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CAPÍTULO 16
REVISIÓN DEL PROGRAMA
El camino hacia el desarrollo sostenible, tanto dentro como fuera de la Comunidad, será
largo. El presente programa comunitario tiene por finalidad iniciar cambios en el
comportamiento y las tendencias a nivel de la Comunidad, en los Estados miembros, en el
mundo empresarial y al nivel del ciudadano común. El planteamiento adoptado en todas sus
partes consiste en determinar:
- objetivos, bien específicos o generales, que apunten en la dirección del desarrollo
sostenible
- metas para el periodo hasta el año 2000, de forma que haya una medida cuantificable o
cualitativa del progreso
- acciones que deberán emprenderse a corto y medio plazo para iniciar la singladura y/o
acelerar el progreso.
Dadas las inadecuaciones de los datos básicos y de las tendencias pronosticadas es
inevitable que exista una incertidumbre en torno a la validez de determinadas metas o a la
urgencia de determinadas acciones. No obstante, los jefes de estado y de gobierno de la
Comunidad han determinado que deberá aplicarse el planteamiento preventivo.
Si bien el Programa prevé como horizonte el final de la década, la intención actual es
que se revise en una fase intermedia. Además de la mejora que se espera en la
información pertinente y en la disponibilidad de resultados del actual programa
comunitario de investigación sobre el medio ambiente (1990-1994), habrá importantes
exámenes de las políticas de la Comunidad en los ámbitos de la industria, la energía,
el transporte, la agricultura y los
Fondos Estructurales en los próximos años.
Inspirándonos en la analogía del gran buque, que requiere mucho tiempo y espacio para
sus maniobras, la fase 1992-1995 debería verse como un periodo de preparación, que ha de
cambiar el sentido de la dirección y del compromiso, y la fase 1996-2000 correspondería
al funcionamiento a todo vapor. Consecuentemente, se emprenderá una evaluación
exhaustiva de la situación, y se publicará, antes de finales de 1995, un informe
actualizado sobre el estado del medio ambiente y un examen de la política y estrategia
expuesta en el presente Programa.
CONCLUSIÓN
Nos encontramos en un momento decisivo por lo que respecta a la integración de las
cuestiones de medio ambiente en la política de la Comunidad. Los efectos del mercado
interior, la necesidad de implantar el desarrollo sostenible en las demás políticas y de
dar un buen ejemplo al resto del mundo requieren una modificación sustancial de nuestros
planteamientos.
El presente Programa constituye, en sí mismo, un punto de inflexión. Por primera vez, se
establecen en él, a la vez, una estrategia y un calendario de las medidas necesarias para
que la Comunidad progrese hacia una economía sostenible, y para asistir a nuestros
vecinos menos desarrollados en esta mismo cometido. Las tareas que plantea el Programa no
involucran meramente a las instituciones comunitarias; para que dé resultado, va a
requerir una cooperación y un apoyo pleno por parte de todos los actores. La Comunidad
tan sólo puede proporcionar el marco.
La realización del presente Programa y de sus objetivos de desarrollo sostenible
constituyen uno de los máximos retos políticos y económicos de la Comunidad desde ahora
hasta el año 2000. Es ésta la base de un «planteamiento más ilustrado y más
sistemático de la gestión del medio ambiente», que el Consejo consideró, en junio de
1990, una cuestión de urgencia. Si no fuéramos capaces de responder a este desafío, no
solo perjudicaríamos con ello a las actuales generaciones, sino también a las
generaciones futuras. La Comunidad y todos sus ciudadanos deben asumir sus propias
responsabilidades. Es una responsabilidad compartida que requiere una actuación
colectiva.
El medio ambiente depende de nuestras actuaciones colectivas. El medio ambiente estará
condicionado por las medidas que tomemos hoy.
(1) No figura en la presente publicación. Véase COM(92) 23 final - Vol. III.
(2) DOCE 112/C, de 20-12-73, DOCE 139/C, de 13-06-77, DOCE 46/C, de 17-12-83 y
DOCE 328/C, de 07-12-87.
(3) SEC(91) 629 de 19-04-91.
(4) Los países en desarrollo representan 46 %, el mundo desarrollado el 16 % (el 41,6 %
en 1990) y los países de Europa central y oriental el 11 % (el 24 % en 1990).
(5) Energy in Europe, Energy for a new century: the European perspective, julio de 1990.
(6) COM(89) 369 de 08-02-90.
(7) SEC(91) 1744 final, de 14-10-91.
