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Definición: el Depósito
Incremento es un depósito en el que las condiciones aplicadas al tipo
de interés al que está referenciado mejoran mensualmente, premiando de
esta manera la permanencia en él. El depósito permite su reembolso
anticipado en cualquier momento y por tanto tiene liquidez inmediata. |
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Importe: el importe mínimo de
adquisición del depósito será de 1.000 euros. No hay un límite máximo. |
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Aportaciones periódicas: no se
pueden realizar aportaciones periódicas. |
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Divisa: solo se podrá contratar
en la divisa Euro. |
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Plazo: se puede elegir entre
distintos vencimientos. A 6 meses, 9,12,15,18,21 y 24 meses. |
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Tipo de interés: |
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El tipo de interés inicial corresponde al
euríbor a 30 días vigente un día hábil antes del día de la
contratación del depósito, aplicándole un diferencial. |
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El resto de los meses, el tipo de interés se
calculará tomando el Euríbor a 30 días vigente un día hábil antes
de la revisión, aplicándole el diferencial correspondiente a ese mes.
Si desea conocer qué diferenciales se aplican cada mes pulse en
imprimir diferenciales. |
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Liquidación de intereses: la
liquidación de intereses es mensual sobre la cuenta asociada. |
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Rentabilidad: cada mes se abonarán
en la cuenta asociada los intereses aplicados, sobre los saldos que
mantenga en el depósito. El diferencial que se aplica al tipo de
referencia mejora cada mes respecto al que se ha aplicado el mes
anterior. Es decir, si el tipo de referencia ( euríbor a 30 días)
fuera siempre el mismo, cada mes se pagarían más intereses que los que
se pagaron en el mes anterior. |
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Reinversión de intereses: no se
permite la reinversión de intereses. Los intereses generados
mensualmente se abonan en la cuenta asociada al depósito. |
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Renovación: no permite la
renovación automática. Al finalizar el plazo del depósito podrá
contratar otro por el mismo o distinto plazo. |
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Titularidad: se asumirá la
misma que tenga la cuenta asociada. |
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Contratación: personas físicas
y jurídicas, residentes y no residentes. |
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Se entiende contratado el depósito el
día en que se hace efectivo, si se contrata antes de las 21,00 horas.
En caso contrario, el día siguiente hábil. |
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Cancelación anticipada: este
depósito tiene liquidez inmediata. Se puede solicitar en cualquier
momento mediante la opción de "Cancelación anticipada",
permitiendo las siguientes modalidades: |
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solicitándola dos días hábiles antes de la fecha
de liquidación de intereses: en este caso no tiene ninguna penalización
sobre los intereses percibidos. |
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solicitándola en su modalidad de "cancelación
diferida": en este caso la cancelación se produce coincidiendo con
el próximo pago de intereses, y por tanto, tampoco tiene penalización. |
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solicitándola en cualquier otro momento: en este
caso la cancelación se produce al día siguiente hábil a la fecha de
solicitud, y puede estar penalizada en función de la situación de los
tipos de interés. Le informaremos del "Coste de Cancelación"
en la página de la solicitud, donde le indicaremos el importe de esta
penalización, si es que existe. |
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Comisiones: sin comisiones. |
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Cuenta asociada: es la cuenta
desde la que se hereda la titularidad del depósito, sobre la que se
efectúa el cargo del importe contratado, y sobre la que se liquidan los
intereses mensuales y se abona el importe del depósito al vencimiento. |
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Fiscalidad: con retención
fiscal del 15% sobre los rendimientos del depósito. |
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Más
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