Un
Plan de Previsión Social Privado es un acuerdo
alcanzado entre la empresa y sus trabajadores,
dentro del marco de la negociación colectiva, en el que
se definen las prestaciones a cargo de la empresa que
complementan las pensiones públicas.
Estas
prestaciones pueden ser en forma de capital, renta o
mixtas para casos de jubilación, invalidez o
fallecimiento de los empleados, que pueden abarcar los
compromisos por servicios pasados (coste correspondiente
al período comprendido entre la fecha de entrada del
trabajador en la empresa y la fecha de exteriorización)
y servicios futuros (coste anual desde la fecha de
exteriorización hasta la jubilación).
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Si
su empresa ya tiene compromisos por pensiones, tiene la obligación
legal de
exteriorizarlos antes del 16 de Noviembre de 2002.
El incumplimiento de dicha de obligación constituirá
infracción en materia laboral de carácter muy grave.
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La
ley establece el Plan de Pensiones de Empleo y el Seguro
de Vida colectivo, o una combinación de ambos, como
instrumentos para canalizar dichos compromisos.
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VENTAJAS DEL PLAN DE
PREVISIÓN
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Promover
un Pan de Previsión supone un aspecto diferenciador de
la empresa que se traduce en una mayor motivación y
fidelización de los empleados.
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Ventajas para la
empresa:
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Aumenta
la retribución de la plantilla de una forma más
barata, ya que se consideran retribución en especie y
no cotizan a la Seguridad Social.
La aportaciones que realiza la empresa pueden ser
deducibles en el Impuesto de Sociedades.
Pueden sustituir beneficios sociales anticuados y
vincular la aportación que realiza la empresa a los
beneficios obtenidos en cada ejercicio.
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Ventajas para el
empleado:
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Supone
un mayor nivel de vida ya que un Plan de Previsión
complementa las pensiones públicas.
Las prestaciones del Plan de Previsión, al ser
sistemas privados, no están sujetos a posibles recortes
presupuestarios de la administración.
Las aportaciones realizadas por la empresas suponen una
mayor retribución salarial, con una posible no imputación
fiscal.