Decreto 180/1994, de 4 de agosto de creación del Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

 El Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, aprobó el Reglamento de ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Dicho Reglamento, en su artículo 22, considera pequeños productores a aquellos que por generar o importar menos de 10.000 kilogramos al año de residuos tóxicos y peligrosos, adquieran este carácter mediante su inscripción en el registro que a tal efecto llevarán los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

El Decreto 276/1991, de 19 de septiembre, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, entre otras, atribuye la competencia y funciones de medio ambiente a dicha Consejería.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, DISPONGO:

. Creación del Registro. 

Se crea el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la Comunidad de Castilla y León, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

2º.  Requisitos de pequeño productor.

1. Podrá solicitar su inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, de la Comunidad de Castilla y León, todo titular de industria o actividad ubicada en esta Comunidad que genere o importe residuos tóxicos y peligrosos en cantidad inferior a 10.000 kilogramos al año de residuos tóxicos y peligrosos.

2. No obstante, en atención al riesgo que para la salud humana, los recursos naturales y el medio ambiente represente el residuo tóxico y peligroso producido o importado, conforme a los criterios señalados en el Anexo I del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, se podrá denegar o autorizar la inscripción en el registro a quienes respectivamente, no alcancen o superen la cuantía señalada en el número anterior.

3. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio notificará al solicitante, el resultado de la resolución, ya sea la inclusión en el Registro o la denegación motivada de la misma.

3º.  Solicitud de inscripción.

1. La inscripción en dicho Registro deberá solicitarse mediante la presentación de una instancia, según el modelo establecido en el Anexo I, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la provincia donde estén ubicadas las instalaciones. La instancia irá acompañada de un informe ajustado al formato que se adjunta como Anexo II.

2. Las industrias o actividades inscritas en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, están obligadas a presentar en el Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio correspondiente cualquier cambio que se produzcan en los datos aportados para su inscripción en dicho Registro.

DISPOSICIONES FINALES

. Se autoriza al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este Decreto.

. El presente Decreto entrará en vigor, transcurridos veinte días desde su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

ANEXO I

D. .............................................................. en nombre y representación de la empresa a la que corresponden los datos siguientes:

Razón social:..................................................

N.I.F. (o D.N.I. del titular):.................................

Domicilio:.....................................................

Código postal y municipio:.....................................

Teléfono:......................................................

Nombre del encargado de residuos:..............................

EXPONGO:

Que la actividad desarrollada genera o importa menos de 10.000 kilogramos al año de residuos tóxicos y peligrosos, en las condiciones que se especifican en el informe adjunto, por lo que,

SOLICITO:

Que la empresa sea inscrita en el «Registro de Pequeños Productores» de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

 ............................. de.............. de.......

(firma y sello de la empresa)

 

EXCMO. SR. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. VALLADOLID.

ANEXO II

1. DATOS DE LA EMPRESA

RAZÓN

DIRECCIÓN: ................................ CP.: ................

MUNICIPIO: ............ PROVINCIA: ........... TELÉFONO: ........

NUMERO CENTROS PRODUCTORES DE R.P.: ............... FAX: ........

REPRESENTANTE LEGAL

APELLIDOS: ............................. NOMBRE: ................

CARGO: ................................. D.N.I.: ................

DIRECCIÓN

MUNICIPIO: ............................. PROVINCIA: .............

2. DATOS DEL CENTRO PRODUCTOR

DENOMINACIÓN DEL CENTRO: ........................................

ACTIVIDAD PRODUCCIÓN: ....................... N.I.R.I.: .........

DIRECCIÓN: ...................... LOCALIDAD: ....................

TELÉFONO: .............................. CÓDIGO POSTAL: .........

PERSONA RESPONSABLE DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS: ..................  .................................................................

POTENCIA INSTALADA (Kw): ......... ENERGÍA CONSUMIDA (Kw.h): ....  .................................. (ultimo año) .................

CONSUMO DE AGUA: ................. m3 (último año) ..............

Nº TOTAL DE EMPLEADOS: ..........................................

Nº TOTAL PROCESOS PRODUCTORES R. PELIGROSOS: ....................

Nº DE TURNO EN 24 HORAS: ........ Nº DÍAS OPERACIÓN AL AÑO: .....

3. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS PRODUCTIVOS

.................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

4. MATERIAS PRIMAS

A) Como materia utilizada directamente para la obtención del producto.

   ..... MATERIA ..... CANTIDAD ..... FORMA DE ...... GESTIÓN DE ...

 ...... PRIMA ..... ANUAL (Kg) .... ENVASADO ...... LOS ENVASES...

 -----------------------------------------------------------------

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 B) Materias no utilizadas directamente para la obtención del producto (lubricantes, mantenimiento, limpieza, aceites, disolventes).

  ..... MATERIA ..... CANTIDAD ..... FORMA DE ...... GESTIÓN DE ...

 ...... PRIMA ..... ANUAL (Kg) .... ENVASADO ...... LOS ENVASES...

 -----------------------------------------------------------------

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

5. PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS OBTENIDOS.

...... PRODUCTO O SUBPRODUCTO ............ CANTIDAD ANUAL (Kg)...

 -----------------------------------------------------------------

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

6. RESIDUOS INDUSTRIALES OBTENIDOS. (R. PELIGROSOS + OTROS).

..... RESIDUO ........................... CANTIDAD ANUAL (Kg) ...

 -----------------------------------------------------------------

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

7. GESTIÓN DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS.

 ..... RESIDUO ...... GESTOR AUTORIZADO ..... CÓDIGO RESIDUO .....

 -----------------------------------------------------------------

 .................................................................

 .................................................................

 .................................................................

 

 
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