actual de los residuos sólidos urbanos de la mayoría de la
población de Aragón se realiza de forma correcta. Esto es debido a que
aproximadamente la mitad de la población aragonesa vive en la ciudad de
Zaragoza y su entorno. También ha contribuido a ello la formación de una serie
de Mancomunidades en todo el territorio entre cuyos fines se encuentra la
gestión de los residuos, en torno a las cuales se han sumado municipios
cercanos, y las subvenciones otorgadas desde la Diputación General de Aragón.
Estas subvenciones se han destinado a sufragar las inversiones, tanto en
infraestructuras como en equipos, necesarias para la correcta gestión de los
residuos, y para el sellado y clausura de los vertederos incontrolados y
redacción de proyectos de gestión.
Con todo ello, nos encontramos que existen 22 vertederos controlados en la
región, que dan servicio a un 81% de la población.
Asimismo, se han adquirido, por parte del MIMAM, la Diputación General de
Aragón y los entes locales, 2.362 contenedores para recogida selectiva de
vidrio y 781 para papel, con lo que se ha conseguido llegar al 96% de la
población, en el caso del vidrio y al 78% en el caso del papel.
En cuanto a la recuperación de otros materiales, existen diversas
iniciativas, apoyadas por la Diputación General de Aragón, para la
recuperación de aluminio, de textil y de plásticos. En el caso de las latas,
se ha alcanzado la cifra de 86.494 kilogramos desde agosto de 1996 a octubre de
1997, siendo un 54% de aluminio y un 46% de hojalata.
No obstante, aunque a nivel poblacional existe un alto porcentaje de gestión
correcta, a nivel territorial los porcentajes alcanzados son mucho más bajos
debido a la gran dispersión geográfica y la baja densidad de población
existente en nuestra Comunidad Autónoma, si exceptuamos Zaragoza y su entorno.
En Aragón existen más de 500 municipios en los que el tratamiento de
residuos se realiza a través de vertederos sin las debidas medidas correctoras.
En diversos casos se ha constatado la dificultad de crear mancomunidades para la
gestión de residuos sólidos urbanos, debido a las diferentes posturas de
ayuntamientos vecinos. Las dimensiones alcanzadas por las mancomunidades
creadas, no son las óptimas en cuanto a obtener el máximo rendimiento de las
instalaciones necesarias, más en el supuesto de plantearse la recuperación y
el reciclaje de productos.
Por ello, queda todavía mucho por hacer. Así, según el inventario
realizado por el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, existen muchos
vertederos incontrolados en Aragón que no poseen las instalaciones adecuadas.
Además, la mayoría de los vertederos autorizados tiene una gestión que en
ocasiones es ampliamente mejorable.
Llegados a este punto en la gestión de los residuos sólidos urbanos, se
hace necesario realizar un salto cualitativo en la organización de la misma.
Dos son las líneas a través de las cuales hay que avanzar: La implantación de
la gestión correcta en todo el territorio aragonés y la reducción y
recuperación de la mayor fracción posible de los residuos.
En este sentido, se ve necesario la creación de Agrupaciones compuestas por
diversas Comarcas, consorciadas con la Diputación General de Aragón, que
gestionen internamente los residuos que en ellas se generen, impulsando la
reducción, la recogida selectiva de residuos y el tratamiento adecuado de cada
una de las fracciones obtenidas, de forma que se realice una gestión correcta
de los residuos y se rentabilicen las infraestructuras y los equipos en cada una
de ellas.
7. MODELO DE GESTIÓN
En este capítulo se define el modelo de gestión para alcanzar los objetivos
fijados en el apartado 5 del presente Plan.
En cuanto al principio de prevención en la generación de residuos, en este
punto no se detallan las medidas a adoptar, sino que se recogen en el programa
de prevención, que se desarrolla posteriormente, ya que se trata
fundamentalmente de acuerdos con industriales y distribuidores y de campañas de
educación hacia el cambio de hábitos entre los ciudadanos y no de medidas
organizativas concretas del servicio de gestión de los residuos. Esto mismo es
aplicable al tema de sensibilización, que se desarrolla en el punto señalado.
Para cumplir el principio básico de lograr un aprovechamiento máximo de los
recursos contenidos en los residuos sólidos urbanos, tanto de la materia
orgánica como de materiales inorgánicos (papel, vidrio, plásticos, metales,
etc.), el modelo de gestión elegido incluye la recogida selectiva de las
diferentes fracciones de residuos sólidos urbanos y la posterior recuperación
y reciclado de estas fracciones.
El aprovechamiento de estos residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón no
será, en ningún caso, el de incineración. La situación de investigación de
las emisiones que se producen en la incineración de los residuos sólidos
urbanos, y más en el caso de los plásticos, no garantizan que no se generen
impactos negativos en el medio ambiente, por lo que no se considera conveniente
dicho tratamiento final en esta Comunidad Autónoma.
En cuanto al ámbito de aplicación de los sistemas de recogida selectiva y
reciclado se propone su extensión a todo el territorio, aunque su implantación
será progresiva en los años de desarrollo del presente Plan, de acuerdo con
criterios de viabilidad técnica, económica y organizativa.
Se incluye la recuperación de la materia orgánica, mediante su compostaje
para la fabricación de enmienda orgánica, anticipando las exigencias que
señala la Propuesta de Directiva recientemente aprobada, por las siguientes
razones:
- En principio, sólo de esta forma se pueden alcanzar niveles de
recuperación de los residuos sólidos urbanos significativos (cercanos al
30-40% del total).
- La materia orgánica causa problemas en el vertedero y dificulta la
recuperación de otros materiales en las plantas de separación y
clasificación.
- De esta forma evitamos el despilfarro que supone su disposición en
vertedero, a la vez que se obtiene una enmienda orgánica para su aplicación en
agricultura y otros posibles usos.
- La tendencia de la normativa comunitaria en materia de vertido de residuos
sólidos urbanos es reducir el porcentaje de residuos biodegradables con destino
a vertedero.
7.1. Recogida selectiva
7.1.1. Criterios
A la hora de establecer el modelo de recogida selectiva y recuperación de
residuos sólidos urbanos, tenemos presente lo que en realidad supone el
reciclado de residuos:
«Sólo puede decirse que un residuo ha sido reciclado, cuando se ha
utilizado en un proceso de producción, del que se obtiene un producto con la
calidad, precio y cantidad adecuada para hacer posible su aprovechamiento en
usos concretos».
