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CAPÍTULO 2
El V PROGRAMA: NUEVA ESTRATEGIA EN FAVOR DEL MEDIO AMBIENTE Y EL
DESARROLLO SOSTENIBLE
El objetivo general de la Comunidad es aumentar y mantener el bienestar de todos sus
ciudadanos. Junto con la unión económica y monetaria, el mercado interior va a ser el
aglutinante de los Estados miembros y sus habitantes y el catalizador para la creación de
un marco en el que realizar su desarrollo económico. A largo plazo, la eficacia del
mercado interior va a depender de las contribuciones respectivas del desarrollo
industrial, energético y regional y de la política agraria, y de que la política de
transportes sirva realmente para suministrar mercancías. Todas estas políticas son
interdependientes: el factor que, en última instancia, puede limitar su eficacia y
crecimiento al entrar en contacto unas con otras es el nivel de tolerancia del medio
natural.
La meta final de la estrategia establecida en el presente Programa es modificar las pautas
de crecimiento en la Comunidad para encauzarlo hacia un desarrollo sostenible, lo cual
quiere decir, entre otras cosas, que:
- Debe reconocerse que la continuidad de las actividades humanas y del desarrollo
económico y social depende de la calidad y protección adecuada del medio natural y sus
recursos.
- Puesto que las reservas de materias primas son finitas, el camino que recorren las
sustancias a lo largo de las distintas fases de elaboración, consumo y uso tendría que
gestionarse de forma que se facilitara o fomentara su reutilización y reciclado de la
mejor manera posible para evitar el despilfarro y la merma de recursos naturales.
- Las tendencias en el comportamiento de los ciudadanos comunitarios deben reflejar la
concienciación de que los recursos naturales son finitos y que su consumo o uso por parte
de una persona concreta no debe hacerse a expensas de los demás, ni el de una generación
a expensas de las siguientes.
La puesta en práctica de una estrategia encaminada a la consecución de un desarrollo
sostenible va a obligar a modificar considerablemente casi todas las principales
políticas en las que está involucrada la Comunidad. Las exigencias de la protección del
medio ambiente deberán integrarse en la definición y en la realización de las demás
políticas de la Comunidad, no sólo debido al medio ambiente, sino también para mantener
la eficacia de esas otras políticas. En la Figura 1 se representa la interdependencia
entre políticas, recursos y sectores.
Según la Declaración del Consejo Europeo sobre los Imperativos del Medio Ambiente, los
principios que deben regir las decisiones políticas que se adopten en virtud del V
Programa deben derivarse de un planteamiento preventivo, de una responsabilidad compartida
y del principio de que «quien contamina, paga».
El presente Programa sigue ocupándose de importantes problemas medioambientales tales
como el cambio climático, la acidificación, la contaminación de las aguas, la
degradación y erosión del suelo, la gestión de residuos, etc. Sin embargo, en vez de
limitarse a tratar únicamente estos problemas, la estrategia del Programa va a consistir
en crear una relación distinta entre los principales grupos de agentes (gobiernos,
empresas, ciudadanos, etc.) y los principales sectores económicos (industria, energía,
transporte, agricultura y turismo) por medio de una amplia e integrada gama de
instrumentos. No obstante, esto podrá hacerse más eficazmente en el marco de la
Comunidad. A falta de un marco comunitario general donde integrar y coordinar todas estas
actividades, se corre el riesgo de que la actuación aislada de un Estado miembro, de una
región o de otros actores no produzca todos sus efectos, o de que se pongan en peligro
los logros o actividades comunitarias en otras políticas, especialmente la del mercado
interior.
Con respecto a cada uno de los temas principales se ha establecido una serie de objetivos
a largo plazo que indican la dirección o el impulso que se les debe imprimir para
conseguir un desarrollo sostenible, unas metas o resultados que deben alcanzarse antes del
año 2000 y una selección representativa de medidas encaminadas a la consecución de esas
metas o resultados. Estos objetivos y estas metas no constituyen ninguna obligación
jurídica sino, más bien, unos determinados logros o resultados a los que hay que tender
desde ahora para conseguir que el desarrollo sea sostenible. Las actividades indicadas
tampoco llevan consigo la obligación de adoptar una legislación al respecto ni en la
Comunidad ni en los Estados miembros.
El desarrollo sostenible es una meta a la que no se podrá llegar sólo con este Programa.
No obstante, si se aplica con eficacia, servirá para dar un paso decisivo hacia su
consecución.
 
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