(8) Si excluimos la superficie ocupada por los cruces, nudos y estacionamientos, la red
viaria representa aproximadamente el 3,1 % de toda la superficie del suelo en la
Comunidad; si excluimos la superficie ocupada por las estaciones de ferrocarril y las
vías de clasificación, la red ferroviaria representa el 0,1 % del suelo.
(9) COM(92) 46 final, de 20-02-92: Libro Verde sobre el impacto ambiental de los
transportes, una estrategia comunitaria para un transporte sostenible.
(10) COM(91) 100 final, de 01-02-91.
(11) COM(91) 258 final, de 11-07-91.
(12) IIASA: Instituto International de Análisis de Sistemas Aplicados, Austria, Executive
Report 17, Febrero de 1991.
(13) COM(88) 255; DOCE 165/L, de 15-06-89.
(14) Plan de Acción para el Meditarráneo del PNUMA.
(15) COM(91) 97 final, de 24-04-91.
(16) IPCC: Reports of Working Groups, 1990;
Supplementary Report, 1992; OMN/PNUMA.
(17) SEC(91) 1744 final, de 14-10-91.
(18) Conclusiones del Consejo conjunto de energía y medio ambiente de 29 de octubre de
1990.
(19) En 1990, la Comisión elaboró una serie de situaciones hipotéticas en relación con
la demanda y el abastecimiento de energía y sus consecuencias en las emisiones de NOx,
SO2 y CO2. Sobre la base de cálculos informáticos según el modelo RAINS, parece
probable que en las regiones que figuran dentro de los objetivos 1 y 2 de los Fondos
Estructurales aumente la acidificación de forma considerable. No obstante, cuando en esas
regiones haya zonas en las que se alcancen o se superen las cargas críticas, habrá que
establecer más reducciones además de las dispuestas en la legislación comunitaria
vigente. En las demás regiones comunitarias se aplicarán los objetivos de reducción
indicados, sin ninguna excepción que requiera una fuerte disminución de la demanda
energética mediante mayor rendimiento y ahorro de la energía.
(20) Como ha quedado
confirmado en la Resolución del Consejo de 12-12-91, DOCE 59/C, de 06-03-92.
(21) DOCE 163/L, 89/369/CEE, DOCE 203/L, 89/429/CEE.
(22) DOCE 135/L, de 30-05-91, 91/271/CEE.
(23) COM(90) 218 de 27-06-90.
(24) Fuente: ECMT report on Transport policy and the environment, OECD, París, 1990.
(25) COM(91) 452 final, de 07-11-91.
(26) DOCE 59/C, de 06-03-92.
(27) SEC(89) 934 final, septiembre 1989.
(28) Resolución del Consejo de 7. 5. 1990, DOCE 122.
(29) Dato basado en las estadísticas de Eurostat y de la OCDE.
(30) DOCE 230/L, de 05-08-82.
(31) DOCE 196/L, de 16-08-67.
(32) DOCE 117/L, de 08-05-90.
(33) DOCE 80/L, de 27-03-90.
(34) Directiva 92/3/Euratom del Consejo, de 3 febrero 1992.
(35) DOCE 371/L, de 30-12-87, DOCE 211/L, de 22-07-89, DOCE 101/L, de
13-04-89.
(36) DOCE 82/L, de 29-03-90.
(37) DOCE 371/L, de 30-12-89.
(38) DOCE 357/L, de 07-12-89.
(39) Reglamento CE/1210/90 del Consejo; DOCE 120/L, de 11-05-90.
(40) COM(92) 36 final de 28-02-92.
(41) SEC(91) 1744 final de 14-10-91.
(42) DOCE 158/L, de 23-06-90.
(43) DOCE 177/C, de 06-07-88.
(44) COM(91) 452 final de 07-11-91.
(45) DOCE 377/L, de 31-12-91, 91/692/CEE.
(46) DOCE 158/L, de 23-06-90, p. 56.
(47) DOCE 251/L, de 04-10-89.
(48) PNUMA: Scientific Assessment of Ozone Depletion, 17-12-91.
(49) Mientras que en la actualidad sólo se conocen 1,5 millones de especies, hay
estimaciones que indican que el número total de especies bien puede ser diez veces mayor.
El número de especies que desaparecen cada día indicado más arriba se ha calculado a
partir de esta segunda cifra.
(50) DOCE 229/L, de 17-08-91.
(51) Resolución 6723/90 de 29-05-90.
(52) SEC(91) 1693 final de 30-10-91.

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