El reciclado consta, por lo tanto, de dos partes bien diferenciadas:
- La recogida selectiva de la fracción a recuperar, o bien la recogida
conjunta y posterior separación y clasificación en la planta de selección; es
decir, la obtención de los materiales recuperados.
- El reciclado propiamente dicho, es decir, la utilización de las fracciones
recuperadas en un proceso de producción.
Esto supone que para establecer sistemas de reciclado, no es suficiente
realizar la separación y recogida selectiva de un flujo de residuos, sino que
previamente se ha tenido que identificar y garantizar la existencia de un
mercado para los mismos.
El sistema de recuperación a implantar ha de cumplir los siguientes
requisitos:
- Obtención de los materiales recuperados con la calidad exigida por el
mercado, de modo que sea posible su reciclado. Este requisito supone que es
preferible recoger, en principio, poca cantidad de materiales selectivamente,
pero con gran calidad, que grandes cantidades con poca calidad que los hace
difícilmente aprovechables. Además, una vez asumida por la sociedad la
correcta separación de los materiales, la cantidad recuperada irá aumentando
paulatinamente, con la calidad exigida.
El requisito de calidad es fundamental y necesario si nos referimos a la
materia orgánica, puesto que es imprescindible para la fabricación de un
compost que sea admitido por el mercado.
- Precio de los materiales asequible por el mercado: A través de la
minimización de los costes de la recogida y recuperación y obteniendo
financiación de los envasadores y distribuidores a través de los Sistemas
Integrados de Gestión, mediante la aplicación de la Ley 11/1997 de Envases y
Residuos de Envases, se puede llegar a un precio de los materiales recuperados
aceptable por el mercado.
- Mercado de los materiales: De forma previa o al menos paralela al
desarrollo de sistemas de recogida selectiva y obtención de materiales, es
necesario buscar y desarrollar salidas para estos materiales.
- Flexibilidad del sistema: En este momento, debido a la incertidumbre en
algunos aspectos de la gestión de residuos sólidos urbanos (normativos,
técnicos y económicos), resulta muy difícil precisar qué fracciones de los
residuos serán recuperadas a medio y largo plazo, y qué características
serán requeridas. Por ello, es necesario que las soluciones adoptadas a corto
plazo sean suficientemente flexibles para que se puedan adaptar a posteriores
requerimientos.
Esta flexibilidad también se deberá manifestar en la puesta en marcha del
Plan, en función de las diferentes realidades que existen actualmente en la
Comunidad Autónoma, tanto en cuanto a las formas organizativas administrativas
para la organización de la gestión de los residuos sólidos urbanos, como en
cuanto a la solución técnica de la gestión que se ha dado en cada caso. Ello
exige estudiar cada situación concreta con los principales afectados y
determinar cuál es la forma más conveniente para lograr
los objetivos del Plan.
Por otra parte, este modelo podrá experimentar variaciones en función de
las especiales características urbanísticas (zonas peatonales, cascos
históricos, etc.), que se estudiarán para cada caso concreto.
Por todo ello, habrá que tomar el Plan como un instrumento de trabajo en el
que se marcan las pautas generales. La implantación del Plan exige la continua
participación de los diferentes agentes sociales implicados.
7.1.2. Modelo
Teniendo en cuenta todo lo anterior, el modelo general para la recogida
selectiva y reciclado es el siguiente:
Se propone un sistema mixto mediante recogida de materia orgánica/rechazo en
acera (2 contenedores) y de las fracciones inorgánicas reciclables en áreas de
aportación (3 contenedores monocomponentes para papel-cartón, vidrio y
envases), complementado con sistemas de recogida «puerta a puerta» y puntos
limpios.
Sistema mixto:
- En acera. Recogida de dos fracciones: materia orgánica/rechazos. Los
contenedores se instalan muy próximos al domicilio, con un ratio medio en torno
a 75 habitantes por contenedor de cada uno de los tipos descritos, y la recogida
se realiza diariamente a cada dos días. La implantación de la recogida
selectiva en dos fracciones se realizará gradualmente en función de las
características de cada Agrupación y en base a la construcción de las plantas
de compostaje.
- En áreas de aportación. Supone la instalación en la calle de
contenedores específicos (de capacidad 2,5-3 m3) para ciertos materiales y en
los cuales los vecinos depositan dichos materiales de forma separada. La
recogida de los materiales se realiza de una forma periódica. Los contenedores
a instalar en estas áreas serán de 3 tipos: papel-cartón, vidrio y envases
ligeros (plástico, metal, ...). En este caso el ratio aproximado será de un
área de aportación cada 500 habitantes.
Sistemas complementarios:
- Recogida «puerta a puerta». Estos sistemas de recogida en origen se
aplicarán para la recogida selectiva en centros de gran producción de residuos
muy concretos. Por ejemplo: papel-cartón en almacenes y centros de
distribución, grandes superficies, oficinas y centros escolares, o vidrio en el
sector hostelería y plantas embotelladoras.
- Puntos limpios. Son unas instalaciones acondicionadas para la entrega de
los residuos separados por tipos de materiales. Se recogen todos los tipos de
materiales potencialmente reciclables, excepto la materia orgánica: papel,
vidrio, plásticos, metales, textiles, materiales compuestos; y especialmente
tienen capacidad para recoger residuos peligrosos de origen doméstico y
residuos voluminosos. Estas instalaciones en ningún caso pueden considerarse
sustitutivas de otros sistemas de recogida selectiva, sino
que constituyen un sistema complementario.
Este tipo de instalaciones se sitúa en las poblaciones de mayor tamaño y se
irán ubicando según las necesidades y los resultados que se vayan obteniendo.
7.2. Transporte
El transporte se realizará mediante camiones de recogida mecanizada con
compactación para los contenedores ubicados en acera, diferenciando cada uno de
los tipos de contenedores. El transporte de los residuos recogidos
selectivamente en áreas de aportación se realizará, como norma general,
mediante camiones grúa de caja abierta. Para optimizar los costes del
transporte, se instalarán Plantas de Transferencia y Plantas de Almacenamiento
Intermedio:
- Plantas de Transferencia: Se trata de instalaciones a las que se llevan los
contenidos de los contenedores en acera, materia orgánica y rechazo, y de los
de recogida selectiva de envases y se vierten a contenedores de grandes
dimensiones en los que se produce una mayor compactación. Estos contenedores
son conducidos a los centros de tratamiento correspondientes mediante cabeza
tractora. En algunos casos, las Plantas de Transferencia pueden ser de tamaño
menor, según el volumen de residuos a tratar. En un primer momento, las Plantas
de Transferencia se construirán sin diferenciación de materia orgánica y/o
envases, ampliándose en el momento de la puesta en marcha de estos contenedores
y de los centros de tratamiento correspondientes.
