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ALTA VELOCIDAD FERROVIARIA
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Conforme al Real
Decreto 1191/2000 de 23 de Junio, sobre interoperabilidad del
sistema ferroviario de alta velocidad, la definición de Alta Velocidad
incluye:
- Las líneas especialmente construidas para
la alta velocidad equipadas para velocidades por lo general
iguales o superiores a 250 km./h.
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- Las líneas especialmente acondicionadas
para la alta velocidad equipadas para velocidades del orden de 200
km/h.
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- Las líneas especialmente acondicionadas
para la alta velocidad, de carácter específico debido a
dificultades topográficas, de relieve o de entorno urbano, cuya
velocidad deberá ajustarse caso por caso.
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