PLANES DE PENSIONES

  El Plan de Pensiones es un instrumento de canalización del ahorro a largo plazo con la finalidad de percibir, fundamentalmente, en el momento de la jubilación, unas pensiones privadas que complementarán a las públicas.
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  Características:
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.. No discriminación: la totalidad de los empleados con al menos dos años de antigüedad está en condiciones de acogerse al plan.
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.. Capitalización: Los Planes de Pensiones se instrumentan mediante sistemas financieros capitalización individualizada.
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.. Irrevocabilidad de aportaciones: Las aportaciones de la empresa al Plan de Pensiones son irrevocables desde el momento en que resultan exigibles, con independencia de su desembolso efectivo.
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.. Integración obligatoria: Los Planes de Pensiones deben estar integrados obligatoriamente en un Fondo de Pensiones.
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.. Posibilidad de realización de aportaciones directas del empleado, constituyendo los denominados "Planes Contributivos".
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.. Supervisión: El funcionamiento de cada Plan de Pensiones debe ser supervisado por una Comisión de Control constituida al efecto.
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.. Movilización: Si el empleado se da de baja en la empresa podrá movilizar el saldo de su Plan de Pensiones a otra empresa que tenga un Plan de Pensiones o a un Sistema individual de Pensiones.
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.. Posibilidad de incluir un seguro de vida para prestaciones de fallecimiento e invalidez con capitales asegurados. Las primas del seguro tienen el mismo tratamiento fiscal que las aportaciones al Plan de Pensiones.
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.. Limitación de las aportaciones: Las aportaciones anuales máximas de una persona física, incluyendo las aportaciones imputadas del Promotor no pueden superar la cantidad máxima legalmente establecida. Los limites máximos de aportaciones anuales de una persona física a uno o varios Planes de Pensiones, a partir de los 52 años son las siguientes (cifras expresadas en Euros):
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..   .. hasta 52 años 8.000 59 años y mas 16.750 ..
..   .. 53 años .años 9.250 60 años y mas 18.000 ..
..   .. 54 años .años 10.500 61 años y mas 19.250 ..
..   .. 55 años .años 11.750 62 años y mas 20.500 ..
..   .. 56 años .años 13.000 63 años y mas 21.750 ..
..   .. 57 años .años 14.250 64 años y mas 23.000 ..
..   .. 58 años .años 15.500 65 años y mas 24.250 ..
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FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES

1... Para la empresa:
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... Si la empresa no lo ha deducido con anterioridad, un 10% anual de las aportaciones de la empresa al Plan de Pensiones para cubrir las prestaciones por servicios pasados, son deducibles en el Impuesto de Sociedades.
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... En la exteriorización de servicios pasados los incrementos patrimoniales generados al transformar un fondo interno en un Plan de Pensiones están exentos fiscalmente si estaban afectos antes de Marzo de 1995.
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... Las aportaciones correspondientes al año en curso son deducibles en el Impuesto de Sociedades.
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  Para el empleado:
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... Las aportaciones de la empresa al Plan de Pensiones para cubrir las prestaciones por servicios pasados, no se integran en la base imponible del I.R.P.F.
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... Las aportaciones correspondientes al año en curso que realice tanto la empresa como el empleado, son deducibles en la Base Imponible del I.R.P.F., por lo que para el trabajador el efecto de las aportaciones de la empresa es neutro.
 

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