- Plantas de Almacenamiento Intermedio: Para disminuir costes de transporte
puede ser necesario, en algún caso, el almacenamiento intermedio para vidrio y
papel-cartón. Por ello, se instalarán este tipo de plantas, en las que se
acumularán los mencionados materiales en contenedores de mayor tamaño, para su
posterior transporte hasta los centros de tratamiento de cada material. Estas
plantas pueden ir en los mismos recintos de las Plantas de Transferencia o de
tratamiento previsto.
7.3. Tratamiento
Los sistemas de tratamiento considerados para las distintas fracciones
recogidas son los siguientes:
- El papel-cartón y vidrio recogido en los contenedores, en los puntos
limpios y mediante la recogida «puerta a puerta», se enviará directamente a
las plantas de recuperación privadas existentes o de nueva creación, bien
directamente o bien a través de las plantas de almacenamiento intermedio.
- Los envases ligeros recogidos se dirigirán a plantas de separación y
recuperación de los distintos tipos de materiales. La implantación de las
plantas de separación será progresiva, con el objetivo final de que todo el
territorio resulte atendido.
- La materia orgánica recogida de forma selectiva en el contenedor ubicado
en la acera, se enviará a plantas de compostaje, de iniciativa pública o
privada. También la instalación de plantas de compostaje se irá haciendo por
fases.
- El contenido del contenedor de rechazo se tratará en vertederos
controlados.
7.4. Reciclado
En el Plan se incluyen una serie de actuaciones para desarrollar en nuestra
Comunidad Autónoma el mercado de los materiales recuperados, de forma que se
garantice el reciclado de éstos y se aprovechen las oportunidades de negocio
derivadas de la actividad del reciclado.
Como queda recogido en el Plan, en el momento de instaurar la recogida
selectiva de una fracción de residuo sólido urbano, se ha de tener en cuenta
que ha de tener salida el producto objeto de la recogida. En distintas ocasiones
se ha realizado dicha recogida selectiva para, posteriormente, ser tratado en
vertedero final, siendo totalmente ineficaz el esfuerzo realizado por los
usuarios en realizar la recogida selectiva de la fracción.
Esto quiere decir que para iniciar una recogida selectiva se ha de tener
preparada una salida del producto, diseñando todo el circuito desde un
principio. En algunos casos, como es el del compost, será necesario iniciar una
experiencia con dimensiones no demasiado grandes, para irla extendiendo conforme
se consiga crear el mercado del producto resultante mediante una mejora de la
calidad del mismo y a través de la sensibilización de los posibles usuarios
finales.
En todo caso, se deberán tener en cuenta los criterios reflejados en el
punto 7.1.1 de calidad, precio, mercado y flexibilidad, para que se pueda llevar
a cabo con éxito el presente programa.
RESUMEN DEL MODELO DE GESTIÓN
- Recogida selectiva en varias fracciones (materia orgánica, papel, vidrio,
envases y rechazos), mediante sistemas complementarios y alternativos.
- Estaciones de transferencia y centros de almacenamiento intermedio de
materiales recuperables, si es necesario.
- Recuperación de los materiales, en planta de compostaje para materia
orgánica y plantas de separación y clasificación para los envases.
- Clasificación y tratamiento del vidrio y del papel cartón en plantas de
recuperación.
- Reciclado de los materiales recuperados, potenciando el mercado del
reciclado.
- Vertedero controlado para rechazos y materiales no valorizables.
Nota: esquema suprimido
8. MARCO TERRITORIAL
8.1. Planteamiento general
La gestión adecuada de los residuos sólidos urbanos en Aragón, está
condicionada por la distribución de la población aragonesa. La mayoría de los
municipios son núcleos con un número reducido de habitantes, y no tienen
capacidad para hacer frente a los costes de un sistema ambiental y
sanitariamente adecuado de gestión de residuos sólidos urbanos, ya que el
coste de la gestión por habitante resultaría muy elevado. Todo esto obliga a
optar por soluciones agrupadas para el servicio de gestión de los residuos
sólidos urbanos que generan, soportando entre todos los costes del sistema de
gestión.
En el Plan de Ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos se
llama Agrupación de gestión de residuos sólidos urbanos al conjunto de
comarcas que tienen un sistema común de tratamiento final de residuos.
Administrativamente, las Agrupaciones están constituidas por municipios y
mancomunidades de varias comarcas y por la Diputación General de Aragón,
adoptando la forma de Consorcio, como norma general, en cada una de las
Agrupaciones definidas.
El Plan de Ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, aplicando
los criterios básicos que se reseñan en el siguiente apartado, distribuye el
territorio aragonés de modo que cada Agrupación tiene la entidad suficiente
para optimizar, técnica y económicamente, la implantación del modelo de
gestión propuesto.
8.2. Criterios básicos
Se establecen los siguientes criterios básicos para la aplicación en
Aragón del modelo propuesto de gestión:
8.2.1. Criterio comarcal
A la hora de definir las Agrupaciones se ha tenido en cuenta la distribución
comarcal establecida en la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de delimitación
comarcal de Aragón. Dado que las Comarcas tienen dimensiones que, en general,
no hacen rentable las instalaciones de tratamiento, se aplican otra serie de
criterios técnico-económicos, para la delimitación y creación de las
mencionadas Agrupaciones.
8.2.2. Criterios técnico-económicos:
- Niveles de generación de residuos sólidos urbanos y tendencias en la
producción de los mismos.
La producción de residuos sólidos urbanos por habitante y día, es uno de
los parámetros que se debe tener en cuenta para dimensionar el tamaño de las
agrupaciones de gestión y de las instalaciones.
Dada la escasez de datos de generación de residuos por parte de los
distintos municipios, se parte de los ratios que aporta el MIMAM a partir de
diferentes estudios.
Los criterios de producción de residuos sólidos urbanos que se han seguido,
de acuerdo al tamaño del municipio son los siguientes:
Número habitantes municipio producción
(kg/hab/día)
>500.000 1,2
50.000 - 500.000 1,0
2.000 - 50.000 0,8
<2000 0,6
En las siguientes tablas se presentan los datos de generación de residuos
agrupados por provincias.
- Provincia de Huesca.
Población Número Número
factor Producc.
municipio municipios habitantes (kg/día)
>500.000 0 0 1,2 0
50.000-500.000 0 0 1,0 0
2.000-50.000 12 130.351 0,8 104.281
<2.000 190 76.565 0,6 45.939
Total 202 206.916 0,73 150.220
-Provincia de Teruel.
Población Número Número
Producc.
municipio municipios habitantes Factor (kg/día)
>500.000 0 0 1,2 0
50.000-500.000 0 0 1,0 0
2.000-50.000 11 71.998 0,8 57.598
<2.000 225 66.213 0,6 39.728
Total 236 138.211 0,70 97.326
- Provincia de Zaragoza.
Población Número Número
Producc.
municipio municipios habitantes Factor (kg/día)
>500.000 1 601.674 1,2 722.009
50.000-500.000 0 0 1,0 0
2.000-50.000 27 134.352 0,8 107.482
<2.000 264 106.393 0,6 63.836
Total 292 842.419 1,06 893.327
- Total de Aragón.
Población Número Número
Producc.
municipio municipios habitantes Factor (kg/día)
>500.000 1 601.674 1,2 722.009
50.000-500.000 0 0 1,0 0
2.000-50.000 50 336.701 0,8 269.361
<2.000 679 249.171 0,6 149.503
Total 730 1.187.546 0,96 1.140.873
Como se observa en la tabla anterior, en Aragón se generan 1.140.873
kilogramos de residuos al día, que suponen un total de 416.419 toneladas
anuales, y un media de generación de residuos de 0,96 kg/hab/día. No obstante,
los estudios de la población estacional indican que se debería planificar para
una población total de más de 1.550.000 personas y una generación de residuos
de más de 1.400.000 kilogramos de residuos al día.
Esta media de generación de residuos es ligeramente superior a la media
nacional (0,8 kg/hab/día según fuentes del antiguo MOPTMA) debido a las
características demográficas de nuestra región, pero aún lejana a las medias
europeas donde se llega a cifras comprendidas entre 1,5 y 2 kg/hab/día. Si se
considera que la tendencia de crecimiento medio en la producción de residuos
sólidos urbanos es del 2% anual, la cantidad de residuos generados en Aragón
llegaría, de seguir esta tendencia, a los niveles actuales europeos en un plazo
aproximado de 30 años.
Sin embargo, hoy en día se tratan en los vertederos controlados todo tipo de
residuos, entre ellos escombros y residuos no tóxicos procedentes de
industrias. Este tipo de residuos deberá tener un tratamiento diferenciado de
los residuos urbanos, disminuyendo paulatinamente el grado de gestión conjunta
de estos residuos. Si además tenemos en cuenta que se pretende llegar a los
niveles de recuperación de residuos señalados en el punto 5.2, esta primera
aproximación en los niveles de generación es suficientemente válida para el
dimensionamiento inicial de las instalaciones que se pretenden poner en marcha.
- Umbrales de rentabilidad de las instalaciones.
Se define un valor mínimo de capacidad de tratamiento para cada tipo de
instalación, para el que el coste de la gestión sea el menor posible, siempre
que técnicamente se realice una gestión adecuada:
* Plantas de compostaje: 7,5 Tm/día de materia orgánica.
* Vertederos: 18 Tm/día de rechazos.
* Planta de separación y clasificación: 10 Tm/día de materiales
recuperables.
8.2.3. Criterios estructurales
- Distribución territorial y poblacional de los núcleos generadores de
residuos sólidos urbanos.
La demografía de la Comunidad Autónoma de Aragón, que cuenta con un total
de 1.187.546 habitantes según el padrón de 1996, se caracteriza por una
desequilibrada distribución de la población. Así, la provincia de Zaragoza
(con 842.419 hab.) alberga al 70,9% de los aragoneses, mientras que Huesca, con
206.916 habitantes supone un 17,4% de la población y Teruel, con 138.211
habitantes, un 11,6%. Sólo en la ciudad de Zaragoza vive más de la mitad de la
población de Aragón, un 50,6% de la población total.
En cuanto al tipo de asentamientos, el sistema de Aragón se caracteriza por
la dispersión ya que existen 1.484 núcleos habitados, agrupados en 730
municipios. Del total de núcleos, sólo 120, esto es, el 8,5% del total, tienen
una población superior a 1.000 habitantes y más del 60%, 894 del total de
núcleos, no superan los 100 habitantes.
Considerando el tamaño de los 730 municipios existentes, nos encontramos que
en los 523 municipios que tienen menos de 500 habitantes, sólo reside un
pequeño porcentaje de la población, un 8,5%.
Nota: esquema suprimido
- Vías de comunicación entre los núcleos y distancia entre ellos.
Para dimensionar las agrupaciones de gestión un parámetro importante que se
ha tenido en cuenta es la distancia entre el lugar de producción de los
residuos y el centro de tratamiento de los mismos, así como el tiempo necesario
para recorrer esa distancia, que depende fundamentalmente, de la orografía del
terreno y de la calidad de las vías de comunicación.
Cuando esta distancia y el volumen de residuos lo hagan aconsejable, se
propone la instalación de plantas de transferencia y, en algunos casos, plantas
de almacenamiento intermedio.
8.3. Distribución de las agrupaciones
En base a los criterios señalados en el apartado anterior, se ha distribuido
el territorio aragonés en 8 grandes Agrupaciones, de ámbito superior al
comarcal, cuya producción de residuos aseguran la viabilidad del desarrollo del
modelo de gestión propuesto.
En la siguiente tabla se señalan las características de estas Agrupaciones,
observándose una producción de residuos homogéneos entre todas ellas (excepto
el área de Zaragoza, por sus características especiales de concentración de
población), y nunca inferior a las 33.000 kg/día en la producción de
residuos.
Nota: cuadro suprimido
9. DESARROLLO DEL MODELO DE GESTIÓN
En este capítulo se desarrolla el modelo de gestión propuesto en el
capítulo 7. En el apartado 9.1 se hace un desarrollo por programas de
actuación y en el apartado 9.2 se señala la aplicación del modelo de gestión
general de la agrupación y se recoge el Plan específico del municipio de
Zaragoza.
En todo caso, tal y como se ha reflejado anteriormente, este modelo de
gestión se aplicará con la máxima flexibilidad teniendo en cuenta las
particularidades urbanísticas donde se aplique, la situación actual en cuanto
a la gestión de los residuos sólidos urbanos y la evolución de la técnica y
experiencia adquirida en esta gestión.
Los ámbitos territoriales en los que se desarrollarán las diferentes
actuaciones son:
A) El ámbito territorial Autonómico será el considerado para las
actuaciones dirigidas a la prevención de la generación de residuos, al fomento
del mercado para los materiales recuperados y a las actuaciones de
concienciación, educación e información.
B) El ámbito territorial de la Agrupación para las actuaciones dirigidas al
desarrollo de instalaciones de gestión, incluyendo las de recuperación,
compostaje y disposición del rechazo en vertedero controlado.
C) El ámbito territorial de Supralocal, en el que se realizarán funciones
de recogida, transporte y, en muchos casos, tratamiento previo en las plantas de
transferencia y de almacenamiento intermedio, si bien todas estas funciones
podrían ser asumidas por el Consorcio o Entidad de Gestión que se forme en
cada Agrupación, cara a la implantación de la tasa que más adelante se
define.
D) El ámbito Local, en el que se realizará un control y seguimiento del
servicio y de la aplicación del presente Plan.
9.1. Desarrollo por programas
9.1.1. Programa de prevención
1. Objetivo del programa de prevención.
La reducción en origen de los residuos urbanos presenta ventajas tanto
económicas como medioambientales. Entre ellas sin ser exhaustivos, podríamos
citar las siguientes:
- Ahorro de materias primas, muchas veces no renovables o difíciles de
conseguir.
- Ahorro en el coste de la recogida y transporte de los residuos ya que la
cantidad generada es menor y, en consecuencia, se requieren menos medios
materiales (contenedores, camiones) y tiempo para su recogida.
- Ahorro en el coste de tratamiento final de los residuos, por ser menor la
cantidad generada.
- Menor necesidad de plantas de tratamiento de los residuos, plantas de
tratamiento de menor tamaño que implican efectos ambientales de menor
envergadura o bien prolongación del periodo de vida útil de las instalaciones.
El objetivo del programa de prevención es invertir la tendencia actual de
crecimiento de generación de residuos por habitante y año, mediante acciones
dirigidas a conseguir una menor generación de residuos.
Mediante la aplicación de las actuaciones previstas en el programa de
prevención se pretende conseguir una disminución de 10 años de un 10% de los
residuos domésticos generados en Aragón, de modo que en el año 2007 el nivel
medio de generación de residuos sólidos urbanos sea de 0,86 kg/hab/día,
equivalente al que se generaba en 1989. Asimismo se establece un objetivo
intermedio, de acuerdo a la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases, de
reducción de un 10% del total de residuos de envases, a partir de junio del
año 2001.
2. Actuaciones del programa.
Las actuaciones, que se abordarán en el ámbito autonómico, serán:
Actuaciones sobre los productores y distribuidores de bienes de consumo.
- Establecimiento de acuerdos con empresas productoras, cadenas de
distribución y centros comerciales encaminados a disminuir el envasado y
empaquetamiento excesivo de los bienes de consumo, así como de alternativas
para facilitar el consumo de productos a granel, cuando sus características lo
permitan.
- Promoción de acuerdos voluntarios con el sector de producción y
distribución de bienes de consumo para el establecimiento de la práctica del
depósito consignado para envases y embalajes, bolsas de plástico, etc., con el
fin de favorecer la reutilización de los mismos.
Actuaciones sobre el consumidor.
- Financiación de campañas de sensibilización encaminadas a la
modificación de hábitos de consumo para la reducción de los residuos en el
hogar. En esta línea se enmarca el Plan de Sensibilización Ambiental puesto en
marcha para los años 1997-1999, que ha de completarse con campañas ligadas a
las actuaciones que se vayan llevando a cabo de las contempladas en este Plan de
Ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos. Estas campañas
centralizadas para toda la Comunidad Autónoma se completarán con otras
diseñadas a nivel más local, en base a las necesidades que vayan surgiendo a
medida que se implantan los diversos servicios.
- Edición de manuales de comportamiento o buenas prácticas para evitar la
generación de residuos domésticos.
Actuaciones en las Administraciones.
Desde la Diputación General de Aragón se promoverá una política de
compras de las Administraciones en la línea de reducción de la generación de
residuos, de reciclaje de los residuos producidos y de utilización de productos
provenientes del reciclaje. En esta línea se dictarán normas tendentes a la
mejor utilización del papel, a la utilización de papel reciclado, así como al
reciclaje del papel usado. Se tenderá a colocar puntos de recogida de residuos
reciclables en centros de la Administración de mucha generación y a la
utilización de materiales reutilizables o reciclables, en los casos en los que
sea posible, tanto en la misma Administración como en los servicios que
dependen de ella.
9.1.2. Programa de transporte y disposición de rechazos
Como ya se ha mencionado, el primer objetivo es la puesta en marcha de la
recogida mecanizada de los residuos y su transporte hasta vertederos
controlados. Para ello, es necesaria, en algunas Agrupaciones, la instalación
de Plantas de Transferencia que optimicen el coste de transporte de los
residuos.
1. Vertederos para rechazos y materiales no valorizables.
El objeto de este programa es el establecimiento de una red de vertederos
controlados para los rechazos y materiales no valorizables, que dé servicio a
toda la Comunidad Autónoma, de manera que exista una instalación final por
Agrupación.
Los vertederos controlados que actualmente están en funcionamiento se han
constituido en diferentes momentos para dar servicio a agrupaciones de
municipios de mucho menor tamaño que las que en este Plan se contemplan, por lo
que en algunos casos sus medios han quedado obsoletos o superados por las
exigencias técnicas y en otros la gestión presenta algunas deficiencias. Por
ello, se propone su transformación en vertederos de residuos inertes a
corto-medio plazo, como norma general. No obstante dentro de la línea de
aplicación de la máxima flexibilidad en la puesta en marcha del presente Plan,
será cada Consorcio o Entidad gestora quien determine el uso que se le da en
cada caso.
En concreto, las actuaciones a realizar van dirigidas a la construcción de
vertederos controlados en aquellas agrupaciones que no disponen de instalación
en la actualidad (Calatayud y Teruel) o en las que las existentes no reúnen
condiciones para su uso por toda la Agrupación (Alcañiz) y a la realización
de mejoras en los vertederos construidos en el resto de agrupaciones que las
necesitan (Huesca, Ejea). Hay que tener en cuenta también el caso de Fraga, en
donde se están finalizando las obras de construcción. Todas estas actuaciones
se iniciarán en el primer año de puesta en marcha del Plan, por ser las más
urgentes por su implicación en la salud e incidencia en el medio.
En todo caso, se establecerá un seguimiento de la vida útil de los
vertederos, para prever con tiempo las obras de ampliación o mejoras que sean
necesarias.
2. Plantas de transferencia.
El objeto de este programa es la construcción de las plantas de
transferencia necesarias para minimizar el coste de transporte de los residuos
desde su origen hasta el centro de eliminación. Se contempla la construcción
de Plantas de transferencia básicas (sólo para un tipo de residuos) y
avanzadas (diferenciando residuos de envases, materia orgánica y rechazo),
realizando en una etapa posterior la adaptación de las básicas a avanzadas.
El programa prevé la construcción de 11 plantas de transferencia, si bien
la situación actual y la optimización de recuerdos en los estudios que sobre
el terreno se realicen, pueden hacer variar su definitiva ubicación, su número
y fechas de construcción.
La actuación básica prevista se refleja en el siguiente cuadro:
Nota: cuadro suprimido
Las estaciones de transferencia básicas se instalarán en el primer bienio,
para la realización correcta del transporte de los residuos a vertedero
controlado. Las ampliaciones se realizarán en función de la puesta en marcha
de las plantas de clasificación de envases.
3. Equipos.
En el primer bienio se dotará de equipamiento a aquellas Agrupaciones que no
tengan implantado el sistema de recogida mecanizada de los residuos sólidos
urbanos, mediante la fórmula de financiación que más adelante se recoge, con
lo que podrá entrar en funcionamiento en el momento en que esté utilizable el
vertedero correspondiente.
9.1.3. Programa de sellado
1. Objetivos del programa.
Los objetivos a conseguir en el programa de sellado son:
- Clausura y sellado de los vertederos incontrolados existentes.
- Seguimiento y control de los vertederos clausurados.
2. Actuaciones del programa de clausura y sellado.
- Con el inventario pormenorizado de la situación actual de los vertederos
incontrolados existentes realizado a través de las Subdirecciones Provinciales
del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente y de los Agentes de Protección
de la Naturaleza de cada zona, recabando información de los propios
Ayuntamientos y Mancomunidades, se han definido las actuaciones necesarias en el
conjunto de la Comunidad Autónoma.
- Sellado paralelo al desarrollo de Agrupaciones: La clausura de los
vertederos incontrolados se desarrollará paralela y conjuntamente con la
implantación y optimización de las Agrupaciones de gestión definidas en la
distribución territorial. Esto significa que la adecuación y/o construcción
de una instalación de eliminación llevará implícitamente la necesidad de
clausura y sellado de aquellos vertederos incontrolados de la zona donde el
área de gestión vaya a dar servicio.
- Seguimiento y control de los vertederos clausurados: Con la clausura y
sellado de un vertedero no desaparece por completo su potencial contaminante, ya
que la masa vertida, a pesar de la cubrición realizada, sigue siendo reactiva y
sufre procesos de descomposición que generan calor, gases y lixiviados. Por
otra parte, las aguas de lluvia que caen sobre el vertedero generan aguas de
escorrentía que es necesario controlar.
Para evitar que estos agentes causen afecciones al entorno circundante, es
necesario realizar un mantenimiento, supervisión y control del vertedero
clausurado, con objeto de garantizar que el vertedero siga siendo seguro. Este
seguimiento será de al menos cincuenta años después de su cierre en el caso
de grandes instalaciones y proporcional al riesgo de contaminación en todos los
casos.
Para ello, antes de iniciar el cierre total o parcial de un vertedero, la
entidad explotadora debe tener previstas las medidas que deben adoptarse para la
supervisión y el control de las escorrentías superficiales y las emisiones de
gases y lixiviados procedentes del vertedero, así como la protección y
vigilancia de las aguas subterráneas.
Para conseguir estos objetivos se desarrollarán las siguientes actuaciones:
- Apoyo técnico para el diseño de los planes de vigilancia de acuerdo con
las Directivas Comunitarias recientemente aprobadas.
- Inspecciones periódicas de los vertederos clausurados.
- Apoyo para la redacción y aplicación de los planes de vigilancia
concretos.
Los sellados pendientes previstos se reflejan en la tabla siguiente:
Agrupación N.º
vertederos con sellados pendientes
Huesca 14
Barbastro 34
Fraga 14
Ejea 21
Calatayud 118
Zaragoza 48
Alcañiz 37
Teruel 174
Totales 460
9.1.4. Programa de reciclado
El objetivo de este programa es el aprovechamiento máximo de los recursos
contenidos en los residuos. Se desarrollará en dos líneas de actuación, de
acuerdo al modelo de gestión propuesto:
a) Actuaciones dirigidas a la obtención de los materiales a recuperar.
Mediante el desarrollo de sistemas de recogida selectiva de materiales y la
construcción de plantas de separación y clasificación de materiales en todo
el territorio de la Comunidad Autónoma.
b) Actuaciones dirigidas a garantizar el mercado del reciclado para los
materiales recuperados.
Para ello será necesario hacer un estudio de las oportunidades y
posibilidades de reciclado de los distintos materiales, detectar posibles
carencias, y establecer acciones para fomentar el desarrollo del mercado del
reciclado.
En relación al primer punto, la recogida se realizará, según lo señalado
en el punto 7.1.2, mediante dos contenedores en acera (materia orgánica y
rechazo) y tres en áreas de aportación (papel-cartón, vidrio y envases).
Se adjuntan tres tablas en las que se detallan los parámetros que se han
tenido en cuenta para el diseño. En la primera tabla se hace una estimación de
los residuos totales generados en cada Agrupación y la producción de residuos
por fracciones. En la segunda tabla se hace una estimación de los potenciales
de recuperación de cada material, aplicando el modelo de recogida selectiva
propuesto. Se incluye también una tercera tabla con el número estimado de
contenedores con los que hay que complementar los ya
existentes para alcanzar los ratios previstos en el presente Plan para el
desarrollo de la recogida selectiva en todo el territorio.
En todos estos cálculos se ha tenido en cuenta la población estacional
estimada. No obstante, dado que el ratio número de contenedores/habitante
depende del tipo de urbanización entre otros factores, esta cifra se ha de
contemplar como indicativa, siendo la práctica la que lo define exactamente.
Nota: tablas suprimidas
1. Reciclado del vidrio y el papel-cartón.
Dado lo avanzado de la recogida selectiva del vidrio y del papel-cartón en
el momento actual, se completará la instalación de los contenedores precisos
para la recogida selectiva en el primer bienio de puesta en marcha del Plan.
Con el fin de rentabilizar el transporte de estos residuos hasta los centros
de tratamiento final, se construirán Plantas de almacenamiento intermedio, en
las que se concentrarán tanto el vidrio como el papel-cartón que se recoja en
el entorno. Estas Plantas de almacenamiento intermedio se integrarán en las
Plantas de transferencia correspondientes o centros de tratamiento de los
residuos.
La actuación básica prevista para la construcción de las Plantas de
almacenamiento intermedio contempladas en el primer bienio de vigencia del Plan,
se reflejan en el cuadro siguiente:
Años 1998-1999
Agrupación Número
Ubicación
1. Huesca 2 Huesca, Jaca
2. Barbastro 1 Aínsa
3. Fraga 1 Sariñena
4. Ejea 1 Ejea
5. Calatayud 1 Calatayud
6. Zaragoza
7. Alcañiz 1 Alcañiz
8. Teruel 2 Teruel, Calamocha
Total 9
2. Reciclado de materia orgánica.
Para abordar el reciclado de materia orgánica es necesario prever el destino
del producto final. Si bien las necesidades de la región en materia orgánica
son, en principio, superiores a la posible producción de compost proveniente de
los Residuos sólidos urbanos, no existe el hábito de su utilización en
agricultura. Por ello, una parte fundamental de la implantación de este
programa debe ser la sensibilización de los posibles usuarios del compost,
mediante campañas, experiencias piloto, etc.
Para garantizar la viabilidad de las plantas de compostaje deben diseñarse
para gestionar una cantidad mínima de materia orgánica, que se ha estimado en
7,5 Tm/día. Esto supone, como máximo, la existencia de una planta de
compostaje por Agrupación. La ubicación de dichas plantas está prevista en
los núcleos de mayor generación de residuos para minimizar los costes de
transporte.
La instalación de estas plantas se desarrollará según el calendario
siguiente: Una Planta en el bienio 2000-2001, como experiencia piloto en
Barbastro. En el bienio 2002-2003, se implantarán las siete plantas restantes
(en Huesca, Fraga, Ejea, Alcañiz, Teruel, Calatayud y Zaragoza). Este
calendario estará condicionado en todo momento a las posibilidades que ofrezca
el mercado del compost, debiendo, tener una especial atención en el desarrollo
del mismo.
La puesta en marcha de estas plantas de compostaje exige la instalación de
contenedores específicos para materia orgánica. Éstos se instalarán en un
primer momento en las poblaciones de mayor tamaño.
No obstante, este calendario previsto podría sufrir modificaciones en
función de los resultados que se vayan obteniendo en las primeras plantas
construidas, nuevos avances técnicos, evolución de la problemática del
mercado del compost, etc.
3. Reciclado de envases.
A falta de datos reales obtenidos a través de estudios de caracterización
de los residuos sólidos urbanos en la C. A. de Aragón, tomaremos los valores
aceptados a nivel nacional como una buena aproximación. Se considera que los
residuos de envases y embalajes suponen aproximadamente un 31%, en peso, de la
totalidad de los residuos sólidos urbanos generados.
Teniendo en cuenta que la producción global de residuos sólidos urbanos en
la C. A. de Aragón, incluyendo la población estacional, se ha estimado en
1.430.514 kg/día, la cantidad de residuos de envases generados sería de
443.459 kg/día.
En la siguiente tabla se incluye una estimación de los porcentajes, en peso,
de los distintos materiales que forman parte de los residuos de envases:
Materiales Porcentaje de cada material
de envases en el total de los residuos de envases
Papel-cartón 41%
Vidrio 25%
Plásticos 20%
Metales 8%
Otros 6%
Total 100%
Si aplicamos estos porcentajes a la producción de residuos en la C. A. de
Aragón, obtenemos una estimación de la cantidad de residuos de envases, de
cada tipo de material, que se generan anualmente. En la siguiente tabla se
presentan los datos, para cada una de las agrupaciones previstas.
Nota: tabla suprimida
Teniendo en cuenta el porcentaje de cada material en el total de los envases
y los objetivos de reciclado fijados, en la siguiente tabla se observa que el
porcentaje de recuperación alcanza los objetivos establecidos por la
legislación vigente (45%).
Nota: tabla suprimida
3.1. Actuaciones preventivas.
Este tipo de residuos exige en primer lugar una serie de actuaciones en la
línea de la reducción de los mismos, dada la sobre generación que se produce
en la actualidad.
Las medidas de prevención irán enfocadas a tres líneas de actuación:
- Fomentar la reutilización de envases.
- Evitar el sobre envasado y los envases superfluos/no necesarios.
- Disminuir el peso de los envases no reutilizables.
Las actuaciones concretas que se van a desarrollar son las siguientes:
a) Fomento de la reutilización:
- Apoyo a la realización de estudios para conocer las posibilidades de
reutilización: Materiales, tipos de envases, canales de distribución, costes,
análisis de ciclo de vida.
- Fomento del empleo de envases reutilizables.
b Evitar el sobre envasado y los envases superfluos no necesarios.
- Apoyo a la modificación de procesos destinados a reducir los envases
superfluos dirigidas a: Envasadores, distribuidores, comerciantes, etc.
- Cursos, seminarios dirigidos a envasadores para eliminar el sobre envasado.
c) Reducción del peso de envases:
- Fomento de la modificación de procesos destinados a reducir el peso de
envases dirigidas a: Fabricantes de envases, envasadores.
- Cursos sobre diseño de envases.
3.2. Plantas de clasificación de envases.
Para su posterior reciclado, los diferentes materiales recogidos en los
contenedores de envases (plásticos, metales, etc.) deben ser tratados en
plantas de separación y clasificación.
El presente Plan contempla la puesta en marcha de una planta de separación y
clasificación de envases en cada Agrupación. No obstante, la experiencia
acumulada en la gestión de estas plantas y, de forma específica, el estudio de
costes, determinará la idoneidad del número y ubicación de las mismas.
Por ello, la situación prevista contempla en una primera fase (1998-1999) la
construcción de la planta de separación y clasificación de Zaragoza, derivada
de la gran producción de envases en su entorno, y de una planta piloto en
Fraga, derivada ésta de la gran cantidad de envases de manipulación de
productos agrícolas, no tóxicos, que permitirían analizar la eficacia de
ambos tipos de plantas para la implantación posterior en las localidades
previstas en los siguientes bienios, valorando en todo momento
la idoneidad o no de nuevas instalaciones.
En la siguiente tabla se muestra la actuación básica prevista.
Nota: tabla suprimida
La recogida de envases y residuos de envases se implantará de forma
progresiva y paralela a la construcción de las plantas de clasificación. La
recogida de estos materiales se realizará, de forma individual, con camiones
grúa con caja abierta y con la periodicidad que se determine. En todo caso, la
situación concreta de algún lugar puede aconsejar la realización de la
recogida de forma diferente o con periodicidades que no se correspondan con la
norma general. Por ello, cada caso se debe estudiar particularmente
y poner en marcha el servicio de la forma en que, en principio, se estime
oportuna.
Los envases recogidos se transportarán, según las zonas, a las plantas de
transferencia existentes ampliadas al efecto o bien directamente hasta las
plantas de clasificación.
3.3. Actuaciones complementarias.
Otros metidos de recogida de envases para su reciclado que se pondrán en
marcha son los siguientes:
Sistemas Integrados de Gestión de residuos de envases.
Es de suponer que, dada la situación actual en el campo de los envases, la
parte mayoritaria de los envases puestos en el mercado se acogerá a un Sistema
Integrado de Gestión, por lo que se convierten en el instrumento clave para la
puesta en marcha de los sistemas de recogida y recuperación de residuos de
envases.
Sistema de depósito, devolución y retorno.
En el sistema de depósito, devolución y retorno son los propios envasadores
y comerciantes los que organizan el sistema completo de recuperación de los
envases usados y residuos de envases puestos por ellos en el mercado. El cliente
devuelve el envase usado al comerciante o envasador y éstos, a su vez, entregan
los envases usados a un agente económico para su reutilización, a un
recuperador, a un reciclador o a un valorizador autorizados.
Si los ciudadanos y consumidores en general participan activamente en la
devolución de los envases acogidos a este sistema, esta fracción de los
residuos de envases no entrará en el flujo de los residuos sólidos urbanos.
No obstante la fracción de envases acogidos a este sistema será
lógicamente muy inferior a los acogidos a los sistemas integrados de gestión.
Pero en cambio, este segundo sistema asegura la posibilidad de reutilizar el
envase, criterio anterior a aplicar que el de reciclaje, de acuerdo con la
Unión Europea. Por ello, se tratará de impulsar este sistema de forma
prioritaria al anterior, como se ha mencionado en el programa de prevención.
4. Promoción del reciclado.
4.1. Instalación de puntos limpios.
Además de la recogida mediante contenedores, el modelo de gestión incorpora
como sistema complementario, la recogida selectiva de residuos en puntos
limpios. En estas plantas se podrán entregar todo tipo de residuos separados
por fracciones, incluidos los residuos especiales de origen doméstico.
Los puntos limpios, como instalaciones de carácter experimental, se
instalarán en las poblaciones de mayor tamaño, dado que su coste de
explotación hace inviable su desarrollo en todos los municipios. Su mayor o
menor extensión estará en función de los resultados obtenidos, la respuesta
ciudadana, etc.
Las características y número de los puntos limpios a instalar en cada
municipio depende del número de habitantes a los que debe dar servicio.
En la siguiente tabla se indican, por agrupaciones, los puntos limpios
previstos:
Nota: tabla suprimida
4.2. Recogida «puerta a puerta» en centros de gran producción.
Para aquellos residuos generados en centros de gran producción se propone el
establecimiento de sistemas de recogida selectiva en origen. Es muy importante
abordar estos flujos de materiales por su importante cantidad y por su elevada
calidad.
Estos centros deberán entregar de forma separada sus fracciones reciclables
a empresas recuperadoras. El resto de residuos no aprovechables se recogerán
mediante los sistemas de recogida de residuos habituales.
Esto incluye los siguientes flujos de materiales:
- Papel-cartón en centros de enseñanza, oficinas, almacenes y centros de
distribución, grandes superficies, etc.
- Vidrio en el sector de la hostelería, plantas embotelladoras, etc.
- Plásticos en plantas embotelladoras, de fabricación de envases, etc.
- Materia orgánica de grandes superficies, mercados, sector de
hostelería...
Para el desarrollo de estos sistemas de recogida «puerta a puerta», se
fomentará el establecimiento de acuerdos con los sectores implicados y la
elaboración de ordenanzas municipales que regulen la entrega separada de los
residuos por parte de estos centros.
La puesta en marcha de iniciativas por parte de los sectores industrial y
comercial en aplicación de lo establecido en la Ley de Envases y Residuos de
Envases para los envases industriales y comerciales (Disposición adicional
primera y art. 12) supondrá un fuerte impulso para el desarrollo de la recogida
«puerta a puerta» en centros de gran producción.
5. Desarrollo del mercado del reciclaje.
Las acciones de desarrollo del mercado del reciclaje, lejos de constituir un
aspecto complementario al de los detalles operativos de la recogida y la
recuperación, son el fundamento de la viabilidad técnica y económica del
reciclado.
Una de las condiciones fundamentales para que funcione el reciclaje es la
existencia de capacidad por parte de la industria correspondiente para
introducir estos materiales recuperados en el ciclo productivo.
Las actuaciones principales que se llevarán a cabo serán:
a) Ayudas técnicas, administrativas y económicas a las actividades del
reciclado.
Las actividades de reciclado de residuos se enfrentan con unas dificultades,
tanto en su etapa inicial como en su crecimiento, superiores a las de los
sectores productivos convencionales:
- Las dificultades para obtener financiación para unas actividades
consideradas atípicas y arriesgadas.
- La inestabilidad de los mercados de materias primas y en los suministros de
materiales secundarios.
- La peor imagen y, en consecuencia, inferior precio de los productos con
contenido reciclado. |